Convenio Colectivo de Empresa de CAT MANIPULADORES VALLADOLID, S.L. de Valladolid
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Última revisión
01/06/2006

Convenio Colectivo de Empresa de CAT MANIPULADORES VALLADOLID, S.L. de Valladolid

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Resolucion por la que se dispone el registro, deposito y publicacion, del acuerdo relativo al expte. CM/54/2006, entre la empresa Cat Manipuladores Valladolid, S.L. y los representantes del comite de empresa. (Boletín Oficial de Valladolid num. 124 de 01/06/2006)

Ref.: CM Serla

Expte.: CM/54/2006

RESOLUCIÓN DE 17 DE ABRIL DE 2006 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DEL ACTA DEL ACUERDO ALCANZADO EN EL EXPEDIENTE CM/54/2006 DEL SERVICIO REGIONAL DE RELACIONES LABORALES (SERLA) ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LA EMPRESA CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, S. L. Y LOS REPRESENTANTES DEL COMITÉ DE LA CITADA EMPRESA, REPRESENTANTES DE C. G. T., U. G. T. Y CC. OO.

Visto el Acta del Acuerdo alcanzado en el Procedimiento de ConciliaciónMediación, Expediente CM/54/2006, seguido ante el Servicio Regional de Relaciones Laborales de Castilla y León (SERLA) entre los representantes de la Empresa CAT MANIPULACIONES VALLADOLID S. L. y los representantes del Comité de la citada Empresa, representantes de C. G. T., U. G. T.. y CC. OO., suscrito el 15 de marzo de 2006, con fecha de entrada en este Organismo el día 28 de marzo de 2006; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en los artículos 22 y 23 del II Acuerdo Interprofesional sobre procedimientos de solución Autónoma de Conflictos Laborales en Castilla y león (ASACL) (Resolución de 4 de mayo de 2005, de la Dirección General de Trabajo y Prevención en Riesgos Laborales, B. O. C. Y. L. de 20 de mayo de 2005), Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de 21 de noviembre de 1996 de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo con relación a lo dispuesto en los arts. 3 y 5 del Decreto 2/2003, de 3 de julio (BOCYL del 3), de Reestructuración de Consejerías, esta Oficina Territorial.

ACUERDA

Primero.- Inscribir dicha Acta de Acuerdo en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación las partes.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero.- Depositar un ejemplar de la misma en esta Entidad. Valladolid, 17 de abril de 2006.- La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo.

ACTA En Valladolid a las 14: 10 horas del día 15 de marzo de 2006, ante D. Carlos González Cascos y Jiménez en su condición de conciliadormediador del Servicio Regional de Relaciones Laborales de Castilla y León (SERLA), en el procedimiento seguido en el expediente arriba indicado, según nombramiento del SERLA de fecha 9 de marzo de 2006.

En fecha 3 de marzo de 2006, se presentó en este Servicio Regional de Relaciones Laborales de Castilla y León (SERLA), la solicitud para el inicio del correspondiente procedimiento de conciliación mediación frente al COMITÉ DE EMPRESA DE CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, por Dña. Teresa Méndez Marín, en representación de CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, S. L., en su condición de APODERADA de la mencionada empresa.

Conforme se establece en la referida solicitud, el conflicto se califica como derivado de discrepancias derivadas de interpretación y aplicación, en relación a la elaboración del calendario laboral, y se declara como interesados en la tramitación del procedimiento a la FEDERACIÓN DE COMUNICACIÓN Y TRANSPORTES CC. OO. y FEDERACIÓN DE COMUNICACIÓN, TRANSPORTES Y MAR DE U. G. T., y a C. G. T. DE CASTILLA Y LEÓN

COMPARECEN

De una parte:

D. Pedro Vallejo de la Cruz

DNI: 9.291.473 W

En Representación del Comité de Empresa

D. Carlos José Rodríguez

DNI: 9.291.661

En Representación del Comité de Empresa

D. Rafael Muñoz Moreno

DNI: 12.365.848

En Representación del Comité de Empresa

D. Juan Carlos Vázquez Rodríguez

DNI: 12.360.009

En Representación del Comité de Empresa

D. José L. González Fernández

DNI: 9.299.391

En Representación de C. G. T

D. Francisco Javier Misiego Pulido

 DNI: 9.302.431

En Representación de U. G. T

D. Jorge Rubio Barbado

DNI: 9.253.068

En Representación de C. G. T

D. Rafael Minguela Sánchez

DNI: 12.379.190

En condición de asesor de CC. OO.

De otra parte:

D. Jesús Blanco Moreno

DNI: 3.411.557

En Representación de CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, S. L.,

Dña. Teresa Méndez Marín

DNI: 1.831.026L

En Representación de CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, S. L.

Todas las partes se reconocen capacidad y poder suficiente para la negociación objeto de este conflicto.

Concluido el Procedimiento de ConciliaciónMediación entre las representaciones antes mencionadas, se levanta ACTA para hacer constar el siguiente ACUERDO:

1. Constituir la mesa de negociación del nuevo convenio colectivo a las 16: 30 del día de hoy, con los cinco miembros del actual Comité de Empresa, admitiendo que durante el primer mes de la duración del proceso de negociación, contado desde la constitución de la mesa negociadora, estarán liberados un total de cuatro miembros de la mesa negociadora elegidos entre los miembros del Comité de Empresa. Transcurrido el primer mes esta liberación se reducirá a tres miembros de la mesa negociadora elegidos entre los miembros del Comité de Empresa.

2. Se fijan en ocho el número de reuniones a celebrar durante el primer mes, teniendo lugar estas en la sede de la empresa CAT MANIPULACIONES VALLADOLID, S. L.,

3. Los representantes de las centrales sindicales presentes en la reunión (U. G. T, CC. OO y C. G. T) se comprometen a convocar elecciones sindicales seguidamente a la firma del nuevo convenio colectivo.

4. La empresa se compromete hasta el día 22 de marzo inclusive, a suspender el planning de vacaciones, días de convenios y días de reducción de jornada actualmente vigente.

5. La empresa se compromete, hasta el día 22 de marzo inclusive, a no presentar el expediente de regulación de empleo.

6. La representación de los trabajadores por su parte se compromete hasta el día 22 de marzo inclusive, a no presentar conflicto colectivo hasta el día 22 de marzo inclusive.

El Acuerdo alcanzado entre las partes tendrá, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 del II ASACL, la eficacia de un convenio colectivo estatutario o extraestatutario, según concurran o no los requisitos de legitimación previstos en los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores, 6 y 7 de la Ley Orgánica de libertad Sindical y 152 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante D. Carlos González Cascos y Jiménez en su condición de conciliadormediador del SERLA en el procedimiento de conciliaciónmediación tramitado.

Firma conciliadormediador, (ilegible) Firma partes en conflicto, (ilegible)