Última revisión
01/10/2020
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de MOSSOS D ESQUADRA (79100050132017) de Cataluña
Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 02 de Julio de 2020
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
RESOLUCION TSF/2311/2020, de 21 de septiembre, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo entre el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales de la Policia de la Generalidad - Mossos d? Esquadra sobre la jubilacion anticipada y otras mejoras en las condiciones laborales (codigo de convenio num. 79100122132020). (Diario Oficial de Cataluña num. 8238 de 01/10/2020)
Visto el mencionado Acuerdo, suscrito en fecha 2 de julio de 2020, por parte de la representación social por las organizaciones sindicales representatives de la Policía de la Generalidad-Mozos de Escuadra SAP, SPC, SME, CATME, USPAC, SEIME, SICME, COPCAT, SEGCAT y SAME y por parte de la representación empresarial por el Departamento de Interior, y ratificado por Acuerdo del Gobierno de fecha 21 de julio de 2020, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 38.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
--1 Disponer la inscripción del Acuerdo mencionado en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a las partes.
--2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.
Barcelona, 21 de septiembre de 2020
Enric Vinaixa Bonet
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Traducción del texto original firmado por las partes
Acuerdo entre el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra sobre la jubilación anticipada y otras mejoras en las condiciones laborales.
De una parte, por el Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña, el Honorable Consejero Sr. Miquel Buch i Moya.
De la otra parte, en representación de las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra
Sr. Pere García Quer, secretario general del sindicato SAP
Sr. David José i Mañas, secretario general del sindicato SPC
Sr. Ramón López Margarit, secretario general del sindicato SME
Sr. Jordi Costa Ruiz, secretario de organización del sindicato CATME
Sr. Francesc Xavier Vidal Selga, secretario del sindicato USPAC
Sr. Jordi Ramells Nieto, secretario general del sindicato SEIME
Sr. Jordi Silva Campañón, secretario general del sindicato SICME
Sr. Joan Carles Escobar Pérez, secretario del sindicato COPCAT
Sr. Manel Barniol Pérez, secretario de Mozos de Escuadra del sindicato SEGCAT
Sr. Enric Alsina Illa, secretario general del sindicato SAME
Antecedentes
El Acuerdo sobre equiparación retributiva del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra, de 13 de febrero de 2008, firmado por la Administración de la Generalidad y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra SAP, CATME, SME-CCOO, SPC, APPAC y APESME, estableció un incremento general del complemento específico a reconocer entre los años 2008 y 2011.
El Acuerdo de 29 de enero de 2015, sobre condiciones de prestación de servicios del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra (DOGC núm. 6819, de 26.2.2015), firmado por la Administración de la Generalidad y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra SAP, SICME, AFITCME y, posteriormente, SEIME, incorporó medidas para avanzar en la mejora de la prestación de servicios del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra.
El Acuerdo de 12 de julio de 2017, entre el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra, sobre condiciones de prestación de servicio (DOGC núm. 7428, de 7.8.2017), firmado por la Administración de la Generalidad y las organizaciones SAP, SEIME, SICME, AFITCME y la organización sindical no representativa SAME, permitió seguir avanzando en la mejora de las condiciones de trabajo de los efectivos del cuerpo de Mozos de Escuadra e implementar o mejorar determinados compromisos económicos, establecidos en acuerdos previos, que no se habían podido alcanzar a causa de la coyuntura económica.
En la sesión ordinaria del Consejo de la Policía, de 17 de septiembre de 2018, la totalidad de las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra presentaron de forma unitaria un documento con quince reclamaciones sobre condiciones de trabajo. Con la voluntad de seguir mejorando las condiciones de trabajo de los efectivos del cuerpo de Mozos de Escuadra, la Administración aceptó los quince puntos incluidos en este documento como marco para la consecución de un acuerdo con las organizaciones sindicales.
Con respecto a estas quince reclamaciones, incluidas en el documento Greuges Mozos, la Administración y las organizaciones sindicales representativas han establecido un diálogo que ha permitido alcanzar compromisos que les dan respuesta.
