Convenio Colectivo de Emp...e Tenerife

Última revisión
30/12/2008

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de INSTITUTO DE ASTROFISICA DE CANARIAS (38000992011987) de Tenerife

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2008 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 17-25)

Publicacion de la Revision Salarial para el año 2008 de las retribuciones del personal laboral fijo de convenio del Instituto de Astrofisica de Canarias. Ref.: CN. 15. 3800992. PS. 45/08. (Boletín Oficial de Tenerife num. 258 de 30/12/2008)

Visto el texto del acuerdo del pacto económico y salarial de la empresa Instituto de Astrofísica de Canarias, presentado en esta Dirección General de Trabajo, suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1040/81 de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84 de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95 de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

1°.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.

2°.- Notificar a la Comisión Negociadora.

3°.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Director General de Trabajo, Orden nº 888, de 13 de noviembre de 2008, del Consejero de Empleo, Industria y Comercio por la que se dispone la suplencia del Director General de Trabajo, Jefa de Servicio de Asuntos Generales de Asuntos Generales y Gestión Económica, Isabel León Villalobos.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2008. Instituto de Astrofísica de Canarias.

Mediante el presente se solicita Registro, Depósito y Publicación de la Revisión Salarial para el año 2008 de las retribuciones del personal laboral fijo de convenio del Instituto de Astrofísica de Canarias. Para lo que se adjunta la siguiente documentación.

1. Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, para la aprobación de las Tablas Sa lariales 2008 del Personal Laboral de Convenio del IAC, con motivo del incremento salarial establecido por la Ley General de Presupuestos para este año.

2. Resolución de la Comisión Interministerial de Retribuciones CECIR, en su reunión del día 26 de noviembre, que informa favorablemente el Acuerdo de Revisión Salarial para el año 2008 del personal acogido a convenio colectivo del IAC.

3. Soporte informático con el texto del Acuerdo y las tablas de los Anexos del Convenio grabados en formato doc y pdf. Convenio Colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias, Ref. C. N.: 15, código convenio 38000992 de S/C de Tenerife, número 66 de 21 de mayo de 2004.

Lo que se solicita en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 2008. La Jefe de Admvo. de Personal del IAC, Ana María Lamata Martínez.

Adicionalmente se autoriza para el año 2001 la cantidad de 23.258,57 euros para atender el total de gastos de Acción Social.

Las obligaciones reconocidas por dicho concepto durante el año 2008 no podrán superar la cifra indicada.

II. Valoración global que se realiza en el ejercicio de las competencias atribuidas. De acuerdo con lo anteriormente indicado se informa favorablemente el Acuerdo de revisión salarial para el año 2008 del personal acogido a convenio colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias.

III. Observaciones de carácter general relativas a la ejecución del Convenio Colectivo que se informa. La masa salarial antes informada constituye el límite del gasto de las obligaciones económicas que el Organismo puede contraer en la ejecución del Convenio referido a los efectivos indicados. El menor gasto en salario base anual y demás retribuciones de carácter general producido como consecuencia de bajas por incapacidad temporal, permisos sin sueldo, vacantes coyunturales, etc. no podrá ser invocado como causa de superación de los límites establecidos para otros componentes de la masa salarial.

Los límites establecidos para las retribuciones personales, de puesto de trabajo y de cantidad, tanto en lo que se refiere a su cuantía global como al número de sus perceptores no podrá superarse sino mediante expediente tramitado al efecto.

Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la C. I. R. en su reunión del día 26 de noviembre de 2008. El Subdirector General de Gestión de Retribuciones y Puestos de Trabajo, Secretario por parte del Ministerio de Economía y Hacienda, Javier Rueda Vázquez.- La Subdirectora General de Planificación de Recursos Humanos y Retribuciones, Secretaria por parte del Ministerio de Administraciones Públicas, Ester Arizmendi Gutiérrez.

Expte.: MEH 3969/2008 MAP 3927/2008. El Instituto de Astrofísica de Canarias solicita el preceptivo informe, de conformidad con lo establecido en el art. 37 de la Ley 51/2007, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, para la aprobación del Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del Organismo correspondiente al año 2008.

