Última revisión
26/06/2007
Convenio Colectivo de Empresa de GENERALITAT VALENCIANA. PERSONAL LABORAL (80000062011986) de Comunidad Valenciana
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
RESOLUCION de 6 de junio de 2007, de la Direccion General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el Registro y Publicacion del Acuerdo de Adhesion de la Empresa Valenciana de Aprovechamiento Energetico de Residuos, SA, Vaersa, al II Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la administracion de la Generalitat Valenciana. (Cod. 8000272). [2007/8290] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 5542 de 26/06/2007)
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del acuerdo.
Segundo
Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 6 de junio de 2007.
– El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho.
Acta 25 de acuerdo de finalizacion de negociaciones del IV Convenio Colectivo de la empresa Vaersa (Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA) y ratificación de la adhesión al II Convenio Colectivo para el Personal Laboral al Servicio de la administración autonómica.
En Valencia, a 16 de mayo de 2007, siendo las 12 h se reúnen en la sede de Vaersa:
Por la empresa: Juan M. Bellver Ribes (director general) Ana Bayarri Llorens (jefe de recursos Humanos) Vicente Bru Parra (asesor laboral) Por la conselleria de Territorio y Vivienda Esteban González Pons (presidente del Consejo de Administración de Vaersa)
Por la parte social: Antonio Santo Juan. FSPUGT Comisión Negociadora Damiá Roig Equey. FSPUGT Victor Codina Canet. FSPUGT Jaume V. Castelló Escrig. CC. OO Cristina Verdugo Martí. CC. OO Por las centrales sindicales Javier Armesto Bartolomé. CC. OO Vicente Pons Sentana. USOCV Javier Redomero (responsable del Departamento de Medio Ambiente) FSPUGT
Exponen En la pasada reunión del día 24 de julio de 2006, (acta núm. 24), de la Comisión Negociadora de Vaersa, se expresó la voluntad de las partes de acordar la adhesión de Vaersa al II Convenio Colectivo para el personal laboral de la administración autonómica. No estando afectado Vaersa por otro convenio colectivo en vigor.
Según consta en la citada acta núm. 24, este acuerdo de adhesión quedaba supeditado a la aprobación por parte del Consejo de Administración de Vaersa y, en todo caso, a los preceptivos informes de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
Por otra parte, con fecha 31 de julio de 2006, el Consejo de Administración de Vaersa ratificó favorablemente el citado acuerdo de adhesión.
Asimismo, en fecha 18 de abril de 2007, la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo emite el preceptivo informe de autorización de gasto, por el cual, en su apartado primero, informa favorablemente la adhesión de Vaersa a la totalidad del II Convenio Colectivo del personal al servicio de la Generalitat Valenciana, con efectos de primero de enero de 2008, con la condición, entre otras, de que en el Acuerdo de adhesión se refleje, necesariamente, el detalle de los importes de autorización de gasto señalados en el citado informe.
Por todo ello, y en base a todo lo anterior. Acuerdan Primero. La empresa Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA (Vaersa) se adhiere en su totalidad al II Convenio
Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la administración Autonómica, publicado en el DOGV de fecha 12 de junio de 1995 y acuerdos en desarrollo y mejora. Actualmente en vigor. Y con efectos desde el 1 de enero de 2008.
Segundo. La parte social de la Comisión Negociadora ha sido autorizada, en reunión del Plenario de los miembros de los comités de empresa de Valencia, Castellón y Alicante, para la firma de la citada adhesión.
Tercero. Esta adhesión se extenderá de forma automática a todos aquellos acuerdos que estén vigentes o adopten los órganos competentes en desarrollo e interpretación del convenio objeto de este acuerdo. Así como de cuentas mejoras sobre el mismo se acuerden para el personal laboral al servicio de la administración autonómica en su respectiva unidad de negociadora, siempre que sean ratificadas por Vaersa.
Cuarto. Las referencias hechas en el II Convenio a los órganos superiores de función pública, así como al resto de responsables competentes en materia de personal o cualquier otra, se entenderán referidas, en su caso, a los equivalentes en Vaersa.
Quinto. Según el apartado primero, a) del preceptivo informe de autorización de gasto, el importe máximo de las modificaciones retributivas será de 1. 828. 173 euros (en cifras de retribuciones 2006), según detalle de variaciones en la clasificación de cada uno de los puestos remitido por la Dirección General de Vaersa y la conselleria de Territorio y Vivienda.
Sexto. La Comisión Negociadora de Vaersa adoptará cuantas medidas de aplicación sean necesarias para la plena aplicación del II Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la administración Autonómica y resolverá el procedimiento de adaptación de las referidas condiciones a todos los trabajadores de Vaersa.
Séptimo. Tramitar el presente acuerdo de adhesión ante la autoridad laboral competente. Para lo que se encomienda a doña Ana Bayarri, jefa de Recursos Humanos de Vaersa, para que realice los trámites necesarios.
Y en prueba de conformidad, firman en ocho ejemplares originales en el lugar y fecha de encabezamiento.