Por todo lo expuesto, las partes firmantes adoptan el siguiente
Acuerdo
1. Equiparación con otros funcionarios de cuerpos especiales del Departamento de Interior
La aplicación de la disposición adicional 10ª de la Ley 4/2020, de 29 de abril, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2020, en la nómina del mes de junio de 2020, con fecha de efectos 1 de enero de 2020, comporta el cumplimiento del compromiso establecido en el punto 2 del Acuerdo de 12 de julio de 2017 entre el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra, sobre condiciones de prestación de servicio, de incluir en el Anteproyecto de presupuestos de la Generalidad de Cataluña inmediatamente posterior a la firma de aquel Acuerdo, los recursos necesarios para dar cumplimiento al compromiso suspendido el año 2011, previsto en el Acuerdo sobre equiparación retributiva de personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra de 13 de febrero de 2008, relativo al último tramo de equiparación retributiva. La realización de este pago comporta el cumplimiento del Acuerdo sobre equiparación retributiva del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra de 2008.
Con el fin de garantizar la equiparación, si a lo largo de la vigencia del presente Acuerdo se acordaran para el resto de personas funcionarias de cuerpos especiales del Departamento, modificaciones de sus conceptos retributivos fijos que representaran incrementos adicionales sobre los actualmente vigentes y que fueran diferentes a los que de manera general se apliquen al personal funcionario de la Generalidad, la Administración se compromete a negociar con la Comisión de Seguimiento de este Acuerdo la adecuación de sus aspectos económicos.
Asimismo, en el plazo máximo de tres meses a partir de la firma de este Acuerdo, el Departamento realizará un estudio de las cargas de trabajo y responsabilidades de los puestos de mando a ocupar por el personal de las escalas intermedia, ejecutiva y superior, con la finalidad de conseguir una distribución más adecuada de los diferentes niveles retributivos.
2. Pagas extras 2013/2014
El establecimiento de medidas en relación con esta materia está regulado por la normativa presupuestaria de aplicación general a todos los cuerpos de funcionarios/as de la Generalidad de Cataluña, y que se concreta en la Mesa General de la Función Pública.
El Acuerdo de 11 de diciembre de 2018, establece el retorno de la paga extraordinaria de 2013 en los años 2019 y 2020; asimismo, establece el retorno de la paga extraordinaria de 2014 en los años 2021 y 2022.
3. Asuntos personales
Se reconoce el derecho de las personas funcionarias del cuerpo de Mozos de Escuadra de poder disfrutar de 68 horas para asuntos personales anuales, o la parte proporcional que corresponda cuando el tiempo trabajado sea inferior al año o en los casos de reducción de jornada, sin perjuicio de las horas adicionales por antigüedad que legalmente puedan corresponder.
4. Recuperación de la IT al 100%
A las personas funcionarias de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra se les reconoce, en la situación de incapacidad temporal, un complemento de la prestación económica de la incapacidad temporal que garantiza el 100% de las retribuciones a partir de la entrada en vigor el 19 de octubre de 2018 del Decreto ley 5/2018, de 16 de octubre, sobre el incremento retributivo para el 2018 y el régimen de mejoras de la prestación económica de incapacidad temporal aplicable al personal del sector público.
5. Fondo de Acción Social (FAS)
El establecimiento de medidas en relación con esta materia depende de la normativa presupuestaria de aplicación general a todos los cuerpos de funcionarios/as de la Generalidad de Cataluña, y que se concreta en el ámbito de la Mesa General de la Función Pública.
A las personas funcionarias de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra les será de aplicación cualquier mejora que se concrete en el ámbito de la Mesa General de la Función Pública sobre esta cuestión.
6. Pago del dispositivo Ágora
El abono de las horas extraordinarias correspondientes al dispositivo Ágora se hizo efectivo en los meses de noviembre y diciembre de 2018.
7. Jubilación anticipada
El Departamento de Interior se compromete a impulsar durante el año 2020 el desarrollo normativo por parte de los órganos competentes del Estado que permita la entrada en vigor en el año 2021 de la jubilación anticipada para las personas miembros de las escalas básica, intermedia, ejecutiva y superior del cuerpo de Mozos de Escuadra, a los 60 años o 59 con 35 años de servicio en el cuerpo de Mozos de Escuadra, sin perjuicio de lo que determinen los órganos competentes de acuerdo con la normativa vigente.
Con este objetivo, el Gobierno de la Generalidad proveerá las partidas presupuestarias necesarias para hacer efectivo este compromiso, cuya financiación debe ir a cargo de las transferencias específicas por el Estado y acuerdos que puedan alcanzarse en la Comisión Bilateral Estado-Generalidad.
