Convenio Colectivo de Empresa de MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LAZAGURRI...A Y SESMA de Navarra
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Convenio Colectivo de Emp...de Navarra

Última revisión
05/04/2017

Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LAZAGURRIA, LODOSA, MENDAVIA, SATARGURDA Y SESMA de Navarra

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 33-33)

Aprobacion del calendario laboral y declaracion de dias inhabiles en el año 2017 (Boletín Oficial de Navarra num. 67 de 05/04/2017)

La Presidenta de la Mancomunidad, con fecha 15 de febrero de 2017, adoptó la siguiente Resolución:

'Por Resolución 746/2016, de 17 de junio, la Directora General de Política Económica y Empresarial y Trabajo, se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2017 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y por Resolución 1425/2016, de 22 de noviembre, se determinan las fiestas locales para el año 2017 con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Decreto Foral 116/2016, de 21 de diciembre, se declaran los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral a efectos del cómputo de plazos para el año 2017, y por Orden Foral 207/2016, de 23 de diciembre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, se aprueba el calendario laboral del año 2017 para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

A la vista de las disposiciones citadas, procede aprobar el calendario laboral para el año 2017 para el personal de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Lazagurría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda y Sesma.

En virtud, de las atribuciones que tengo conferidas,

HE RESUELTO:

1. Aprobar el calendario laboral de 2017 para el personal de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Lazagurría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda y Sesma, declarando festivos los días siguientes:

-6 de enero: Epifanía del Señor.

-13 de abril: Jueves Santo.

-14 de abril: Viernes Santo.

-17 de abril: Lunes de Pascua.

-1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

-5 de junio: Lunes de Pascua de Pentecostés, Fiesta Local.

-25 de julio: Santiago Apóstol.

-15 de agosto: Asunción de la Virgen.

-23 de agosto: Víspera de Fiestas de San Juan Bautista, festivo desde las 12 horas.

-24 y 25 de agosto: Fiestas de san Juan Bautista.

-12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

-1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

-4 de diciembre: Lunes siguiente al Día de Navarra, San Francisco Javier.

-6 de diciembre: Día de la Constitución.

-8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

-25 de diciembre: Natividad del Señor.

2. Las trabajadoras que desarrollan su trabajo en otras localidades diferentes de Mendavia (sede de la Mancomunidad), podrán disfrutar la fiesta local de la localidad de su trabajo efectivo, así como los dos días de Fiestas Patronales, proporcionando así coherencia en el trabajo diario.

3. La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo se realizará de la siguiente forma:

a) Horario del personal de oficinas: La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá con carácter general, una duración de 7 horas 15 minutos. Se declaran inhábiles, a efectos del cómputo de plazos durante el año 2017, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales. Los citados días, además de todos los sábados del año, permanecerán cerradas las oficinas municipales.

b) Horario de las trabajadoras familiares: Con carácter general, trabajarán de 8,30 a 14,30 horas, y una de ellas, de forma específica, de 8,30 a 12,30 horas.

c) Señalar que el día de la víspera de las Fiestas Patronales, se trabajará hasta una hora antes del txupinazo.

4. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.'

Mendavia, 24 de febrero de 2017.-La Presidenta, Fabiola Martínez Sacho.

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