Última revisión
18/03/2023
Revisión. Convenio Colectivo de Empresa de MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (41001112011983) de Sevilla
Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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Convenio o Acuerdo: CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA) Y LAS PERSONAS TRABAJADORAS QUE LA INTEGRAN Expediente: 41/01/0041/2023 Fecha: 14/03/2023 Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN Destinatario: PEDRO RODRÍGUEZ DELGADO Código 41001112011983. (Boletín Oficial de Sevilla num. 63 de 18/03/2023)
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
DELEGACIÓN TERRITORIAL EN SEVILLA
Convenio o Acuerdo: CONVENIO COLECTIVO ENTRE LA EMPRESA MANCOMUNADA DEL ALJARAFE, S.A. (ALJARAFESA) Y LAS PERSONAS TRABAJADORAS QUE LA INTEGRAN
Expediente: 41/01/0041/2023
Fecha: 14/03/2023
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: PEDRO RODRÍGUEZ DELGADO
Código 41001112011983.
VISTO el Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Empresa Mancomunada del Aljarafe S.A. ( ALJARAFESA) (Cod 41001112011983) fijando las tablas salariales para el 2023.
VISTO lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (E.T.), por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (BOE 255, de 24/10/2015), de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
VISTO lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE 143, de 12/06/2010), sobre ?registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad?, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
VISTO lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE n.º 143 de 12 de junio), Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en concordancia con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
Esta Delegación Territorial,
ACUERDA:
PRIMERO.- Registrar y ordenar la inscripción del Acuerdo del Convenio Colectivo de la Empresa Mancomunada del Aljarafe, S.A. ( ALJARAFESA) (Cod 41001112011983) fijando las tablas salariales para el 2023.
SEGUNDO.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia
DELEGADO TERRITORIAL DE EMPLEO, ANTONIO AUGUSTIN VAZQUEZ
ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO SOBRE ACTUALIZACIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2023
El artículo 23 del Convenio Colectivo determina el procedimiento para llevar a cabo las actualizaciones y revisiones salariales, estableciendo como límite cuantitativo los que, en su caso, se establezcan por disposición legal, aplicándose el incremento máximo permitido por la misma.
La Ley 21/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en su artículo 19.dos, establece un incremento de retribuciones para el personal del sector público del 2,5% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022.
En lo que respecta a los conceptos indemnizatorios contemplados en el Convenio Colectivo, y a tenor de lo recogido en su artículo 23, se establece un incremento del 6 ,80% respecto a los importes vigentes a 31 de diciembre de 2022, correspondiente al IPC interanual de noviembre.
Por tanto, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo procede a la actualización de los conceptos retributivos correspondientes, firmando todos los integrantes de la Comisión Paritaria la actualización de los importes retributivos para el año 2023. ?
ANEXO I
?TABLA; IMAGEN OMITIDA?
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ANEXO III
?TABLA; IMAGEN OMITIDA?
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ANEXO IV
?TABLA; IMAGEN OMITIDA?
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ANEXO V
?TABLA; IMAGEN OMITIDA?
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AÑO 2023
?TABLA; IMAGEN OMITIDA?
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