8. Falta de efectivos
Con el objetivo de mantener el número de 18.267 efectivos establecido en la Junta de Seguridad de Cataluña de 14 de septiembre de 2006, así como garantizar la estabilidad de la plantilla, se acuerda que a partir del año 2020, y de acuerdo con la normativa presupuestaria, se garantizará la convocatoria anual y estable del número de plazas que permitan el mantenimiento de esta cifra o la de efectivos de la PG-ME que, en un futuro, pueda determinar la Junta de Seguridad de Cataluña, así como la aplicación de las políticas de igualdad en los diferentes ámbitos.
El Departamento de Interior se compromete a estudiar fórmulas alternativas para derivar funciones que no requieren el carácter de agente de la autoridad y que actualmente desarrollan efectivos de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra.
9. Precio actual de las horas extraordinarias
El Departamento de Interior propone establecer el precio de la hora extraordinaria, para las escalas básica, intermedia, ejecutiva y superior de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra, en:
| Precio hora diurna (**) | Precio hora festiva/nocturna (**) | |
| Grupo C | 21,56 € | 25,87 € |
| Grupo B | 30,21 € | 36,25 € |
| Grupo A (*) | 36,97 € | 44,37 € |
(*) A partir de los puestos de trabajo con nivel 26 o superior, la hora extraordinaria se retribuirá de acuerdo con lo que prevé la normativa vigente.
(**) Estos importes están calculados incorporando la previsión de incremento de las retribuciones anuales con el 4º tramo previsto en el Acuerdo de 13 de febrero de 2008, para la equiparación retributiva con los cuerpos especiales.
Por otra parte, y vista la obligatoriedad de fijar la agrupación de precio de la hora extraordinaria por grupos y no por categorías, hecho que afecta directamente a los efectivos de la escala intermedia, el Departamento de Interior se compromete al inicio efectivo de las actuaciones para el pase del grupo C al B para la escala intermedia de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra. A este efecto, se impulsará la homologación, por los órganos competentes, de la formación impartida por el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña en el marco de la promoción a las categorías de sargento/a y subinspector/a de la PG-ME, con la titulación del grupo B. Esta homologación, una vez certificada, afectaría de manera automática a los efectivos de la PG-ME de la escala intermedia.
10. Un Q5 para todo el mundo. Armonización de cuadrantes para el cuerpo
El punto 1.2.1 del Acuerdo de 29 de enero de 2015, sobre condiciones de prestación de servicios del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra, será de aplicación al Área Penitenciaria, al Área Regional de Seguridad de Edificios y Traslados, al Área Regional de Instrucción de Atestados y Custodia de Detenidos, así como a los efectivos policiales que realizan servicio en el cuerpo de guardia del ISPC y los que realizan las tareas de seguridad del Complejo Central de la PG-ME, a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo.
11. Complemento de productividad
El establecimiento de medidas en relación con esta materia depende de la normativa presupuestaria de aplicación general a todos los cuerpos de funcionarios/as de la Generalidad de Cataluña, y que se concreta en el ámbito de la Mesa General de la Función Pública.
El Acuerdo de 11 de diciembre de 2018, establece la recuperación del complemento de productividad en los años 2021 y 2022.
12. Plan de carrera seguridad ciudadana
Se propone la creación de una comisión en el seno del Consejo de la Policía, de composición paritaria, con la finalidad de revisar y actualizar las propuestas trabajadas hasta el momento sobre esta cuestión y establecer un plan de carrera profesional para las unidades de seguridad ciudadana del cuerpo de Mozos de Escuadra.
Esta comisión deberá presentar al Consejo de la Policía un documento de conclusiones en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.
13. Compensación de las noches y los festivos
El Acuerdo de 29 de enero de 2015, sobre condiciones de prestación de servicios ya estableció la compensación de trabajo en días festivos señalados con un coeficiente multiplicador de 1,50.
El artículo 1.5 del Decreto ley 3/2019, de 22 de enero, sobre el incremento retributivo para el año 2019 y la recuperación parcial del importe de la paga extraordinaria del año 2013 para el personal del sector público de la Generalidad de Cataluña, establece que se autoriza un incremento retributivo adicional del 0,25% de la masa salarial del 2018, cuyo destino se concretará en los ámbitos de negociación respectivos, que podrá prever la implantación de planes y proyectos de mejora de la productividad o eficiencia, la revisión de complementos específicos, la homologación de complementos de destino o la aportación a planes de pensiones, entre otras medidas.
