Última revisión
29/07/2003
Convenio Colectivo de Empresa de ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S.A. (EXPLOTACION DE APARCAMIENTOS DE LAS PALMAS) (35002931012001) de Las Palmas
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Convenio Colectivo de la empresa ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S. A. (APARCAMIENTOS DE VEHICULOS EN LA VIA PUBLICA MEDIANTE EXPENDEDORES DE TICKETS EN LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Boletín Oficial de Las Palmas num. 76 de 25/06/2003)
VISTA la solicitud presentada el día 23 de abril de 2003 para la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa “ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S. A. (APARCAMIENTOS DE VEHÍCULOS EN LA VIA PUBLICA MEDIANTE EXPENDEDORES DE TICKETS EN LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA”, suscrito con fecha 1 de abril de 2.003, de una parte por la representación de dicha empresa, por otra los delegados de personal, en representación de los trabajadores, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE. 29 de marzo), Real Decreto 1033/1984, de 11 de abril, sobre transferencias de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, la disposición final primera del Decreto 29/1985, de 1 de agosto, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Canarias y el art. 10. 1º. g), del Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, en su redacción dada por el Decreto 138/2000, de 10 de julio, (B. O. C. nº 108, del 7/08/00), esta Dirección General,
RESUELVE
PRIMERO.- Ordenar la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa “ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S. A. (APARCAMIENTOS DE VEHÍCULOS EN LA VIA PUBLICA MEDIANTE EXPENDEDORES DE TICKETS EN LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA”, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos con el nº 2295 y su notificación a la Comisión Negociadora.
SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (S. E. M. A. C), de esta Dirección General de Trabajo.
TERCERO.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Antonio Lorenzo Tejera, firmado.
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