Convenio Colectivo de Emp... de Zamora

Última revisión
24/05/2019

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VILLALPANDO. PERSONAL LABORAL (49004102011992) de Zamora

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Enero de 2019 en adelante

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Registro y publicacion de las modificaciones del Texto del Convenio Colectivo del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Villalpando. Codigo de Convenio 49004102011992. (Boletín Oficial de Zamora num. 61 de 24/05/2019)

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORA

OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, por la que se dispone el registro y la publicación de las modificaciones del texto del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Villalpando, (Código de Convenio 49004102011992/ Localizador MO_XU14TO81).

Vista el acta relativa a las modificaciones del texto del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Villalpando, con Código de Convenio 49004102011992, suscrito con fecha 21 de enero de 2019, de una parte por la representación legal del Ayuntamiento y de otra por los representantes de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apdos. 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución legislación laboral) y Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 c) del Decreto 2/2015, de 7 de julio de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de dichas modificaciones en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Zamora, 22 de mayo de 2019.-La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de Zamora, María L. Villar Rodríguez.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLALPANDO

En Villalpando, a 21 de enero de 2019, en la sala de comisiones del Ayuntamiento de Villalpando, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, don Félix González Ares, y actuando como Secretario el que lo es del Ayuntamiento, don Luis Miguel Berzosa Sáez, siendo las 16:30 horas, se reúnen las personas abajo relacionadas, en su calidad de miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Villalpando.

Por la representación de los trabajadores:

Don Fernando Failde López, delegado de personal.

Por el Ayuntamiento de Villalpando

Don Félix González Ares, Alcalde del Ayuntamiento.

Don Jesús Toranzo Cepeda, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Ambas partes se reconocen capacidad mutua y necesaria para este acto, y en uso de sus respectivas representaciones

ACUERDAN

1.Aprobar, con efectos a partir del 1 de enero de 2019, la revisión de los conceptos retributivos correspondientes al año 2019, para adaptar las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Villalpando a lo establecido en el Real Decreto-Ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, y en el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, con la modificación, en los términos que figuran a continuación, de los Anexos I y II del citado convenio.

ANEXO I

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ANEXO II Complemento de puesto de trabajo

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2.-Aprobar, con efectos a partir del 1 de enero de 2019, la modificación del artículo 24 del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Villalpando, que quedaría redactado en los siguientes términos:

Artículo 24.-Incapacidad transitoria.

Ante una situación de incapacidad temporal transitoria del personal laboral, tanto si se deriva de contingencias comunes como si se deriva de contingencias profesionales, la prestación reconocida por la Seguridad Social será complementada por el Ayuntamiento, desde el primer día, hasta alcanzar el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo al citado personal, en concepto de salario base, antigüedad, complemento especial destinado y complemento de puesto de trabajo, en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

3.-Trasladar el presente acuerdo al Pleno de la Corporación para su aprobación.

Y en prueba de su conformidad, firman el presente, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.

Representantes del Ayuntamiento, Representante de los Trabajadores,