Convenio Colectivo de Empresa de DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ. PERSONAL LABO...NCIONARIO de Badajoz
Convenios
Convenio Colectivo de Emp...de Badajoz

Última revisión
02/02/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Badajoz

Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 15 de Enero de 2018

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Anuncio 436/2018. Acuerdo sobre modificacion de las normas reguladoras de los complementos retributivos o la prestacion economica en situacion de incapacidad temporal del personal al servicio de la Diputacion de Badajoz y sus OO.AA. (Boletín Oficial de Badajoz num. 24 de 02/02/2018)

'Acuerdo sobre modificación de las Normas reguladoras de los complementos retributivos a la prestación económica en situación de incapacidad temporal, en el ámbito del personal al servicio de la Diputación Provincial de Badajoz y sus organismos autónomos'

Con esta fecha y por el Diputado-Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, por delegación del Ilmo. Sr. Presidente, se ha dictado Decreto cuyo tenor literal es el siguiente:

'DECRETO:

En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a quince de enero de dos mil dieciocho.

Dada cuenta del acuerdo del Pleno Corporativo en su sesión ordinaria correspondiente al mes de diciembre de dos mil dicisiete que aprobó, entre otros asuntos, la propuesta de modificación de las 'Normas reguladoras de los complementos retributivos a la prestación económica en situación de incapacidad temporal, en el ámbito del personal al servicio de la Diputación Provincial de Badajoz y sus organismos autónomos' vigentes publicadas en el BOP n.º 103 , de 31 de mayo de 2013, así como la encomienda a la Delegación del Área de Recursos Humanos de la tramitación necesarias para su aplicación y su publicación.

Visto que el acuerdo establece: 'Añadir en la norma segunda el siguiente párrafo: El derecho al complemento de mejora voluntaria se mantendrá mientras exista la situación legal de incapacidad temporal, y finalizará cuando se extinga esta, es decir, hasta un máximo de 545 días desde su inicio'.

Considerando que la modificación, según el citado acuerdo plenario, se aprueba con efectos retroactivos del 23 de agosto de 2017, fecha de celebración de la Mesa General de Negociación con los representantes sindicales, en la que se aprobó la propuesta de la que es objeto esta resolución.

En el ejercicio de las competencias recogidas en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 34, apartado h) y en el Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, en su artículo 61, apartado 21,

HE RESUELTO:

Primero.- Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del acuerdo de modificación de las 'Normas reguladoras de los complementos retributivos a la prestación económica en situación de incapacidad temporal, en el ámbito del personal al servicio de la Diputación Provincial de Badajoz y sus Organismos Autónomos' aprobado por el Pleno de la Corporación Provincial, como se recoge en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.- Establecer un plazo de solicitud para aquellos trabajadores/as a los que el Acuerdo pudiera serles de aplicación con carácter retroactivo, para que lo soliciten.

Tercero.- Las solicitudes se remitirán a la Unidad de Inspección General de Servicios y Coordinación del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (c/ Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz) y deberán presentarse en el Registro General de la Corporación a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución.

Cuarto.- De lo ordenado en la presente resolución queda encargado el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, que a través de la Unidad de Inspección General de Servicios y Coordinación, lo publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

Lo mandó y firma el Diputado-Delegado del Área de RR. HH. y Régimen Interior de la Diputación de Badajoz, de lo que yo, el Secretario General, Doy fe.- El Presidente P.D. El Diputado-Delegado del Área de RR. HH. y Régimen Interior.- Firmado y rubricado.- El Secretario General.- Firmado y rubricado.'

ANEXO I

MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LOS COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL, EN EL ÁMBITO DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Se añade en la norma segunda el siguiente párrafo:

'El derecho al complemento de mejora voluntaria se mantendrá mientras exista la situación legal de incapacidad temporal, y finalizará cuando se extinga esta, es decir, hasta un máximo de 545 días desde su inicio'.

En Badajoz, a 15 de enero de 2018. El Secretario General, José M.ª Cumbres Jiménez.