Con fecha 29 de septiembre de 2008 se ha autorizado la masa salarial de este Colectivo, que se cifra en 1.962.154,26 euros, una vez aplicado el porcentaje de incremento del 2 por ciento previsto en el apartados Dos, así como el Incremento adicional del 1% correspondiente a la aplicación de lo dispuesto en el apartado Tres, respectivamente, del artículo 22 de la Ley 51/2007, de conformidad con las Instrucciones aprobadas por la CECIR en Resolución de 18 de enero de 2008.

Dicha masa está referida a 86 trabajadores que corresponden a 86 jornadas de trabajo.

Examinada la documentación remitida, procede la emisión del siguiente

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Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Instituto de Astrofísica de Canarias.- Revisión Salarial 2008.

En La Laguna, a 10 de octubre de 2008. Comisión Negociadora: Por el Comité de Dirección del IAC: D. Rafael Arnay de la Rosa, D. Jesús Burgos Martín y D. Alfonso Ruigómez Momeñe.

Por el Comité de Empresa: D. Carlos Westendorp Plaza, Dª Laura Calero Hernández y D. Agustín Casanova Suárez.

La Comisión Negociadora quedó constituida formalmente el 26 de noviembre de 2007. Reunidos: Por la Dirección: Rafael Arnay de la Rosa, Jesús Burgos Martín y Alfonso Ruigómez Momeñe.

Por el Comité de Empresa: Carlos Westendorp Plaza, Laura Calero Hernández y Agustín Casanova Suárez.

Orden del día:

 Negociación y aprobación, en su caso, de las "Tablas Salariales 2008" para el personal de convenio del Instituto de Astrofísica de Canarias, con motivo del incremento salarial establecido en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 (Ley 51/2007, de 26 de diciembre).

Siendo 9: 00 horas (a. m.) y estando reunidos todos los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del IAC, acuerdan: Primero.- El artículo tercero del Convenio Colectivo en su apartado segundo establece que, "Este convenio tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, excepto las tablas salariales de los anexos III, IV, V, VI y VII, la cuantía consolidada de Acción Social y la cuantía fijada para la antigüedad prevista en el artículo 52, que serán necesariamente objeto de negociación, o de actualización para cada período anual (enerodiciembre), dentro de las previsiones presupuestarias de cada año."

El Capítulo I del Título III de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, establece para el año 2008 el incremento de los gastos del personal al servicio del sector público y una vez aprobada la masa salarial del IAC para 2008 por la Administración General del Estado con la aplicación de los incrementos previstos en la Ley 51/2007: Se aprueba por unanimidad de todos los presentes, las tablas salariales que a continuación se reseñan y que se adjuntan a la presente acta, formando parte unida e inseparable de este documento:

- Anexo III del Convenio Colectivo: Tabla Salarial.- Salario base 2008.

- Anexo IV del Convenio Colectivo: Tabla Salarial.- Complemento al puesto de trabajo 2008.

- Anexo V.- Complemento de Aislamiento 2008.

- Anexo VI.- Indemnización por residencia 2008.

- Anexo VII.- Horas extraordinaria 2008.

El salario base se incrementa en un 3,14%.

El resto de los conceptos se incrementan en un 3%, con excepción de la Indemnización por Residencia, que se incrementa en un 2% conforme a Disposición Transitoria 4ª de la Ley de Presupuestos para 2008. (Ley 51/2007).

Se procederá a la inscripción, depósito y publicación del presente acuerdo conforme a la legislación vigente. No habiendo más cuestiones a tratar, se firman en todos sus hojas, siete ejemplares de la presente acta, de tres páginas cada uno, una para cada parte y cinco para tramitar su publicación en el B. O. P. de Santa Cruz de Tenerife.

En La Laguna, a 10 de octubre de 2008. Rafael Arnay de la Rosa.- Jesús Burgos Martín.- Alfonso Ruigómez Momeñe.- Carlos Westendorp Plaza.- Laura Calero Hernández.- Agustín Casanova Suárez.

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