Convenio Colectivo de Emp...Valenciana

Última revisión
30/08/2017

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de GENERALITAT VALENCIANA. PERSONAL LABORAL (80000062011986) de Comunidad Valenciana

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Marzo de 2017 en adelante

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RESOLUCION de 12 de julio de 2017, de la Subdireccion General de Relaciones Laborales de la Direccion General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se dispone el registro y publicacion del Acuerdo de la Comision de Interpretacion, Vigilancia y Estudio (CIVE) del II Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administracion autonomica, de adhesion al Pacto de 21 de marzo de 2017, de la Mesa Sectorial de Funcion Publica, relativo a los criterios que regiran las bases de las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo publico de 2016, para el personal de la Administracion de la Generalitat. Cod. 80000062011986. [2017/6997] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 8109 de 21/08/2017)

Visto el texto del Acuerdo de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE) del II Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración autonómica, de adhesión al Pacto de 21 de marzo de 2017, de la Mesa Sectorial de Función Pública, relativo a los criterios que regirán las bases de las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público de 2016, para el personal de la Administración de la Generalitat, suscrito por las representaciones de la Administración de la Generalitat y de las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores del País Valenciano (UGT-PV) y Comisiones Obreras del País Valenciano (CCOO-PV), como integrantes de la CIVE, y Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI-F), por ostentar la condición de representativa en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y en el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, resuelvo:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la comisión negociadora, y depósito del texto del acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 12 de julio de 2017.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.

Acuerdo de adhesión de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio colectivo y del sindicato que ostenta la condición de representativo en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat, al Pacto de 21 de marzo de 2017, de la Mesa Sectorial de Función Pública, relativo a los criterios que regirán las bases de las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público de 2016, para el personal de la Administración de la Generalitat

Reunidas en Valencia, el 21 de marzo de 2017, en el ámbito de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio colectivo (CIVE), las representaciones de la Administración de la Generalitat y de las organizaciones sindicales Unión General de Trabajadores del PV (UGT-PV) y Comisiones Obreras del PV (CCOO-PV), como integrantes de la CIVE y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F), por ostentar la condición de representativa en el ámbito del personal laboral de la Administración de la Generalitat de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical.

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.8 Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TRLEBEP), así como el artículo 83.3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 2 in fine y artículo 4 del vigente convenio colectivo.

Visto el Pacto de la Mesa Sectorial de Función Pública, 21 de marzo de 2017, relativo a los criterios que regirán las bases de las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público de 2016, para el personal de la Administración de la Generalitat, las partes firmantes,

ACUERDAN

Primero

Adherirse al Pacto de 21 de marzo de 2017, de la Mesa Sectorial de Función Pública, relativo a los criterios que regirán las bases de las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo público de 2016, para el personal de la Administración de la Generalitat, en relación con los procesos selectivos que correspondan al personal laboral de este ámbito.

Segundo

El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma y se remitirá a la oficina pública competente para su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Por la Administración: Eva Coscollá Grau, directora general de Función Pública y presidenta de la CIVE.

Por las organizaciones sindicales

Por UGT-PV: Francisco Chapa Nebreda.

Por CCOO-PV: Jacinto Martínez Abad.

Por CSI·F: María del Mar Auñón Martínez.