Última revisión
16/03/2007
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de FUNDACION FORMACION CEOE-CEPYME de Cantabria
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Resolucion disponiendo la inscripcion en el Registro y publicacion del Acta de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Fundacion Servicios Empresariales CEO-CEPYME Cantabria. (Boletín Oficial de Cantabria num. 54 de 16/03/2007)
Visto el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo que fue suscrita en fecha 30 de enero de 2007, de una parte por la empresa Fundación Servicios Empresariales CEO-CEPYME Cantabria, en representación de la misma, y de otra por representante de los trabajadores, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/95 de 24 de marzo, y el artículo 2 del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1.900/96 de 2 de agosto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/96 de 3 de septiembre de la Diputación Regional sobre asunción de funciones y servicios transferidos, y su atribución a órganos de la Administración Autonómica.
Esta Dirección General de Trabajo, ACUERDA
1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de este Centro Directivo con notificación a las partes negociadoras.
2º.- Remitir dos ejemplares para su conocimiento, a la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC).
3º.- Disponer su publicación, obligatoria y gratuita, en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 21 de febrero de 2007.–El director general de Trabajo, TristánMartínez Marquínez.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA FUNDACIÓN SERVICIOS EMPRESARIALES CEOECEPYME CANTABRIA AÑO 2007
Reunidos en Santander en la sede social de la Fundación Servicios Empresariales CEOE CEPYME Cantabria, a 30 de enero de 2007, de una parte Miguel Mirones, en su calidad de Presidente Patrono, en representación legal de la Fundación Servicios Empresariales CEOE CEPYME Cantabria, y de otra don Manuel Inchauspepor la representación legal de los trabajadores.
ACUERDAN:
1º) Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Convenio Colectivo vigente en la Fundación publicado en el BOC de 25 de mayo de 2006, al comienzo de cada año natural dentro de vigencia pactada, se negociará por ambas partes el incremento salarial correspondiente al citado año.
2º) Que el incremento definitivo pactado para el año 2007 es del 3,7% sobre las tablas salariales establecidas para el año 2006, según figura en el Anexo de este Acta, a la que se une. Dicha actualización se hará efectiva a partir de la nómina del mes de enero.
3º) Que ambas partes lo firman para su remisión a la Autoridad Laboral y posterior publicación en el BOC.
En el lugar y fecha arriba citados.–Por la representación de la Fundación (firma ilegible).– Por la representación legal de los trabajadores (firma ilegible).
Santander, 30 de enero de 2007.–Por la Fundación Servicios Empresariales CEOECEPYME Cantabria (firma ilegible).– Por la representación legal de las personas empleadas (firma ilegible).
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
