Convenio Colectivo de Empresa de COMAR RIAS ALTAS, S.A. (15004360012006) de Coruña
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Convenio Colectivo de Emp... de Coruña

Última revisión
16/04/2009

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de COMAR RIAS ALTAS, S.A. (15004360012006) de Coruña

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 24-35)

Revisison salarial do convenio colectivo de Comar Rias Altas, SA (Codigo de Convenio nº 1504360) (Boletín Oficial de A Coruña num. 85 de 16/04/2009)

Visto o expediente da revisión salarial do Convenio colectivo de COMAR RÍAS ALTAS, S.A, que tivo entrada nesta Delegación Provincial da Consellería de Traballo o día 24.3.09, e subscrito pola comisión negociadora do convenio o día 27.2.09, de conformidade co disposto no artigo 90.2 e 3 do Real decreto lexislativo 1/1995, do 24 de marzo, polo que se aproba o texto refundido da Lei do Estatuto dos Traballadores, Real decreto 1040/81, do 22 de maio, sobre Rexistro e Depósito de Convenios Colectivos de Traballo e Real decreto 2412/82, de 24 de xullo, sobre traspaso de funcións e servizos da Administración do Estado á Comunidade Autónoma de Galicia, en materia de traballo, esta Delegación Provincial

ACORDA:

PRIMEIRO. - Ordena-la súa inscripción no Libro Rexistro de Convenios Colectivos de Traballo, obrante nesta Delegación Provincial, e notificación ás representacións económica e social da Comisión Negociadora.

SEGUNDO. - Ordena-lo depósito do citado acordo no Servizo de Relacións Laborais, Sección de Mediación, Arbitraxe e Conciliación (S.M.A.C).

TERCEIRO. - Dispoñe-la súa publicación no Boletín Oficial da Provincia.

A Coruña, 27 de marzo de 2009.

A DELEGADA PROVINCIAL

Asdo.: María Debén Alfonso

ACTA POR LA QUE SE ACUERDA LA FIRMA DE LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE COMAR RÍAS ALTAS, S.A.

En La Coruña, 27 de febrero de 2009.

REUNIDA la comisión negociadora del convenio colectivo de la Empresa COMAR RÍAS ALTAS, S.A., manifiestan:

1. - Después de las deliberaciones necesarias para la consecuón del acuerdo, SE PROCEDE A LA FIRMA DE LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL 2008-2009 CON FECHA DE HOY.

Por la Empresa:

Manuel Rego Vecino

(Director de Recursos Humanos)

Alfonso García Morales

(Director Área Emp. Operadoras)

Por los trabajadores:

Antonio Valenzuela Vadillo

(Rpte. legal de los trabajadores)

ACUERDO COMPLEMENTARIO AL CONVENIO COLECTIVO "COMAR RIAS ALTAS, S.A."

A Coruña, 27 de Febrero del 2009

ACTUALIZACION SALARIAL 2008-2009

Reunidos en las oficinas de la empresa la dirección de la empresa y el delegado de personal de "Comar Rías Altas, S.A.", se formaliza el siguiente acuerdo complementario al convenio colectivo vigente:

Retribuciones 2008.

A comienzo del año 2008 se estableció un incremento del 2% de IPC previsto + 1%, con revisión de IPC resultante al final del año sobre los conceptos de la "tabla salarial". El pasado 15 de enero de 2009 salió publicado el IPC resultante de dicho año 2008 que finalmente ha resultado en un 1,4%, por lo que se acuerda proceder al ajuste del 0,6%, diferencia entre IPC real de 2008 (1,4%) y del IPC previsto para ese año (2%), quedando como "tabla salarial" definitiva para el año 2008 la reflejada en el anexo 1 de este acuerdo.

Ajuste IPC 2008.

A la vista de esta situación, se acuerda proceder al descuento de las cantidades cobradas por encima del IPC real. Dicho ajuste se realizará en las 11 nóminas que van desde febrero/2009 a diciembre/2009 por los importes correspondientes al 0,6% de ajuste de IPC del año 2008. Las cantidades resultantes de dicho "ajuste de IPC 2008" se detallan en el anexo 1 de este acuerdo, siendo las que corresponden al año 2008 completo. Para aquellos trabajadores que no hayan trabajado el año 2008 completo se procederá al descuento de la parte proporcional al tiempo trabajado.

En el caso de las categorías cuyo salario base, una vez realizado el ajuste de IPC 2008, quede con un importe inferior a 600 € brutos mensuales, que es el S.M.I. de dicho año, se les abonarán los atrasos correspondientes para llegar a dicho importe mínimo. La cantidad resultante se refleja en el anexo 1 del presente acuerdo.

Incremento salarial 2.009.

Para el año 2009 se establece sobre los conceptos de la "tabla salarial" un incremento del 2% de IPC previsto a comienzo de año + 1%, con revisión de pago del IPC resultante a final del año, con el abono de los atrasos correspondientes en caso de que el IPC real sea superior al previsto, y con el ajuste y descuento correspondientes en caso de que el IPC real sea inferior al previsto. Dicho incremento se realizará en las 11 nóminas que van desde febrero/2009 a diciembre/2009, en un concepto denominado "a cuenta convenio" según se refleja en el anexo 1 de este acuerdo.

En el caso de las categorías cuyo salario base sea inferior a 624 € brutos mensuales, que es el S.M.I. del año 2009, se les abonará dicho S.M.I., según se refleja en el anexo 1 de este acuerdo, lo que supone un incremento del 4% sobre los conceptos de la "tabla salarial" del año 2008, en lugar de aplicar un "a cuenta convenio" del 3% como en los demás casos. En este caso también se les aplicará la revisión de pago del IPC resultante a final del año, con el abono de los atrasos correspondientes en caso de que el IPC real sea superior al 3% aplicado en este caso (IPC + 1%).

Y para que así conste, se firma el presente Acuerdo Complementario al convenio colectivo en A Coruña a 27 de febrero de 2009.

Por la Empresa:

Manuel Rego Vecino

(Director de Recursos Humanos)

Alfonso García Morales

(Director Área Emp. Operadoras)

Por los trabajadores:

Antonio Valenzuela Vadillo

(Rpte. Legal de los trabajadores)

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