Convenio Colectivo de Emp...4.) de BOE

Última revisión
26/01/2023

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de PATRIMONIO NACIONAL. PERSONAL LABORAL (90003962011984.) de BOE

Empresa Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 452-456)

Resolucion de 16 de enero de 2023, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre revision de las tablas salariales correspondientes al año 2022 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administracion del Patrimonio Nacional. (Boletín Oficial del Estado num. 22 de 26/01/2023)

Visto el texto del Acta de Acuerdo sobre revisión de las tablas salariales correspondientes al año 2022 del Convenio colectivo del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (Código de convenio número 90003962011984), que ha sido suscrita con fecha 8 de noviembre de 2022, de una parte por la persona designada por la dirección de la citada entidad pública, en representación de la misma, y de otra por las organizaciones sindicales USO, CSI-F, UGT, CCOO y CGT, en representación del colectivo laboral afectado, a la que se ha acompañado el informe favorable de la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de enero de 2023.- La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE ACUERDO SOBRE LA REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022 PARA EL PERSONAL LABORAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO NACIONAL

En Madrid, a las 11:30 horas del día 8 de noviembre de 2022 de dos mil veintidós, en el marco de la reunión de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo que se celebra entre la Administración y los sindicatos USO, CSIF, UGT, CCOO y CGT, se llega a un acuerdo entre la Dirección de Patrimonio Nacional y los sindicatos USO, CSIF, UGT, CCOO y CGT, que representan a la mayoría de los trabajadores en la Comisión Negociadora, para la distribución del incremento de la masa salarial autorizada para el año 2022 por la Dirección General de Costes de Personal.

En consecuencia, ambas partes

ACUERDAN

Primero.

Dar conformidad a las tablas salariales que recogen la distribución de Masa Salarial autorizada por la Dirección General de Costes de Personal el 24 de octubre de 2022, con el incremento establecido en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y en el artículo 23 del Real Decreto-Ley 18/2022, de 18 de octubre, «por el que se aprueban medidas de refuerzo..., así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público, y protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía» y que una vez firmadas se incorporan a la presente acta.

Segundo.

Con este Acuerdo se cierran los efectos económicos de la negociación del ejercicio 2022.

Tercero.

Remitir el acta con sus Anexos y la documentación necesaria, para solicitar la autorización, a los órganos competentes de la Administración General del Estado.

Cuarto.

Autorizar expresamente a don Horacio González Rosell López para que, en nombre y por Delegación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, de la que forma parte, proceda a realizar por medios electrónicos la tramitación necesaria ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social para solicitar la inscripción y depósito de la revisión salarial del personal laboral del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional correspondiente al ejercicio 2021, suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo el 10 de marzo de 2022.

Se levanta la sesión a las 11: 45 horas, dando fe de lo tratado con sus firmas los representantes de cada una de las partes negociadoras.- Por el Patrimonio Nacional.- Por la Representación de los Trabajadores, USO, CSI-F, UGT, CCOO y CGT.

TABLAS SALARIALES AÑO 2022

Grupo

Nivel retributivo

A)? Salario Base

B)? Pagas extras

C)? Antigüedad

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

1 - A

0

2.234,14

26.809,68

4.468,28

29,85

417,90

1 - B

1

2.035,05

24.420,60

4.070,10

29,85

417,90

2

2

1.833,77

22.005,24

3.667,54

29,85

417,90

3 - A

3

1.638,82

19.665,84

3.277,64

29,85

417,90

3 - B

4

1.459,33

17.511,96

2.918,66

29,85

417,90

3 - C

5

1.325,76

15.909,12

2.651,52

29,85

417,90

3 - D

6

1.250,85

15.010,20

2.501,70

29,85

417,90

4 - A

7

1.170,74

14.048,88

2.341,48

29,85

417,90

4 - B

8

1.130,70

13.568,40

2.261,40

29,85

417,90

Complementos salariales: Puesto de trabajo

D)? Complementos salariales

Grupo

Nivel retributivo

Especialidad

Mensual

Anual

1 - A

0

JEFE/ JEFA DE DEPARTAMENTO.

970,88

11.650,56

1 - B

1

TITULADO/ TITULADA SUPERIOR ARQUITECTO/ ARQUITECTA O INGENIERO/ INGENIERA.

663,91

7.966,92

1 - B

1

COORDINADOR/ COORDINADORA DE PROGRAMAS ESPECIALES.

785,66

9.427,92

1 - B

1

JEFE/ JEFA DE SERVICIO.

785,66

9.427,92

1 - B

1

TITULADO/ TITULADA SUPERIOR.

78,33

939,96

1 - B

1

TITULADO/ TITULADA SUPERIOR MÉDICO/ MÉDICA.

529,22

6.350,64

2

2

JEFE/ JEFA DE SECCIÓN.

486,27

5.835,24

2

2

T. G. MEDIO - ARQ/ING. TÉCNICO/ TÉCNICA.

489,75

5.877,00

2

2

TITULADO/ TITULADA DE GRADO MEDIO.

78,33

939,96

3 - A

3

CONSERJE MAYOR DELEGACIONES.

78,33

939,96

3 - A

3

CONSERJE MAYOR SERVICIOS CENTRALES.

380,29

4.563,48

3 - A

3

ENCARGADO/ ENCARGADA GENERAL.

78,33

939,96

3 - A

3

GUARDA/ GUARDESA MAYOR.

