Última revisión
17/12/2008
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de INFORMATICA MEGASUR, S.L. (90012252012001) de BOE
Empresa Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante
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RESOLUCION de 2 de diciembre de 2008, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica la revision salarial para el 2008, del Convenio colectivo de Informatica Megasur, S. L. Codigo de Convenio n.º9012252. (Boletín Oficial del Estado num. 303 de 17/12/2008)
Visto el texto de la revisión salarial para el 2008 del Convenio colectivo de la empresa Informática Megasur, S. L. (código de Convenio n.º 9012252), publicado en el BOE de 4/6/1999, revisión que fue suscrita, con fecha 4 de febrero de 2008, de una parte por los designados por la representación de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de diciembre de 2008.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
Revisión salarial para el año 2008 del Convenio colectivo de Informática Megasur, S. L.
Tablas salariales año 2008
Aprendiz 1.er año......... ........ 510,00 euros
Aprendiz 2.ºaño......... ........ 510,00 euros
Aprendiz 3.er año......... ........ 600,00 euros
Auxiliar administrativo........ ....... 725,79 euros
Auxiliar caja.......... ......... 698,5 euros
Ayudante dependiente........ ....... 708,09 euros
Ayudante........... ......... 708,09 euros
Dependiente........... ........ 743,49 euros
Jefe almacén.......... ......... 907,24 euros
Jefe compras.......... ........ 907,24 euros
Jefe personal.......... ........ 907,24 euros
Jefe sucursal.......... ......... 834,65 euros
Limpiador........... ......... 708,09 euros
Oficial 1.º.......... .......... 762,08 euros
Oficial 2.º.......... .......... 732,90 euros
Oficial 3.º.......... .......... 725,79 euros
Programador........... ........ 834,65 euros
Viajante........... .......... 743,49 euros
Oficial administrativo........ ....... 743,49 euros
Titulado superior......... ........ 834,65 euros
Titulado medio.......... ........ 834,65 euros
Conductor-repartidor........ ....... 732,08 euros
Mozo almacén.......... ........ 725,79 euros
Diseñador industrial........ ....... 834,65 euros
Repartidor........... ......... 762,08 euros
Técnico............ ......... 762,08 euros
Y para que así conste se firma la misma por los presentes.– Por la empresa: Isaac Cordón Molina, 24200687-H; Federico Izquierdo Martínez, 24174303-S; Miguel Ángel Pérez Mérida, 24146007-D.– Por los trabajadores: José Garrido Ledesma, 24174731-Y; Eduardo Martínez Fernández, 24230322-Q; Fco. Javier Carvajal Soria, 24195062-M; Ismael Gómez Márquez, 44262038-X; María Carmen Gutiérrez Sánchez, 77324458-E.
