Última revisión
13/04/2007
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. (MANTENIMIENTO DE PLAYAS Y LITORALES) (35002511011995) de Las Palmas
Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2006 en adelante
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Revision Salarial del Convenio Colectivo de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. Mantenimiento Integral de Playas y Litorales de Las Palmas de Gran Canaria (Boletín Oficial de Las Palmas num. 49 de 13/04/2007)
VISTA la solicitud presentada el día 13 de marzo de 2007 para la inscripción de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S. A. MANTENIMIENTO INTEGRAL DE PLAYAS Y LITORALES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA suscrito con fecha 3 de julio de 2002, de una parte dicha empresa, y de otra por el comité de empresa, en representación de los trabajadores, de conformidad con lo dispuesto en el art. 9.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo ( B. O. E. 29 de marzo) , Real Decreto 1033/1984, de 11 de abril, sobre transferencias de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, la disposición final primera del Decreto 29/1985, de 1 de agosto, sobre creación de Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Canarias y el art.12.1 g) , del Decreto39/2005, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, esta Dirección General, RESUELVE
PRIMERO. - Ordenar la inscripción del Convenio Colectivo de inscripción de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S. A. MANTENIMIENTO INTEGRAL DE PLAYAS Y LITORALES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA en el Registro de Convenios Colectivos y su notificación a la Comisión Negociadora.
SEGUNDO. - Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación ( S. E. M. A. C. ) de esta Dirección de Trabajo.
TERCERO. - Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Pedro Tomás Pino Pérez.
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