Convenio Colectivo de Emp... de Madrid

Última revisión
27/09/2022

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de LIMPIEZA DEL HOSPITAL NIÑO JESUS (CLECE, S.A.) (28100651012015) de Madrid

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2022 del convenio colectivo de la empresa Clece, S. A. (Personal de Limpieza del Hospital ?Niño Jesús?), suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28100651012015). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 216 de 10/09/2022)

RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2022 del convenio colectivo de la empresa Clece, S. A. (Personal de Limpieza del Hospital “Niño Jesús”), suscrito por la Comisión Negociadora (código número ).

Examinada el Acta de la Revisión Salarial 2022 del convenio colectivo de la empresa Clece, S. A. (Personal de Limpieza del Hospital “Niño Jesús”), suscrito por la Comisión Negociadora el día 30 de mayo de 2022; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 26 de agosto de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

"ACTA DE ACUERDO; IMAGEN OMITIDA"
(CONSULTAR EN EL PDF)

"TABLA SALARIAL AÑO 2022; IMAGEN OMITIDA"
(CONSULTAR EN EL PDF)