Convenio Colectivo de Empresa de CONSORCIO PARA EL SERVICIO CONTRA INCENDIOS Y D...1990) de Ciudad Real
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Convenio Colectivo de Emp...iudad Real

Última revisión
31/10/2019

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de CONSORCIO PARA EL SERVICIO CONTRA INCENDIOS Y DE SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL (13000502011990) de Ciudad Real

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 28 de Marzo de 2019 en adelante

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Aprobacion de la jornada laboral de 35 horas semanales del Consorcio para el Servicio Contra Incendios y de Salvamento de la provincia de Ciudad Real. (Boletín Oficial de Ciudad Real num. 209 de 31/10/2019)

ANUNCIO

La Asamblea General del Consorcio para el Servicio Contra Incendios y de Salvamento de la provincia de Ciudad Real, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2019, adopto el siguiente acuerdo:

`Primero.- Aprobar la jornada laboral de 35 horas semanales con efectos desde el día 28 de marzo de 2019.

Segundo.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, página web del Consorcio y notificárselo a los representantes sindicales y organismos competentes`.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Presidente de este Consorcio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Ciudad Real en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar conveniente a su derecho.

En Ciudad Real, a 29 de octubre de 2019 - El Presidente, Julián Nieva Delgado. Anuncio número 3551