Convenio Colectivo de Emp...País Vasco

Última revisión
11/07/2022

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de CONCESIONARIAS DE LIMPIEZA DE CENTROS DEL GOBIERNO VASCO (86100053012013) de País Vasco

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 16 de Junio de 2022 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 17-18)

RESOLUCION de 20 de junio de 2022, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, deposito y publicacion del Acuerdo de la Comision Paritaria del convenio colectivo entre las Empresas Concesionarias de Limpieza y las/los trabajadores que prestan sus servicios en los centros del Gobierno Vasco (codigo de convenio num. 860100013012013). (Boletín Oficial del Pais Vasco num. 133 de 11/07/2022)

ANTECEDENTES

Primero.- El día 20 de junio de 2022 se ha presentado en REGCON la documentación referida al acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo citado, suscrito por las representaciones empresariales y sindicales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La competencia prevista en el artículo 90.2 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, corresponde a esta autoridad laboral, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en relación con el artículo 10.1.i del Decreto 7/2021, de 19 de enero, modificado por Decreto 167/2021, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo.

Segundo.- La normativa sustantiva aplicable en el presente procedimiento es la recogida en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco.

Tercero.- El acuerdo presentado es un acto inscribible de conformidad con lo previsto en el artículo 2. del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo. Analizada la solicitud de inscripción y la documentación anexa, se ha comprobado que la misma reúne los requisitos legalmente exigidos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco, por la presente,

RESUELVO:

Primero.- Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2022.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

ANGEL LAPUENTE MONTORO.

Yolanda Blanco Bastida, en virtud de la autorización conferida por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo entre las Empresas Concesionarias de limpieza y las/los trabajadoras/es que prestan sus servicios en los centros de Gobierno Vasco, en Lakua, Samaniego, Academia de Arakute, Dependencias de Interior, Parlamento Vasco, Ejie-Centro de Documentación del Gobierno Vasco, Emakunde, Oficina del Ararteko, Tribunal de Vasco de Cuentas, Palacio de Justicia de Vitoria-Gasteiz, Lehendakaritza, Organo de Coordinación Tributaria de Euskadi/SOS Deiak, Neiker-Granja modelo de Arkaute, CRL/LHK, Zuzenean, Centros de Osalan de Álava y de Bizkaia, Archivos Históricos Provinciales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.

Hace constar: que reunida dicha Comisión con fecha 6 de abril de 2022, ha sido examinada la cuestión que se indica a continuación, a solicitud de Zaintzen, S.A. (Registro de Entrada n.º 8.183), sobre la que se ha resuelto como seguidamente se transcribe del acta de dicha sesión.

Asunto planteado: la empresa Zaintzen, S.A., solicita a la comisión paritaria la inclusión del personal que presta servicios en los centros de gestión unificada del Gobierno Vasco en Gipuzkoa, (edificios sitos en la c/ Vitoria-Gasteiz n.º 3, c/ Intxaurrondo n.º 70, c/ Marina n.º 12, c/ Andia n.º 13 y c/ Easo n.º 10), en el ámbito de aplicación del presente convenio.

Resolución de la comisión: la Comisión Paritaria, en el ejercicio de las funciones adjudicadas por el Anexo I del Convenio Colectivo entre las Empresas Concesionarias de limpieza y las/los trabajadoras/es que prestan sus servicios en los centros de Gobierno Vasco, acuerda por unanimidad la inclusión en el ámbito de aplicación del convenio de los centros de gestión unificada del Gobierno Vasco en Gipuzkoa, edificios sitos en la c/ Vitoria-Gasteiz n.º 3, c/ Intxaurrondo n.º 70, c/ Marina n.º 12, c/ Andia n.º 13 y c/ Easo n.º 10.

Lo que certifica en Vitoria-Gasteiz, a los efectos oportunos, a 16 de junio de 2022.