Convenio Colectivo de Emp...de Córdoba

Última revisión
15/09/2006

Convenio Colectivo de Empresa de CATAC, S.A. (14000092011982) de Córdoba

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Acta de iniciacion de la Negociacion del Convenio de CATAC, S. A., Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa CATAC, S. A. Cordoba y Acuerdo entre la Empresa CATAC, S. A. y sus trabajadores/as. Codigo de Convenio 14-0009-2 (Boletín Oficial de Córdoba num. 12 de 19/01/2006)

Visto el Texto del Acuerdo adoptado con fecha 25 de octubre de 2005, entre la representación legal CATAC, S. A. y sus trabajadores, por el que desde el día 1 de enero de 2005, el Convenio Colectivo de aplicación en dicha empresa será el Convenio Colectivo Provincial del Sector del Metal o del Comercio, según la actividad a la que se dediquen los trabajadores/as. Asimismo se acuerda que a los trabajadores/as que se indican se les respetará las condiciones laborales y económicas que se indican, mientras dure la relación laboral con los mismos, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios, esta Delegación, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004 de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 4 de enero de 2006. El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

Acta de iniciación de la Negociación del Convenio de CATAC, S. A.

En el día 15 de febrero a las 18 horas. Se reúnen la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa CATAC.

La comisión queda formada por los siguientes miembros:

En representación de la empresa

Antonio Jesús Gil Márquez José Antonio Doblado Ocaña Francisco Javier Moyano Equisoain

En representación social

Antonio María Moyano José Palacios Molina Simeón Higuera Gómez Ambas partes se reconocen mutuamente representatividad y legitimación suficiente para la negociación del Convenio Colectivo de la empresa CATAC, S. A.

De mutuo acuerdo se fija un calendario de reuniones de negociación, con el objeto de alcanzar un acuerdo. Y no habiendo más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión.

Córdoba 15 de febrero de 2005. Hay varias firmas.

Mesa Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa CATAC, S. A. Córdoba

En Córdoba siendo las 18 del día 25 de octubre de 2005, en las instalaciones de la empresa, se reúnen los componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la citada empresa.

Asistentes: En representación de la empresa

Antonio Jesús Gil Márquez José Antonio Doblado Ocaña Francisco Javier Moyano Equisoain

En representación social

Antonio María Moyano José Palacios Molina Simeón Higuera Gómez

Temas Tratados:

1. Se aprueba el texto definitivo del acuerdo alcanzado entre la empresa y la representación social, cuyo texto se acompaña.

2. Se acuerda remitir el referido texto a la Autoridad Laboral competente para su homologación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levante la reunión siendo las 20 horas del día anteriormente indicado.

Córdoba 25 de octubre de 2005. Hay varias firmas.

Acuerdo entre la Empresa CATAC, S. A. y sus trabajadores/as

En Córdoba siendo las 18 horas del día 25 reunidos los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa CATAC, S. A. con domicilio social en Polígono la Torrecilla Prolongación Juan de la Cierva, s/n C. P. 14013 de Córdoba con CIF A78298973 compuesta por los delegados de personal José Palacios Molina, Simeón Higuera Gómez y Antonio María Moyano; y en representación de la empresa Antonio Jesús Gil Márquez, José Antonio Doblado Ocaña y Francisco Javier Moyano Equisoain de mutuo acuerdo deciden:

Que ante la nueva planificación industrial de la empresa y debido al proyecto de reorganización de la plantilla, ambas partes llegan al siguiente acuerdo relacionado con el Convenio de la empresa CATAC, S. A. cuya vigencia finalizó en 31 de diciembre de 2004.

Desde el 1 de enero de 2005 el nuevo Convenio de aplicación de la empresa CATAC, S. A. será el Convenio Provincial del Metal o de Comercio, ambos de la provincia de Córdoba, según la actividad a la que se dediquen los trabajadores/as.

A los/las trabajadores/as de CATAC, S. A. que constan en el anexo adjunto, les será de aplicación el Convenio Provincial del Metal de Córdoba, pero con las salvedades que a continuación se indican:

A) CATAC, S. A. se compromete a respetar como garantía “ad personan” todas y cada una de las condiciones económicas, sociales y laborales que resulten más favorables del Convenio de CATAC, S. A. con respecto al Convenio Provincial del Metal, para los trabajadores/as que constan en el anexo adjunto, las cuales serán revalorizables año a año según establezca dicho Convenio y no absorbibles, ni compensables, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2005.

B) A los/las mencionados trabajadores/as del anexo adjunto que la empresa no les proporcione medio de transporte, seguirán disponiendo de servicio de autocar para ida y vuelta en sus desplazamientos al trabajo. Por lo tanto renuncian de forma expresa, mediante la firma del presente acuerdo, al cobro del plus de transporte establecido en el Convenio Provincial del Metal de Córdoba.

C) La jornada anual para estos trabajadores será de 1.740 horas. A partir de la fecha en que el número de horas se iguale con las establecidas por el Convenio Provincial del Metal de Córdoba, se reducirán, con el mismo criterio que el citado Convenio.

D) Para los trabajadores/as mencionados en el anexo el horario de invierno del 1 de enero al 31 de mayo y del 16 de septiembre al 31 de diciembre será de jornada partida, quedando el horario de 9 a 14 y de 16 a 19 horas. El horario de verano del 1 de junio al 15 de septiembre será de jornada continuada, quedando el horario de 8 a 15 horas, en todos los servicios excepto para el personal de la actividad comercial que será el habitual realizado durante los tres últimos años, en las condiciones de acuerdo entre las partes como se ha efectuado en los mencionados tres años.

E) Prevalecen el resto de condiciones, antigüedad por trienios vacaciones y beneficios sociales.

Estas condiciones serán respectadas mientras dure la relación laboral de los/las trabajadores/as afectados/as en la empresa.

Relación de trabajadores/as afectados/as en la empresa CATAC, S. A.

España Arjona, Manuel. Peral Aguilera, Manuel. Taboada García, Mariano. Salas Roldán, Andrés. Martínez Quesada, Eugenio. Moyano Cobos, Antonio María. Algaba Málaga, Alfonso. Durán Castejón, José. Copado Moreno, Manuel. Salado Martínez, Rafael. Salado Ávalos, Rafael. Ramírez Rodríguez, José. Vallejo García, Rafael. Higueras Gómez, Simeón. Gómez Jurado, Francisco. Notario García, Francisco. Palacios Molina, José. Zamorano Margarito, José. Maroto Lara, Antonio. Abril Ordóñez, Manuel. Abril Pérez, David. García Gigante, María Jesús. Villén Luque, Antonia. Y para que así conste y surto los efectos legales oportunos, firman el presente acuerdo los miembros de la Comisión Negociadora en el lugar y fecha al comienzo indicado.

Representación Empresa, hay varias firmas. Representación Trabajadores/as, hay varias firmas.