Última revisión
10/04/2014
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA. PERSONAL LABORAL de Cantabria
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 10 de Abril de 2014 en adelante
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Acuerdo de modificacion del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Torrelavega. (Boletín Oficial de Cantabria num. 70 de 10/04/2014)
ACUERDO
El Ayuntamiento de Torrelavega, por acuerdo adoptado en el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada con fecha 28 de febrero de 2014, adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:
"Primero.- Modificar el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Torrelavega al objeto de incorporar como Disposición Adicional Duodécima el siguiente texto:
"DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA.- Con el objetivo de generar nuevas oportunidades de empleo, potenciar las capacidades de ocupabilidad y empleabilidad, facilitar la adquisición de práctica profesional como medio de impulso de la inserción laboral, las contrataciones laborales de trabajadores desempleados beneficiarios de los Proyectos de Interés Social cofinanciadas por el Ayuntamiento de Torrelavega y el Gobierno de Cantabria lo serán en alguna de las categorías profesionales siguientes:
Técnico Superior Interés Social: Es el trabajador que, estando en posesión del título universitario superior, realiza las actividades para las que éste le capacita adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral, asignándole funciones o tareas de nivel superior, desarrollando los protocolos de intervención y gestión definidos en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
Técnico Medio Interés Social: Es el trabajador que, estando en posesión del título universitario medio, realiza las actividades para las que éste le capacita adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral, asignándole funciones o tareas de nivel superior, desarrollando los protocolos de intervención y gestión definidos en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
Auxiliar Interés Social: Es el trabajador encargado del desempeño de funciones de gestión y tramitación administrativa, adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral, debiendo poseer conocimientos prácticos de ofimática, informática, apoyando los protocolos de gestión administrativa definidos en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
Jefe de Grupo Interés Social: Es el trabajador que impulsa la función específica de su unidad de trabajo, posee conocimientos superiores a los operarios, cuyas funciones realizará si es preciso, debiendo efectuar aquellas funciones derivadas de la coordinación del personal bajo su dependencia y control de medios, adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral, con responsabilidad directa en las funciones encomendadas al personal a sus órdenes. Llevará el desarrollo de la obra o actuación de su responsabilidad, según el plan de trabajo definido en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
Oficial de Oficios Interés Social: Es el trabajador especializado (entre otros, conductor, electricista, pintor, albañil, carpintero, fontanero) que realiza cometidos para los que se requiere un especial conocimiento, empeño y destreza, con utilización de máquinas, herramientas y otros instrumentos, adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral. Participará en la realización de operaciones y tareas que contribuyan al mejor rendimiento y seguridad del proyecto según el plan de trabajo definido en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
Operario Interés Social: Es el trabajador que realiza funciones concretas y determinadas que, sin constituir propiamente un oficio, exigen cierta práctica, especialidad y atención, pudiendo manejar máquinas y herramientas de pequeña potencia así como aportación de esfuerzos físicos en tareas polivalentes, adquiriendo las habilidades y competencias propias de su perfil profesional y una práctica profesional orientada hacia la mejora de la ocupabilidad como medio de inserción laboral, participando en la realización de operaciones y tareas que contribuyan al mejor rendimiento y seguridad del proyecto según el plan de trabajo definido en el Proyecto de Interés Social objeto de su contratación.
En materia de definición, características y retribuciones de estos puestos de trabajo se estará a lo que con carácter específico se prevea en la Relación de Puestos de Trabajo Municipal respecto de estos programas finalistas".
Torrelavega, 24 de marzo de 2014.
La alcaldesa,
Lidia Ruiz Salmón.
2014/4864
