Convenio Colectivo de Emp... de Teruel

Última revisión
18/05/2017

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de FINANCIERA MADERERA, S.A. CELLA II. (ANTES UTISA, TABLEROS DEL MEDITERRANEO, S.L.) (44000561012008) de Teruel

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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RESOLUCION DE 27 DE ABRIL DE 2017 DEL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Y PUBLICACION DE LAS TABLAS SALARIALES DEL AÑO 2016 DEL CONVENIO COLECTIVO CELLA II. (Boletín Oficial de Teruel num. 92 de 18/05/2017)

RESOLUCIÓN DE 27 DE ABRIL DE 2017 DEL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Y PUBLICACION DE LAS TABLAS SALARIALES DEL AÑO 2016 DEL CONVENIO COLECTIVO CELLA II.

VISTO el texto del Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de CELLA II, por la que se acuerda la aprobación de las tablas salariales del año 2017 (Código de Convenio 44000561012008), suscrita el día 28 de marzo de 2017, de una parte por representantes de la empresa y de otra por representantes de los trabajadores.

Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 5.2 del Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA del 28 de septiembre de 2010),

El Director del Servicio Provincial de Economía y Empleo

A C U E R D A:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Subdirección Provincial de Trabajo de Teruel, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial' de la Provincia de Teruel.

Teruel, 27 de abril de 2017.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMÍA Y EMPLEO, Fdo.: Francisco Melero Crespo

ACTA DE REVISIÓN ECONOMICA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL CENTRO DE TRABAJO DE CELLA II

Siendo las 12:00 horas del día 28 de marzo de 2.017 en los locales de la Empresa FINANCIERA MADERERA, S.A. (FINSA), en Cella, se reúnen las personas que a continuación relacionadas en su condición de miembros del Comité de Empresa de Cella II - integrantes de la Comisión Mixta de Vigilancia del Convenio - en su calidad de representantes de los trabajadores y los representantes de la Empresa.

-POR PARTE DE LOS TRABAJADORES:

- Comité Empresa FINSA Cella II:

1. Roberto Guzmán Morante D.N.I. nº: 18.431.659

2. Sebastián Pérez Benedicto D.N.I. nº: 18.440.638

3. Fco. Javier Navarro Echeverría D.N.I. nº: 73.553.571

4. Ramón Domingo Temprado D.N.I. nº: 18.441.803

-EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA:

1. Eduardo Rojo Nevado D.N.I. nº: 18.434.316

2. Ana Alegre Alegre D.N.I. nº: 18.436.263

3. Esther Obensa García D.N.I. nº: 18.442.418

Justifica su asistencia Xosé Mera Iglesias D.N.I. nº: 36.126.130

Una vez publicados el dato de IPC correspondiente al año 2.016 y una vez han sido formuladas provisionalmente las cuentas anuales consolidadas de FINANCIERA MADERERA, S.A. (FINSA) del ejercicio 2.016, la Comisión Mixta de Vigilancia del Convenio colectivo de Cella II procede a la aprobación de los incrementos salariales correspondientes al año 2.017, adoptándose por ambas partes los acuerdos siguientes:

Primero.- Determinación del incremento salarial aplicable en 2.016.

1) De conformidad con el artículo 43 del Convenio Colectivo de Cella II (BOP Teruel nº40 de 29/02/2016), el incremento económico para 2.017 será el resultado de aplicar el 50% de la cifra de IPC del año anterior - siempre que sea positiva - a la que se adicionará el 50% del incremento que resulte de la aplicación del Modelo de incremento salarial pactado en Convenio.

INCREMENTO=(50% IPC año anterior)+(50% MODELO SALARIAL)

2) Parámetros de cálculo del incremento económico.

A continuación se detallan los datos de productividady mejora provisionales - tomando en consideración los dos últimos ejercicios anuales cerrados (2.016 / 2.015) - y los datos de IPC publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

-IPC año anterior (año 2.016) (IPC) = 1,6%

-Indice de Productividad 2.016 ( I.P.) = 2,06

-% Mejora de Valor Añadido (V.A.) = 6,52%

-% Mejora de Indice Productividad (I.P) = 2,38%

% Diferencial IPC años 2012-2016 (DIF)= 0,0%

3) Cálculo del incremento económico para 2.017.

a) La tasa de variación interanual del IPC en el año 2.016 publicado por el INE fue del 1,6% (uno con seis por ciento).

