Convenio Colectivo de Emp...11) de BOE

Última revisión
05/05/2016

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de GRUPO DE EMPRESAS E.ON ESPAÑA (90100013012011) de BOE

Empresa Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Documento oficial en PDF(Páginas 93-94)

Resolucion de 22 de abril de 2016, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta por la que se aprueba la revision de las tablas salariales del 2015 y las tablas salariales actualizadas para el 2016 del II Convenio colectivo marco del Grupo E.ON España. (Boletín Oficial del Estado num. 109 de 05/05/2016)

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Interpretación y Seguimiento.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de abril de 2016.-El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANEXO

Acta de la Comision de Interpretación y Seguimiento del II Convenio Colectivo Marco del Grupo E.ON España

Representación económica:

Don José Manuel Castaño Sánchez.

Don Fernando Lobato Montesinos.

Doña Julia Guillén Ruiz.

Representación sindical:

UGT:

Don Feliciano Montes Barberena.

Don José Luis Lombao Martínez.

Doña Irene Gómez Sastre.

Don Fernando Puente Hernández.

CC. OO.:

Don Eduardo Cuevas González.

Don Francisco Bustillo Gutiérrez.

En Madrid a 25 de febrero de 2016, se reúnen las personas anteriormente relacionadas, en su calidad de miembros de la Comisión de Interpretación y Seguimiento del II Convenio Colectivo Marco del Grupo E.ON España.

Orden del día

Único. Tablas salariales.

Se acuerda ratificar y anexar las tablas salariales, los tramos porcentuales para los nuevos ingresos, los valores de horas extraordinarias y el resto de pluses y complementos siguientes:

Tablas salariales de 2015, corregidas de acuerdo con el artículo 7, apartado 4, del II Convenio Colectivo Marco.

Pluses y Complementos de 2015, corregidos de acuerdo con el artículo 7, apartado 4, del II Convenio Colectivo Marco.

Tablas salariales de 2016, corregidas de acuerdo con el artículo 7 apartado 4 del II Convenio Colectivo Marco prorrogado.

Pluses y complementos de 2016, corregidos de acuerdo con el artículo 7, apartado 4, del II Convenio Colectivo Marco prorrogado.

Asimismo, se acuerda expresamente otorgar autorización de don José Manuel Castaño Sánchez, responsable de Relaciones Laborales de Viesgo, para que realice y ejecute los trámites necesarios para la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con el contenido de esta acta, las partes firman en la fecha y lugar al principio indicados.