Última revisión
22/09/2022
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de COOPERATIVA FARMACEUTICA ASTURIANA (COFAS) (33002042011990) de Asturias
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante
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RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2022, de la Consejería de industria, empleo y Promoción económica, por la que se ordena la inscripción del acuerdo parcial relativo a la revisión salarial para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo de la empresa Cooperativa Farmacéutica (CoFAs), en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de empleo y Formación. (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 154 de 10/08/2022)
I. PRINCIPADO DE ASTURIAS
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2022, de la Consejería de industria, empleo y Promoción económica, por la que se ordena la inscripción del acuerdo parcial relativo a la revisión salarial para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo de la empresa Cooperativa Farmacéutica (CoFAs), en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de empleo y Formación.
Visto el acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de empresa Cooperativa Farmacéutica (CoFas) expediente C-035/2011, código 33002042011990), recibido a través de medios electrónicos ante el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del principado de asturias el 29 de junio de 202, en la que se acuerda las tablas salariales para los años 2021 y 2022, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 86.3 en relación con el 90, números 2 y 3 del real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores, y en el real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por resolución de 17 de junio de 2020, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de industria, empleo y promoción económica en el titular de la dirección General de empleo y Formación, por la presente,
RESUELVO
Ordenar su inscripción en el registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la dirección General de Empleo y Formación, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
Oviedo, a 28 de julio de 2022.—El Consejero de industria, empleo y promoción económica.—p. d. autorizada en resolución de 17-06-2020, publicada en el Bopa núm. 119, de 22-vi-2020, el director General de empleo y Formación.—Cód. 2022-06155.
En Llanera, a 29 de junio de 2022, siendo las 21:08 horas, se ratifica el Acuerdo de la subida salarial para los años 2021 y 2022, acordado entre la dirección de la empresa Cooperativa Farmacéutica asturiana (CoFas) y el Comité de empresa, siendo las personas integrantes de la Comisión negociadora, las siguientes:
Asistentes:
Por la empresa
D. Alfonso Roquero Alonso (Ceo)
D. David González Pañeda (Director financiero)
D. Javier Prieto Andrés (director de operaciones)
Dña. Marta Allende Valle (Recursos Humanos)
Por el Comité de Empresa
D. Pablo García Fernández (Presidente) - USO
D. Víctor Prieto Rodríguez - USO
D. Raúl Meana Crespo - USO
D. Daniel García Valdés - CCOO
D. Alberto Cuesta García - CCOO
Dña. Eva Fernández Alvarez – USO
D. Javier Fernández Rodríguez (Secretario) - USO
D. José Iván Del Valle Romay - USO
D. Álvaro González Valderrábano - USO.
Y como consecuencia de las negociaciones llevadas a cabo, por voluntad unánime de las partes,
S E A C U E R D A
Reconocerse mutua capacidad legal para suscribir en todo su ámbito y extensión el incremento salarial para los años 2021 y 2022, anexas a este acuerdo. Se acuerda incrementar las tablas salariales del 2021 y demás conceptos sujetos a revisión, con una subida del 2,75% y las tablas salariales del 2022 y demás conceptos sujetos a revisión, con una subida del 2%, todos ellos con efectos del 01 de enero del respectivo año.
Finalmente, se acuerda, una cláusula de revisión salarial, que operará de la siguiente manera: en el caso de que el índice de precios al Consumo (ipC) publicado por el instituto nacional de estadística (ine) registrase al 31 de diciembre del año 2022 una variación respecto al porcentaje de incremento inicialmente pactado para dicho año (2%), se efectuará una revisión salarial, desde el momento en que se constate oficialmente dicha circunstancia en la variación sobre la indicada cifra, de acuerdo con los siguientes criterios:
– Si el IPC real de España en 2022 queda por debajo del 1%, la subida en tablas salariales será del 2%.
– Si el IPC real de España en 2022 es igual o superior al 1% y menor o igual al 2,5%, la subida en las tablas salariales sería del 2,5%.
– Si el IPC real de España resulta mayor del 2,5%, la subida de las tablas será del 3,25%.
– Si el IPC real de España en 2022 resulta mayor o igual del 6,5%, la subida de las tablas salariales será del 3,75%,
Dicho incremento servirá exclusivamente para actualizar las tablas salariales, y tendrá efectos de 1 de enero de 2022.
Delegar en d.ª marta allende valle para que realice los actos necesarios para la inscripción o registro de las mismas.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, en el día mencionado en el encabezamiento
de la presente acta.
“TABLA SALARIAL AÑO 2021; IMAGEN OMITIDA”
(CONSULTAR EN EL PDF)
“TABLA SALARIAL AÑO 2022; IMAGEN OMITIDA”
(CONSULTAR EN EL PDF)
