Convenio Colectivo de Emp...Las Palmas

Última revisión
18/08/2014

Revision, Adhesion. Convenio Colectivo de Empresa de CABILDO INSULAR DE LANZAROTE. SECCION DE VIAS Y OBRAS de Las Palmas

Empresa Provincial. Versión Validez desde 12 de Julio de 2013 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 72-80)

Adhesion del personal laboral de Vias y Obras y Granja Agricola Experimental al convenio colectivo del personal del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote (Boletín Oficial de Las Palmas num. 106 de 15/08/2014)

Preambulo

En Arrecife, a las 11:30 horas del día 12 de julio de 2013 se reúnen los miembros de la Comisión Negociadora constituida el 2 de julio para la sesión final de las negociaciones del Convenio de Vías y Obras y Granja Agrícola.

ACUERDO DEL CONVENIO COLECTIVO DE VÍAS Y OBRAS Y GRANJA AGRÍCOLA TRAS LA REFORMA DEL E.T. OPERADA EN LA LEY 3/2012 DE 6 DE JULIO, DE REFORMA LABORAL.

 
Primero:

El Convenio Colectivo de Vías y Obras y Granja Agrícola perderá su vigencia a partir de su aprobación en el órgano competente del presente documento, quedando su personal laboral vinculado e integrado en el ámbito personal y funcional del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio Directo del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.

Segundo:

A partir del presente acuerdo quedará sin efecto el acuerdo relativo al personal que disfruta del transporte del Cabildo de Lanzarote de fecha 17 de marzo de 2000 y el de fecha 30 de abril de 2010 y cualquier otro que contravenga este acuerdo.

Tercero:

Establecer un plazo máximo de ocho meses a partir del presente acuerdo para homologar la situación de los grupos profesionales de conformidad con la legislación, promoviendo la movilidad funcional en aquellos servicios que sean necesarios. Así mismo se analizará la integración del personal adscrito a este Convenio en el grupo profesional C2, siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos para ocupar la plaza o puesto, facilitando la Corporación las medidas para que todos los trabajadores se integran en dicho grupo.

Cuarto:

La tabla salarial aplicable al personal objeto de integración, será la que se adjunta al presente documento, de forma que no se modificarán sus conceptos salariales hasta la aprobación de la nueva estructura salarial recogida en el Convenio Colectivo del personal Laboral al servicio Directo de este Cabildo.

Quinto:

Se mantendrá la representación que tiene el Comité de Vías y Obras y el Comité de la Granja Agrícola hasta la finalización de la negociación de los nuevas tablas retributivas.

Sexto:

El presente Acuerdo entrará en vigor una vez aprobado en el Órgano competente en la Corporación, previo a los informes jurídicos, técnicos y económicos que precisen para ello, de conformidad con el procedimiento administrativo.

Por parte del Cabildo de Lanzarote

Sr. Luis Arraez Guadalupe

Sr. Ana María Garrido Martín

Sra. Begoña Pérez Delgado

Sr. Miguel Angel Tarajano Brito

Sr. Jose Juan José Ortega Reguilón

Sr. Esteban Fraile Bonafonte

Por parte de los representantes sindicales

Sr. Abelardo Barrios Rodríguez

Sr. Ramón González Hernández

Sr. Sergio Morales Rodríguez

Sr. Benito Rodríguez Rijo

Sr. Bernabé García Corujo

Sr. Mateo Martín Morales

TABLA PERSONAL SANIDAD

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TABLA PERSONAL FUNCIONARIO

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TABLA PERSONAL LABORAL SERVICIO DIRECTO

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TABLA PERSONAL SERVICIO DE DEPORTES

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TABLA PERSONAL VÍAS Y/O GRANJA AGRÍCOLA

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TABLA PERSONAL CONSERVATORIO DE MÚSICA

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TABLA PERSONAL TURISMO

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GENERAL DE TABLAS SALARIALES 2013

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