Última revisión
18/08/2014
Revision, Adhesion. Convenio Colectivo de Empresa de CABILDO INSULAR DE LANZAROTE. SECCION DE VIAS Y OBRAS de Las Palmas
Empresa Provincial. Versión Validez desde 12 de Julio de 2013 en adelante
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Adhesion del personal laboral de Vias y Obras y Granja Agricola Experimental al convenio colectivo del personal del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote (Boletín Oficial de Las Palmas num. 106 de 15/08/2014)
En Arrecife, a las 11:30 horas del día 12 de julio de 2013 se reúnen los miembros de la Comisión Negociadora constituida el 2 de julio para la sesión final de las negociaciones del Convenio de Vías y Obras y Granja Agrícola.
ACUERDO DEL CONVENIO COLECTIVO DE VÍAS Y OBRAS Y GRANJA AGRÍCOLA TRAS LA REFORMA DEL E.T. OPERADA EN LA LEY 3/2012 DE 6 DE JULIO, DE REFORMA LABORAL.
Primero:
El Convenio Colectivo de Vías y Obras y Granja Agrícola perderá su vigencia a partir de su aprobación en el órgano competente del presente documento, quedando su personal laboral vinculado e integrado en el ámbito personal y funcional del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio Directo del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.
Segundo:
A partir del presente acuerdo quedará sin efecto el acuerdo relativo al personal que disfruta del transporte del Cabildo de Lanzarote de fecha 17 de marzo de 2000 y el de fecha 30 de abril de 2010 y cualquier otro que contravenga este acuerdo.
Tercero:
Establecer un plazo máximo de ocho meses a partir del presente acuerdo para homologar la situación de los grupos profesionales de conformidad con la legislación, promoviendo la movilidad funcional en aquellos servicios que sean necesarios. Así mismo se analizará la integración del personal adscrito a este Convenio en el grupo profesional C2, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos para ocupar la plaza o puesto, facilitando la Corporación las medidas para que todos los trabajadores se integran en dicho grupo.
Cuarto:
La tabla salarial aplicable al personal objeto de integración, será la que se adjunta al presente documento, de forma que no se modificarán sus conceptos salariales hasta la aprobación de la nueva estructura salarial recogida en el Convenio Colectivo del personal Laboral al servicio Directo de este Cabildo.
Quinto:
Se mantendrá la representación que tiene el Comité de Vías y Obras y el Comité de la Granja Agrícola hasta la finalización de la negociación de los nuevas tablas retributivas.
Sexto:
El presente Acuerdo entrará en vigor una vez aprobado en el Órgano competente en la Corporación, previo a los informes jurídicos, técnicos y económicos que precisen para ello, de conformidad con el procedimiento administrativo.
Por parte del Cabildo de Lanzarote
Sr. Luis Arraez Guadalupe
Sr. Ana María Garrido Martín
Sra. Begoña Pérez Delgado
Sr. Miguel Angel Tarajano Brito
Sr. Jose Juan José Ortega Reguilón
Sr. Esteban Fraile Bonafonte
Por parte de los representantes sindicales
Sr. Abelardo Barrios Rodríguez
Sr. Ramón González Hernández
Sr. Sergio Morales Rodríguez
Sr. Benito Rodríguez Rijo
Sr. Bernabé García Corujo
Sr. Mateo Martín Morales
TABLA PERSONAL SANIDAD
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TABLA PERSONAL FUNCIONARIO
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TABLA PERSONAL LABORAL SERVICIO DIRECTO
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TABLA PERSONAL SERVICIO DE DEPORTES
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TABLA PERSONAL VÍAS Y/O GRANJA AGRÍCOLA
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TABLA PERSONAL CONSERVATORIO DE MÚSICA
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TABLA PERSONAL TURISMO
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GENERAL DE TABLAS SALARIALES 2013
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