En consecuencia, el resultado de la aplicación del incremento garantizado del 50% del IPC del año anterior (2.016) resulta un 0,8%

50% IPC año anterior = 0,8%

b) Aplicación del Modelo Salarial.

El Indice de Productividad (Valor Añadido / Masa Salarial) del año 2.016 de las cuentas anuales consolidadas provisionales del grupo FINSA alcanzó la cifra del 2,06 por lo que procede aplicar los incrementos correspondientes al tramo de I.P. en que se sitúa.

INDICE DE PRODUCTIVIDAD e' 1,90 < 2,20

-Se garantiza el incremento del IPC del año anterior.

IPC año 2.016 = 1,6%

-Si el incremento del Valor Añadido sobre año anterior es superior al IPC aplicado, con el excedente se podrán compensar las diferencias de IPC (DIF) acumulado de los últimos 5 años, siempre hasta el límite de incremento salarial del 100% de la mejora de I.P. sobre el año anterior.

Diferencial negativo IPC 2.012-2.016 = 0%

En aplicación de los criterios previstos en este tramo de productividad, resulta de aplicación un incremento salarial en 2.017 del 1,6% que se corresponde con incremento del IPC del año 2.016.

En consecuencia, de la aplicación ponderada del 50% del resultado de la aplicación del Modelo Salarial acordado en Convenio para 2.017, resultaría un incremento aplicable del 0,8%.

50% Modelo Salarial = 0,8 %

4) Incremento económico 2.017:

Corresponde un incremento salarial en 2.017 del 1,6%, resultado de la suma del incremento garantizado (50% del IPC del año anterior) al que se suma el resultado de ponderar al 50% la aplicación del Modelo Salarial a que se hizo referencia en el número anterior.

Segundo.- Efectos económicos del incremento salarial.

Ambas partes acuerdan aplicar un incremento del 1,6% sobre las tablas salariales de Convenio vigentes a 31.12.2016, con efectos retroactivos a 1 de enero de 2.017.

El incremento pactado se aplicará a todos los conceptos salariales de Convenio, a excepción de la antigüedad consolidada y de aquellos conceptos económicos, que por acuerdo colectivo o individual, no le resultan de aplicación los incrementos anuales de convenio.

Las diferencias por atrasos generadas desde 1 de enero de 2.017, se abonarán conjuntamente con la nómina de la mensualidad de salario del mes de marzo.

Como parte integrante del acta de acuerdo, se adjuntan los Anexos salariales I a III, en el que se reflejan los importes de los conceptos salariales a 1 de enero de 2.017 una vez aplicado el incremento económico pactado.

Tercero.- Registro, depósito y publicación.

La Comisión Paritaria de Convenio del centro de Cella II de FINANCIERA MADERERA, S.A. (FINSA) acuerda delegar en Dª Esther Obensa García, titular del D.N.I. nº 18442418Y, para que realice los trámites de presentación y registro de esta Acta y sus Anexos en la aplicación informática para el Registro de Convenios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (REGCON), a fin de que por la autoridad laboral se proceda a su inscripción y publicación.

Y en prueba de conformidad, ratificando en todos sus extremos la presente Acta, los asistentes firman en el lugar y fecha arriba indicadas.

ANEXO I

TABLAS SALARIALES VALORES AÑO 2017

REVISION: 1,6%

1,016

SALARIO BASE

PAGAS EXTRA

PLUS ESPECIALIDAD

PLUS CONVENIO

PLUS TRANSPORTE

(menos de 6 km)

TOTAL ANUAL

HORA EXTRA A

HORA EXTRA B

VALOR DIA

VALOR MES

TOTAL AÑO

VALOR DIA

VALOR MES

TOTAL AÑO

VALOR DIA

VALOR MES

TOTAL AÑO

VALOR MES

TOTAL AÑO

VALOR MES

TOTAL AÑO

J. EQUIPO FBCON.

43,13

1.293,83

15.525,96

43,13

431,28

5.175,31

342,47

4.109,64

75,01

900,12

25.711,03

17,44

23,28

J. EQUIPO ESPEC.

43,13

1.293,83

15.525,96

48,57

485,66

5.827,95

5,44

163,16

1.957,92

342,47

4.109,64

75,01

900,12

28.321,59

19,69

26,23

OF. 1ª FBCON.

