Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
17/05/2018

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de COOPERATIVA FARMACEUTICA ASTURIANA (COFAS) (33002042011990) de Asturias

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante

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Resolucion de 27 de abril de 2018, de la Consejeria de Empleo, Industria y Turismo, por la que se ordena la inscripcion del acuerdo parcial relativo a la revision salarial provisional de 2018 del Convenio Colectivo de la empresa Cooperativa Farmaceutica Asturiana (COFAS), en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Direccion General de Trabajo. [Cod. 2018-04626] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 113 de 17/05/2018)

Visto el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Cooperativa Farmacéutica Asturiana (COFAS) C-035/2011, código 33002042011990), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias el 18 de abril de 2018, en la que se acuerda la revisión salarial provisional para el 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 86.3 en relación con el 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 11 de abril de 2018, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Empleo. Industria y Turismo, en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 27 de abril de 2018.? El Consejero de Empleo, Industria y Turismo.? P.D. (autorizada en Resolución de 11-4-2018, publicada en el BOPA núm. 87, de 16-IV-2018), el Director General de Trabajo.? Cód. 2018-04626.

En Llanera, a 17 de enero de 2018, se reúne, previa convocatoria, la comisión deliberadora del Convenio Colectivo de la empresa Cooperativa Farmacéutica Asturiana (COFAS), en su domicilio social sito en Pruvia, Llanera integrada por los siguientes miembros:

En representación de la Cooperativa Farmacéutica Asturiana:

D. Alfonso Roquero Alonso (Gerente).

Por el Comité de empresa:

D. Juan Contreras Lechado. UGT (Presidente).

D. Marcos Cañedo Ruíz. UGT (Secretario).

D.ª M.ª Cristina Vazquez LLano. UGT.

D. Luis Pablo Muñiz Díaz. CC.OO.

D. Daniel Sánchez Fernández. UGT.

Abierta la sesión se pone de manifiesto que el objetivo único de la reunión es la revisión de las tablas salariales del Convenio vigente en cumplimiento y desarrollo de su artículo 2.º, al que se ha llegado tras la reunión en la que han intervenido todas las personas integrantes de la Comisión Negociadora.

Y como consecuencia de las negociaciones llevadas a cabo, por voluntad unánime de las partes, se acuerda:

Reconocerse mutua capacidad legal para suscribir en todo su ámbito y extensión la revisión de las tablas salariales del Convenio Colectivo para el año 2018 anexas a este acuerdo. Se acuerda incrementar las tablas salariales del 2017 y demás conceptos sujetos a revisión, con una subida del 1,5%, con efectos retroactivos a enero de 2018. Los atrasos derivados de dicho incremento, se abonarán en el mes de febrero/2018, siendo por lo tanto el período a liquidar en concepto de atrasos del 01/01/2018 al 31/01/2018 ambos inclusive.

Se acuerda asimismo que, una vez conocido el IPC real del año 2018 y si este superase el 1,5% pactado, se procederá a actualizar las tablas del año 2018 con un máximo del 0,3%, de tal forma que el incremento quedaría fijado en el 1,8%. El pago de los atrasos que se pudiesen devengar, en su caso, se realizaría una vez publicado el IPC del año 2018 y tras la firma del Acta de revisión por parte de la Comisión negociadora del Convenio.

Por el contrario si el IPC real queda por debajo del 1,5%, la actualización de las tablas será de un mínimo del 1,3%. El ajuste a la baja de producirse, se aplicará en lo que se acuerde para el 2019.

Delegar en D.ª Marta Allende Valle para que realice los actos necesarios para la inscripción o registro de las mismas.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, en el día mencionado en el encabezamiento de la presente Acta.

Anexo

TABLA SALARIAL 2018

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