Última revisión
01/11/2003
Convenio Colectivo de Empresa de INDRA SISTEMAS, S.A. de Madrid
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Resolución de 27 de octubre de 2000, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la Empresa Indra Sistemas, Sociedad Anónima, y su Comité de Empresa ( PCM 233/2000) . (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 291 de 07/12/2000)
Madrid, a 27 de octubre de 2000. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM 233/ 2000. En Madrid, a las nueve y treinta horas del día 16 de octubre de 2000. Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don Antonio Rivas Mateos, con documento nacional de identidad número 30774139R.
Vocal: Don José Luis Villalta Alonso, con documento nacional de identidad número 51564510M.
Vocal: Don Pablo Jiménez Morchón, con documento nacional de identidad número 1814997K.
Vocal: Don Carlos González López, con documento nacional de identidad número 10041964A.
Secretaria: Doña Encarnación Cazorla A. , con documento nacional de identidad número 21295798Y.
Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en la sede del Instituto con fecha 29 de septiembre de 2000:
De una parte, y constan como citados, comparecen, y actúan en nombre del Comité de Empresa:
Don Ángel García Miguel García Arias, con documento nacional de identidad número 6.209.050, en calidad de Presidente del Comité de Empresa.
Don Vicente Javier Fernández Valero, con documento nacional de identidad número 8031244N, en calidad de Secretario del Comité de Empresa.
Don Alberto Lores García, con documento nacional de identidad número 35.424.006, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Manuel Pérez Zapardiel, con documento nacional de identidad número 1.086.350, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Vicente Verdugo Torrijos, con documento nacional de identidad número 5.342.132, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don José Teófilo Gutiérrez González, con documento nacional de identidad número 8.968.493, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Carlos Argüello Barrios, con documento nacional de identidad número 3.441.891, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Fernando Tortosa Téllez, con documento nacional de identidad número 51.563.563, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Florentino Quintana Sánchez, con documento nacional de identidad número 28.507.235, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Don Cipriano Rubio Rodríguez, con documento nacional de identidad número 51838723N, en calidad de miembro del Comité de Empresa.
Y de otra parte, y constan como citados, comparecen, y actúan en nombre de la empresa Indra Sistemas, Sociedad Anónima :
Doña Isabel González Losada, con cargo de Directora de Relaciones Laborales y documento nacional de identidad número 51.444.105.
Don Javier Mayor López, con cargo de Gerente de Relaciones Laborales y documento nacional de identidad número 1.495.838.
Doña María Luisa López Villalba, con cargo de Asesora Externa y documento nacional de identidad número 2.623.802.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por el Comité de Empresa
Se adjunta a esta Acta, como documento número 1, formando un todo la misma.
ABIERTO EL ACTO La representación de los trabajadores expone su posición en el sentido de ratificarse en las manifestaciones contenidas en su escrito presentado ante este Instituto Laboral.
Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.
Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de:
CON AVENENCIA En los siguientes términos:
1. En virtud de las necesidades planteadas por la representación de los trabajadores respecto de la insuficiencia del número de plazas existentes en la actualidad en los autobuses Madrid-San Fernando y Alcalá de Henares-San Fernando, la Empresa, con objeto de solucionar el conflicto, contratará un autobús adicional para cubrir el trayecto Madrid-San Fernando.
2. Esta medida ( contratar un autobús adicional para cubrir el trayecto Madrid-San Fernando) , no supone en modo alguno el reconocimiento o la adquisición de derechos pasados y futuros a título individual o colectivo para los potenciales usuarios de cada una de las rutas.
3. Ambas partes declaran que la medida adoptada cubre las necesidades de la actual plantilla del centro.
El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en Convenio Colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia, a las once y veinticinco horas del día de hoy. La secretaria ( firmado) .