78,33

939,96

3 - A

3

JARDINERO/ JARDINERA MAYOR.

78,33

939,96

3 - A

3

JEFE/ JEFA DE NEGOCIADO.

186,84

2.242,08

3 - B

4

CELADOR ENCARGADO/ CELADORA ENCARGADA DE GUARDAS Y GUARDESAS.

78,33

939,96

3 - B

4

CONSERJE ENCARGADO/ ENCARGADA DE MUSEOS DELEGACIONES.

78,33

939,96

3 - B

4

CONSERJE ENCARGADO/ ENCARGADA DE MUSEOS SERVICIOS CENTRALES.

104,72

1.256,64

3 - B

4

AYUDA DE CÁMARA.

78,33

939,96

3 - B

4

ENCARGADO/ ENCARGADA.

78,33

939,96

3 - B

4

ENCARGADO/ ENCARGADA DE CABALLERIZAS.

116,60

1.399,20

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA.

102,62

1.231,44

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA DE LABORATORIO.

102,62

1.231,44

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA DE RESTAURACIÓN.

102,62

1.231,44

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA DELINEANTE PROYECTISTA.

102,62

1.231,44

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA PAISAJISTA.

102,62

1.231,44

3 - B

4

TÉCNICO/ TÉCNICA PROGRAMADOR.

102,62

1.231,44

3 - C

5

CONDUCTOR/ CONDUCTORA.

114,18

1.370,16

3 - C

5

CONDUCTOR/ CONDUCTORA DEL PRESIDENTE Y GERENTE.

358,65

4.303,80

3 - C

5

GUÍA INTÉRPRETE.

78,33

939,96

3 - C

5

OFICIAL ADMINISTRATIVO/ OFICIALA ADMINISTRATIVA.

129,13

1.549,56

3 - C

5

OFICIAL ADMINISTRATIVO/ OFICIALA ADMINISTRATIVA Secretaría Presidente.

276,31

3.315,72

3 - C

5

OFICIAL/ OFICIALA DE OFICIOS.

97,31

1.167,72

3 - D

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/ ADMINISTRATIVA.

78,33

939,96

3 - D

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/ ADMINISTRATIVA (At. Público).

111,12

1.333,44

3 - D

6

CABALLERIZO/CABALLERIZA.

92,97

1.115,64

3 - D

6

GUARDA/ GUARDESA.

78,34

940,08

3 - D

6

GUÍA.

78,33

939,96

3 - D

6

MOTORISTA.

78,33

939,96

3 - D

6

TAQUILLERO/ TAQUILLERA.

78,33

939,96

4 - A

7

AYUDANTE/ AYUDANTA ESPECIALISTA.

78,33

939,96

4 - A

7

AYUDANTE/ AYUDANTA DE GESTIÓN Y SVOS. COM.

111,13

1.333,56

4 - B

8

AYUDANTE/ AYUDANTA.

78,33

939,96

Indistinto

B) IDIOMA: GUIAS INTÉRPRETES.

? «A» (2.º IDIOMA).

129,02

1.548,24

? «B» (3.º O MÁS IDIOMAS).

192,09

2.305,08

IDIOMA: RESTO DE PERSONAL.

? «C» (UN IDIOMA).

61,57

738,84

? «D» (DOS O MÁS IDIOMAS).

129,02

1.548,24

Complementos salariales

Grupo

Nivel retributivo

D) C)? De trabajo nocturno

Cuantía/Hora

-

Euros

Cuantía/Jornada

-

Euros

1 - A

0

1 - B

1

1,77

14,17

2

2

1,54

12,73

3 - A

3

1,42

11,27

3 - B

4

1,24

9,98

3 - C

5

1,05

9,11

3 - D

6

1,00

8,39

4 - A

7

0,92

7,68

4 - B

8

0,89

7,41

Complementos salariales por cantidad o calidad del trabajo

Grupo

Nivel retributivo

D) D) 1 - De especial disponibilidad

D) D) 2 - De mayor dedicación con disponibilidad horaria

D) D) 3 - De disponibilidad horaria

D) D) 4 - De jornada partida con disponibilidad horaria

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

Cuantía mensual

Cuantía anual

1 - A

0

427,15

5.125,80

1 - B

1

388,81

4.665,72

330,22

3.962,64

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

2

2

348,33

4.179,96

296,13

3.553,56

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

3 - A

3

316,38

3.796,56

268,44

3.221,28

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

3 - B

4

245,01

2.940,12

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

3 - C

5

240,74

2.888,88

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

3 - D

6

234,36

2.812,32

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

4 - A

7

226,89

2.722,68

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

4 - B

8

185,35

2.224,20

95,88

1.150,56

149,13

1.789,56

Grupo

Nivel retributivo

E)? Horas extraordinarias

Cuantía/Hora Festiva, Nocturna o en Día de Libranza

Cuantía/Resto Horas Extraordinarias

1 - B

1

21,94

19,19

2

2

19,78

17,27

3 - A

3

17,73

15,51

3 - B

4

15,66

13,69

3 - C

5

14,08

12,33

3 - D

6

13,06

11,43

4 - A

7

12,02

10,52

4 - B

8

11,52

10,08

Grupo

F)? Horas Complementarias

Cuantía/Hora

3 - B

9,90

3 - C

8,94

3 - D

8,40

Percepciones no salariales

G)? A) - Complemento Quebranto de moneda

Grupo

Cuantía Mensual

Indistinto

76,83