Convenio Colectivo de Empresa de INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA CONSELLERIA DE S...Comunidad Valenciana
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Convenio Colectivo de Emp...Valenciana

Última revisión
07/05/2021

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD de Comunidad Valenciana

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2020 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 239-240)

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2020, de la presidenta del IVASS, para el abono de una compensacion economica al personal del IVASS de baja por incapacidad temporal a causa de la Covid-19 por su intervencion en la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio. [2021/4719] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 9078 de 07/05/2021)

En fecha 29 de diciembre de 2020 la presidenta del IVASS dictó resolución por la que se abonaba una compensación económica al personal del IVASS por su intervención en la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

En dicha resolución no estaba incluido aquel personal que se encontraba en situación de incapacidad temporal a causa de la Covid-19, durante el primer estado de alarma declarado mediante Real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

De manera consensuada con la representación sindical se considera oportuno compensar también aquellas personas que durante dicho periodo estuvieron de incapacidad temporal por causa de la Covid-19, dado que en caso contrario se estaría penalizando el haber estado expuestos a este contagio por su trabajo presencial.

Por todo ello resulta necesario complementar la resolución de la vicepresidenta del IVASS de fecha 29 de diciembre de 2020 y acordar el abono de una compensación económica dirigida al reconocimiento de la implicación y el sentido del deber que el personal del IVASS ha demostrado, al personal que estuvo en situación de incapacidad temporal por causa de la Covid-19 entre el 14 de marzo y el 21 de junio, tiempo transcurrido en el primer estado de alarma.

Esta compensación económica ha sido acordada unánimemente con las personas representantes sindicales de la entidad en el ámbito de la mesa de negociación, así como en la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del Convenio Colectivo (CIVE).

Es competente para la concesión de esta compensación la presidenta del IVASS de conformidad con el Decreto 7/2013, de 4 de enero del Consell por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria.

Por todo lo expuesto anteriormente, resuelvo

Primero

Abonar una compensación económica al personal del IVASS que estuvo en situación de incapacidad temporal por causa de la Covid-19 entre el 14 de marzo y el 21 de junio, tiempo transcurrido en el primer estado de alarma.

Segundo

Esta compensación será de 8 € /día para cada trabajadora y trabajador del IVASS durante el tiempo de duración de la incapacidad temporal por Covid-19 en el periodo anteriormente establecido.

Tercero

La cuantía total a la que asciende esta compensación con seguridad social incluida es de 49.410,24 € para lo cual existe consignación de crédito suficiente que permitirá la cobertura presupuestaria del gasto correspondiente.

Cuarto

Esta resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Alternativamente, si no recurre en reposición, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de València, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

València, 29 de diciembre de 2020.- La presidenta del IVASS: Mónica Oltra Jarque.

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