Se propone destinar el incremento retributivo previsto en este artículo a mejorar el complemento de nocturnidad, en el sentido siguiente:
Actualizar el importe máximo del complemento establecido en el punto 3º del Acuerdo sobre equiparación retributiva del personal funcionario del cuerpo de Mozos de Escuadra de 13 de febrero de 2008 y modificado por el punto 1º del Acuerdo de 12 de julio de 2017, entre el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra, sobre condiciones de prestación de servicio, que compensa la especial penosidad del trabajo ordinario en turnos de horario nocturno de las personas funcionarias del cuerpo de Mozos de Escuadra a la cantidad de 2,80 euros brutos por hora efectivamente realizada o la parte que, en proporción, corresponda, con efectos del 1 de enero de 2020.
Dentro de los tres meses siguientes a la firma del presente Acuerdo se hará efectivo, en concepto de complemento de nocturnidad, el abono de la cantidad que resulte de incrementar en 0,43 € brutos cada una de las horas que han generado complemento de nocturnidad, realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
14. Mesa de Función Pública
El Departamento de Interior se compromete a impulsar las modificaciones normativas necesarias con el fin de permitir la participación de las organizaciones sindicales representativas del cuerpo de Mozos de Escuadra en la Mesa General de la Función Pública.
Mientras este objetivo no se pueda materializar, se establece la creación de una comisión de trabajo permanente y paritaria entre la Administración y las organizaciones sindicales, con representación en el Consejo de la Policía, cuyo objetivo será el de tratar las cuestiones vinculadas a las condiciones laborales de las personas miembros del cuerpo de Mozos de Escuadra.
A tal efecto, el Departamento de Interior y las organizaciones sindicales desarrollarán un reglamento que regule su composición y funcionamiento, el cual deberá estar validado por el Consejo de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra.
Se alcanza por último el compromiso entre las partes de modificar el Decreto 145/1996, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Policía- Mozos de Escuadra.
15. Actualización de los conceptos retributivos
Los conceptos retributivos previstos en el presente Acuerdo se actualizarán permanentemente, de acuerdo con lo que establezca el marco legal vigente para la actualización de las retribuciones del sector público de la Generalidad de Cataluña.
16. Comisión de seguimiento del Acuerdo
Se crea una comisión de seguimiento de este Acuerdo, que incorporará una representación paritaria de las organizaciones sindicales, las firmantes de este y las representativas, y de la Administración, y que tendrá la función de velar por su cumplimiento y resolver las dudas sobre su aplicación y que se reunirá a petición de cualquiera de las dos partes.
17. Ámbito de aplicación del Acuerdo
El Acuerdo es de aplicación a todo el personal funcionario de la Policía de la Generalidad- Mozos de Escuadra.
18. Vigencia
Este Acuerdo no tendrá vigencia hasta que los órganos competentes aprueben y ratifiquen todos los aspectos recogidos en el presente documento.
La adopción de las medidas para la aplicación del contenido de este Acuerdo se realizará a partir de la fecha de la citada aprobación y ratificación, excepción hecha de aquellas cláusulas en las que se establezca otra.
19. Disposiciones finales
1. Las condiciones pactadas en este Acuerdo forman un todo orgánico e indivisible y, a los efectos de su aplicación práctica, deben ser consideradas global y conjuntamente.
2. Ambas partes se comprometen a que las posibles discrepancias relativas a la interpretación o aplicación de este Acuerdo se canalicen a través de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo.
3. Igualmente, ambas partes se comprometen a que el planteamiento de cualquier otra cuestión sobre condiciones de trabajo no incluida en este Acuerdo se dirimirá por la vía del diálogo y de la negociación.
Barcelona, 2 de julio de 2020
Por el Departamento de Interior
Miquel Buch i Moya
Consejero de Interior
Por las organizaciones sindicales
Pere García Quer
Secretario general del SAP
David José i Mañas
Secretario general del SPC
Ramón López Margarit
Secretario general del SME
Jordi Costa Ruiz
Secretario de organización del CATME
Francesc Xavier Vidal Selga
Secretario de USPAC
Jordi Ramells Nieto
Secretario general del SEIME
Jordi Silva Campañón
Secretario general del SICME
Joan Carles Escobar Pérez
Secretario de COPCAT
Manel Barniol Pérez
Secretario de Mozos de Escuadra del SEGCAT
Enric Alsina Illa
Secretario general del SAME
