Convenio Colectivo de Emp...Valenciana

Última revisión
01/01/2004

Convenio Colectivo de Empresa de COLEGIO NOTARIAL DE VALENCIA de Comunidad Valenciana

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RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación de los Acuerdos sobre Revisión Salarial definitiva 2001-2002 y Fijación de Sueldos Provisionales para el año 2003 del Convenio Colectivo para Empleados de Notarios del Territorio del Ilustre Colegio Notarial de Valencia (Codigo 800035). [2993/3508] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 4469 de 28/03/2003)

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del Acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 30 de diciembre de 2002. El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho

Acta de la comisión negociadora del Convenio Colectivo para Empleados de Notarios del Territorio del Colegio Notarial de Valencia 2002 – 2003

Valencia, 27 de noviembre de 2002.

Siendo las veinte horas de hoy, en la notaría de don Enrique Robles Perea, calle de Jorge Juan nº 24-1ª de Valencia, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para los Empleados de Notarios del Territorio del Ilustre Colegio Notarial de Valencia, constituido a saber:

En representación de la Asociación Profesional de Notarios del Ilustre Colegio de Valencia: don Enrique Robles Perea, notario de Valencia; don Fernando J. Pascual de Miguel, notario de Almazora; don José María Cid Fernandez, notario de Alboraya, y don Ignacio Maldonado Chiarri, notario de Burjassot.

En representación de la Asociación Profesional Libre de Empleados de Notarías de la Comunidad Valenciana. APLEN: don Eduardo Genovés Candel, de Valencia; don Antonio Santamaría Creo, de Valencia; don Rafael Barberán Chirlaque, de Valencia; don Juan Candela Cerdán, de Alicante, y don Manuel Ros Porcar, de Castellón.

Actúan como portavoces de las respectivas representaciones los señores Robles y Genovés. Preside la reunión don Enrique Robles Perea y actúa como secretario don Eduardo Genovés Candel.

Dando a este acto el carácter de Junta Decisoria, que aceptan, por unanimidad, y de conformidad con el artículo 28.C del Convenio Colectivo vigente de 26 de octubre de 1992, se toman, por unanimidad, los siguientes:

ACUERDOS

A. Aplicación de los acuerdos

Se incrementan los salarios de los empleados de notarías en las cuantías que correspondan por aplicación del Indice de Precios al Consumo (IPC) para las categorías y grupos de notarías del territorio correspondiente al Ilustre Colegio Notarial de Valencia (que incluye las provincia de Valencia, Castellón y Alicante):

– Por haberse fijado oficialmente el IPC del año 2001, en el 2’7%.

– Por la previsión de inflación que fijó el Gobierno en el 2% para el año 2002.

– Para cuando quede fijado el IPC definitivo del año 2002.

– Para cuando el Gobierno anuncie la inflación para el año 2003.

– Y para el momento quede fijado el IPC definitivo del año 2003.

B. Incrementos

a) El incremento resultante de la tabla salarial definitiva del año 2001 será abonado de una sola vez y de forma inmediata con efectos desde 1º de enero de 2001.

b) Se aplica para el año 2002 de forma provisional el dos por ciento de aumento que se ha de abonar con efectos de primero del año.

c) Se acuerda que en cuando se conozca el IPC definitivo del año 2002, se aplicarán automáticamente las diferencias resultantes, y se abonarán con afectos igualmente desde primero de año.

d) Los sueldos para el año 2003 se aplicarán automáticamente:

– De forma provisional en cuanto el Gobierno publique la inflación prevista para el año 2003 abonándose de forma automática con efectos desde primero de año.

– La tabla provisional que resulte se modificará y transformará en definitiva en cuanto se conozca el IPC de este año, abonándose las diferencias resultantes de una sola vez y con efectos desde el 1 de enero de 2003.

C. Tablas

a) Año 2001. La tabla salarial definitiva resultante –tomando como base los salarios definitivos del año 2000 y aplicando el redondeo hasta la fracción inmediata superior a un euro– se incrementan en el 2’7% dando como resultado la siguiente tabla salarial para dicho año:

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

c) Las siguientes tablas se confeccionarán en cuando se cumplan cada una de las condiciones previstas en el apartado B c) y d) de este documento y serán comunicadas por ambos Colectivos a los respectivos miembros que representan.

D. A las cantidades resultantes se añadirá el complemento de antigüedad que proceda en cada caso, conforme al artículo 29 del citado Convenio.

Los salarios establecidos tienen la consideración de mínimos, por lo que los convenios acordados entre los notarios y sus empleados que impliquen condiciones mas beneficiosas para estos, subsistirán para quien venga disfrutándolos

Del mismo modo, los incrementos establecidos o que se establezcan en virtud del presente convenio, serán absorbidos por cualquier forma de retribución que se viniere percibiendo por los empleados.

E. Los acuerdos precedentes y las variaciones de salarios que se realicen se comunicarán por la Comisión de Vigilancia, con carácter inmediato a todos los notarios y empleados del territorio, por sus respectivas asociaciones profesionales.

Y para que conste, leída por todos, se redacta y aprueba por los reunidos la presente acta, que se extiende por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, acordándose su remisión a los afiliados de los colectivos representados, facultándose a los presidentes de las asociaciones firmantes, con carácter indistinto y solidario para efectuar todos los trámites precisos o que se crean convenientes ante los organismos competentes, incluso ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat Valenciana, y cualesquiera a otros centros oficiales, para su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y su registro en el organismo que proceda.

Y en su conformidad, se firma por todos los reunidos la presente acta, levantándose la sesión a las veintiuna horas del día de la fecha.

Por la representación notarial: Enrique Robles Perea, Fernando J. Pascual de Miguel, José Maria Cid Fernandez, Ignacio Maldonado Chiarri.

Por la representación de los empleados: Eduardo Genovés Candel, Antonio Santamaría Creo, Rafael Barberan Chirlaque, Juan Candela Cerdan, Manuel Ros Porcar.

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