Última revisión
04/12/2017
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de FUNDACION CENTRO DE CIRUGIA DE MINIMA INVASIÓN JESUS USON (10100392012017) de Cáceres
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 16 de Octubre de 2017 en adelante
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Resolucion de 7 de noviembre de 2017, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta, de fecha 16 de octubre de 2017, suscrita por los miembros integrantes de la Comision Negociadora del I Convenio Colectivo de la Fundacion Centro de Cirugia de Minima Invasion Jesus Uson , en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificacion de los apartados 1 y 2 del articulo 28 del citado convenio. (Diario Oficial de Extremadura num. 232 de 04/12/2017)
Visto el texto del Acta, de fecha 16 de octubre de 2017, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión 'Jesús Usón' (código de convenio 10100392012017, publicado en DOE de 27 de septiembre de 2017), en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación de los apartados 1 y 2 del artículo 28 del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 7 de noviembre de 2017.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE CIRUGÍA DE MÍNIMA INVASIÓN 'JESÚS USÓN'
En Cáceres a 16 de octubre de 2017 se reúne la Comisión Negociadora con el siguiente Orden del Día:
Punto único: Advertencia de vicios de legalidad convenio colectivo.
Los miembros analizan el escrito de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura adjunto a este Acta y acuerdan la modificación del artículo 28 en su apartado 1 y segundo párrafo de su apartado 2 que quedarán redactados como sigue:
28.1. Excedencia voluntaria.
El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia voluntaria.
28.2 Excedencias por cuidado de familiares.
(...)
También tendrán derecho los trabajadores y las trabajadoras a un período de excedencia, de una duración no superior a dos años, para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente, enfermedad o limitación física, psíquica o sensorial determinada, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. La concesión estará condicionada a que concurran las circunstancias debidamente acreditadas y previo informe del órgano competente cuando sea necesario.
Se acuerda así mismo trasladar copia de este acta la Dirección General de Trabajo y proceder a los trámites necesarios para que la modificación sea publicada.
En Cáceres a 16 de octubre de 2017.
Mario Suárez Gil
Esther Morcillo Martín
María Borrega Hernández
Rocío Román Barrado
Anabel Arias Delgado
Luis Casas Luengo
