Convenio Colectivo de Empresa de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL de Teruel
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Convenio Colectivo de Emp... de Teruel

Última revisión
03/08/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL de Teruel

Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 30 de Mayo de 2018

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Aprobacion definitiva de la Modificacion del Pacto-Acuerdo sobre aspectos sociales del personal funcionario y laboral de la Excma. Diputacion Provincial de Teruel. (Boletín Oficial de Teruel num. 148 de 03/08/2018)

Personal

De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de aprobación inicial, adoptado en sesión plenaria ordinaria de la Excma. Diputación Provincial de Teruel, celebrada el día 30 de mayo de 2018, de Modificación del Pacto-Acuerdo sobre aspectos sociales del personal funcionario y laboral de la Excma. Diputación Provincial de Teruel, artículo 14, en relación con la regulación de permisos por conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por compensación horarios, y reducción de jornada tras la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia -cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de la provincia de Teruel n.º 111, de 12 de junio de 2018- y habida cuenta que no se han presentado en tiempo y forma ni reclamaciones ni alegaciones a dicha modificación; conforme a lo dispuesto en el artículo 49, in fine, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se entiende definitivamente adoptado el reseñado acuerdo hasta entonces provisional, por lo que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Teruel del texto íntegro de la precitada modificación, que a continuación se reproduce:

ARTÍCULO 14.- PERMISOS Y LICENCIAS

(...)

7. PERMISOS POR MOTIVOS DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL, POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y PARA LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO Y SUS FAMILIARES DIRECTOS

(...)

d) Permiso por medidas de compensación horaria en materia de desarrollo profesional y conciliación de la vida personal, familiar y laboral: A partir del año 2018, inclusive, los empleados púbicos dispondrán de dos jornadas completas de permiso, siempre que el periodo de prestación de servicios coincida con la totalidad del año natural, y en caso contrario se calculará la parte proporcional correspondiente en jornadas completas. Cada empleado público podrá disfrutar a su conveniencia este permiso previa autorización.

(Nueva numeración del resto de apartados de estos permisos.)

8. REDUCCIÓN DE JORNADA DE TRABAJO

(...)

D.- REDUCCIÓN DE JORNADA TRAS FINALIZACIÓN DE TRATAMIENTO CON RADIOTERAPIA O QUIMIOTERAPIA O EN PROCESOS DE RECUPERACIÓN DE OTROS TRATAMIENTOS DE ESPECIAL GRAVEDAD

Los empleados públicos que se reincorporen al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia, podrán solicitar una adaptación progresiva de su jornada de trabajo ordinaria. La Excma. Diputación Provincial de Teruel podrá conceder esta reducción cuando la misma coadyuve a la plena recuperación funcional de la persona o evite situaciones de especial dificultad o penosidad en el desempeño de su trabajo. Esta reducción podrá extenderse hasta dos meses desde el alta médica y podrá afectar hasta un 30% de la duración de la jornada diaria, siendo al principio o final de la jornada, considerándose como tiempo de trabajo efectivo y con retribución del mismo.

La solicitud irá acompañada de la documentación que aporte el interesado para acreditar la existencia de esta situación, y se deberá resolver sobre la misma, sin perjuicio de que, para comprobar la procedencia de esta reducción, la Excma. Diputación Provincial de Teruel podrá recabar los informes del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales o de cualesquiera otros órganos que considere oportuno sobre el tratamiento recibido o las actividades de rehabilitación que le hayan sido prescritas.

El plazo inicial de dos meses podrá ampliarse en otro mes más cuando el empleado público justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia o quimioterapia, previa petición con plazo mínimo de 5 días laborales a la finalización del primer mes, y la acreditación correspondiente.

Con carácter excepcional, y en los mismos términos indicados, esta reducción de jornada podrá solicitarse en procesos de recuperación de otros tratamientos de especial gravedad, debiendo en este supuesto analizarse las circunstancias concurrentes en cada caso.

Teruel, 31 de julio de 2018.- El Presidente, Ramón Millán Piquer.- El Secretario General Acctal., Miguel Ángel Abad Meléndez.