Convenio Colectivo de Emp...e Tenerife

Última revisión
28/03/2007

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de CITA TABACOS DE CANARIAS, S.L. (38002551011979) de Tenerife

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Febrero de 2007 en adelante

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Resolucion y acta de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Gallaher Canarias, Cita Tabacos de Canarias, S.L. (Boletín Oficial de Tenerife num. 44 de 28/03/2007)

Ref.: C. N. 180.

Vista el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Empresa Gallaher Canarias CITATabacos de Canarias, S. L.- Centro Uno suscrita el 1 de febrero de 2007, recibida en esta Dirección General de Trabajo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.

2º.- Notificar a la Comisión Negociadora.

3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo. Santa Cruz de Tenerife, a 9 de marzo de 2007. Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo entre la empresa Gallaher CanariasCITA Centro I y los Trabajadores a su servicio.

En Santa Cruz de Tenerife, a 01 de febrero de 2007, siendo las 11: 00 horas, se reúnen las personas que a continuación se relacionan:

Por la empresa:

- Don Javier Mantecón del Río.

 - Doña Mª Soledad Sánchez Azpeleta.

Por los trabajadores:

- Don Fernando Gómez Rodríguez.

- Don Nicolás Cruz Torres.

- Don Fernando Carballo Díaz.

 - Don Julio Alfonso Ramos.

- Don Fco. Castellano Cabrera.

- Don Pedro Melián Rodríguez.

- Don Ramón Darias Padilla.

- Don Prudencio Marrero Molina.

- Don Manuel Hernández Morales.

- Doña María Oliva Ramos (Delegada Sindical U. G. T.).

El objeto de esta reunión es la modificación del artículo 12 del Convenio Colectivo.

A tales efectos, ambas representaciones se reconocen mutua y recíprocamente su legitimación negociadora en base a lo determinado en el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores, y Acuerdan: Primero: se modifica el artículo 12 del Convenio Colectivo an adiendo un último párrafo:

“No obstante, todo trabajador que así lo desee, podrá percibir las pagas extraordinarias, bolsa de vacaciones y reyes prorrateadas mensualmente, para ello deberá enviar escrito al Departamento de Recursos Humanos expresando su voluntad de percibir las misma, antes del último día de los meses de febrero, marzo, junio, septiembre y diciembre, dicha decisión será irrevocable.

Y en prueba de conformidad firman las partes en el lugar y fecha arriba indicados.