35,71

1.071,36

12.856,32

35,71

357,12

4.285,49

318,11

3.817,32

75,01

900,12

21.859,25

14,43

19,23

OF. 1ª ESPEC.

35,71

1.071,36

12.856,32

40,34

403,43

4.841,17

4,63

138,93

1.667,16

318,11

3.817,32

75,01

900,12

24.082,09

16,33

21,76

OF. 2ª FBCON.

33,47

1.004,18

12.050,16

33,47

334,73

4.016,75

307,89

3.694,68

75,01

900,12

20.661,71

13,49

18,02

OF. 2ª ESPEC.

33,47

1.004,18

12.050,16

37,59

375,90

4.510,84

4,12

123,52

1.482,24

307,89

3.694,68

75,01

900,12

22.638,04

15,21

19,87

OF. 3ª FBCON.

30,99

929,83

11.157,96

30,99

309,94

3.719,30

297,46

3.569,52

75,01

900,12

19.346,90

12,53

16,70

OF. 3ª ESPEC.

30,99

929,83

11.157,96

34,71

347,07

4.164,87

3,71

111,39

1.336,68

297,46

3.569,52

75,01

900,12

21.129,15

14,04

18,71

CHOFER MEC.

32,79

983,56

11.802,72

32,79

327,85

3.934,22

306,03

3.672,36

75,01

900,12

20.309,42

13,25

17,66

PEÓN ESPEC.

30,28

908,54

10.902,48

30,28

302,85

3.634,15

288,54

3.462,48

75,01

900,12

18.899,23

12,23

16,31

PEÓN ORD.

30,01

900,35

10.804,20

30,01

300,11

3.601,37

277,77

3.333,24

75,01

900,12

18.638,93

12,12

16,16

NOTA: EL PLUS DE TRANSPORTE DE MÁS DE 6KM ES 91,55€ MENSUALES PARA EL AÑO 2017

ANEXO II

TABLAS SALARIALES VALORES AÑO 2017

Revisión: 1,6%

SALARIO BASE

COMPL. SUELDO

PLUS TRANSPORTE (menos de 6 km )

PAGAS EXTRA

T O T A L

CATEGORIA

VALOR

TOTAL

VALOR

TOTAL

VALOR

TOTAL

VALOR

TOTAL

MES

AÑO

MES

AÑO

MES

AÑO

MES

AÑO

MES

AÑO

OFICIAL 1ª

1.505,80

18.069,60

246,30

2.955,60

75,01

900,12

584,03

7.008,36

2.411,14

28.933,68

OFICIAL 2ª

1.258,11

15.097,32

256,57

3.078,84

75,01

900,12

504,89

6.058,68

2.094,58

25.134,96

AUX. ADMVO.

895,76

10.749,12

424,16

5.089,92

75,01

900,12

439,97

5.279,64

1.834,90

22.018,80

ANEXO III

PLUSES DE TURNO CELLA II VALORES AÑO 2017

Revisión: 1,6%

3 TURNOS DE LUNES A VIERNES

3 TURNOS DE LUNES A VIERNES

2T LUNES-SABADO

2T LUNES-SABADO

2T LUNES-DOMINGO

2T LUNES-DOMINGO

4 TURNOS

4 TURNOS

4 TURNOS Y MEDIO

4 TURNOS Y MEDIO

5 TURNOS MTO./PERS.CONTINUADO

5 TURNOS MTO./PERS.CONTINUADO

1,029

1,1407

VALOR AÑO

VALOR MENSUAL

VALOR AÑO

VALOR MENSUAL

VALOR AÑO

VALOR MENSUAL

VALOR AÑO

VALOR MENSUAL

VALOR AÑO

VALOR MENSUAL

VALOR AÑO

VALOR

MENSUAL

OF. 1ª FBCON.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

OF. 1ª ESPEC.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

OF. 2ª FBCON.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

OF. 2ª ESPEC.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

OF. 3ª FBCON.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

OF. 3ª ESPEC.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

CHOFER MEC.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54

PEÓN ESPEC.

441,00

36,75

1.755,36

146,28

3.491,16

290,93

3.491,16

290,93

3.981,36

331,78

4.686,48

390,54