Convenio Colectivo de Emp...e Tenerife

Última revisión
29/07/2003

Convenio Colectivo de Empresa de CITA TABACOS DE CANARIAS, S.L. (38002551011979) de Tenerife

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Convenio Colectivo de la empresa CITA TABACOS DE CANARIAS, S. L. (CENTRO 1). ArtIculo 28 (Boletín Oficial de Tenerife num. 60 de 07/05/2003)

Ref.: C. N. 180.

Visto el acta de fecha 24.01.2003 referente al artículo 28 “Préstamos” del Convenio Colectivo de la empresa CITA TABACOS DE CANARIAS, S. L. (CENTRO 1) para los años 2002- 2003, recibido en esta Dirección General de Trabajo, suscrito por la representación empresarial y la de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1.033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda: 1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.

2º.- Notificar a la Comisión Negociadora. 3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de abril de 2003. El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.

Acta de Acuerdo. En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de enero de 2003, se reúnen en las dependencias de CITA Tabacos de

TABLA SALARIAL AÑO 2002

Canarias, S. L., la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, formada por las personas que se relacionan a continuación:

En representación de la empresa: - Don Juan Enrique Hernández Baussou. - Don Juan M. Báez Martín. - Doña Teresa Rodríguez López.

En representación de los trabajadores: - Don Fernando Gómez Rodríguez. - Doña Sorpresa Lorenzo Concepción. - Doña Mª Etelvina Pérez Morales. - Don Nicolás Cruz Torres. - Don Prudencio Marrero Molina. - Don Fernando Carballo Díaz.

Para tratar como único punto del día, la introducción de algunas modificaciones en el artículo 28 del Convenio Colectivo vigente, relativo al Fondo Social Económico (Préstamos).

Acuerdan: 1. La cuantía disponible del Fondo, no tendrá por que ser agotada cada mes.

2. Se establece un período de tres meses, desde la fecha de amortización del préstamo anterior, para poder solicitar un nuevo préstamo.

3. No será aplicado este período de espera, en los casos de extrema urgencia, situación ésta, que será valorada para la Comisión de Seguimiento de este Fondo. En situaciones normales, deberá ser respetado estrictamente.

4. La empresa podrá pedir al trabajador que se considere afectado por un problema grave o de carácter urgente, los justificantes que acrediten tal situación.

Alcanzado el acuerdo anterior, se levanta la sesión.