Convenio Colectivo de Empresa de RESIDENCIA DE MAYORES SAN CLEMENCIO DE MALAGON ...2014) de Ciudad Real
Convenios
Convenio Colectivo de Emp...iudad Real

Última revisión
02/10/2019

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de RESIDENCIA DE MAYORES SAN CLEMENCIO DE MALAGON (13100162012014) de Ciudad Real

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019 en adelante

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Visto el contenido del Acta de fecha 24 de septiembre de 2019, a la que acompañan las Tablas Salariales, aplicables desde el 1 de abril de 2019, del Convenio Colectivo de la empresa Residencia de Mayores San Clemencio (Boletín Oficial de Ciudad Real num. 188 de 02/10/2019)

administración autonómica

DELEGACIONES PROVINCIALES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO CIUDAD REAL

Visto el contenido del Acta de fecha 24 de septiembre de 2019, a la que acompañan las Tablas Salariales, aplicables desde el 1 de abril de 2019, del Convenio Colectivo de la empresa Residencia de Mayores San Clemencio, con domicilio en Malagón, provincia de Ciudad Real, presentada, mediante el Registro de Acuerdos y Convenios Colectivos de trabajo (REGCON), el 27 de  septiembre de  2019  por  don Eduardo Ortega Hernández, autorizado por la Comisión Negociadora del citado Convenio, integrada por el representante de la parte empresarial y por parte social a través de la Delegada de Personal; de conformidad con lo  previsto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real  Decreto Legislativo 2/2015, de  23 de octubre, por el que se aprueba al texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (B.O.E. del 12 de junio), el contenido del Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en  materia de  trabajo (ejecución de la  legislación laboral), el Decreto 56/2019, de  7 de julio, por el que se establece la estructura de la Administración Regional, el Decreto 79/2019, de   16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y el Decreto 99/2013 de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo

Esta Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo Acuerda:

1º.- Ordenar el registro y la inscripción de las Tablas Salariales, aplicables desde el 1 de abril de 2019, del Convenio Colectivo de la empresa Residencia de Mayores San Clemencio, con domicilio en Malagón, provincia de Ciudad Real, en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de esta Delegación Provincial, siendo su código 13100162012014, con notificación a la Comisión Negociadora.

2º.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. El Delegado Provincial, Agustín Espinosa Romero.

ACTA DE APROBACIÓN ACTUALIZACIÓN DE TABLAS SALARIALES DE CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA

Asistentes:

Por los trabajadores:

1. Mª del Pilar Tapiador López Cano, con D.N.I. 05694693-P. 

Por la Empresa:

1. Óscar Palomo Novalbos con D.N.I. 05925676-W.

En Malagón, a 24 de septiembre de 2019 reunidas en representación de empresa y trabajadores  las personas indicadas al margen y con relación al III Convenio Colectivo de la Residencia de Mayores  San Clemencio,

Acuerdan:

Primero.- Actualizar las tablas salariales que figuran como anexo II del Convenio Marco de Empresa en los siguientes porcentajes previstos en el : Incremento del 1,7%, incremento que deriva del 0,5% pactado en el convenio de empresa así como del 1,2% correspondiente al I.P.C. anual de 2018.

De conformidad con lo anterior, se acuerda igualmente la aprobación de la tabla que a continuación se adjunta actualizada en el citado porcentaje:

TABLAS DESDE EL DECIMOTERCER MES DE VIGENCIA DEL CONVENIO TABLAS PRIMER AÑO + IPC 2018 (1,2) + 0,5

(Omitidas. Consultar PDF de la disposición)

En cualesquiera de los casos y con independencia de las cantidades reflejadas en la tabla anterior, tras la entrada en vigor del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, el salario mínimo profesional a jornada completa de cualquier categoría será el referido en la citada normativa sin que pueda abonarse salario por debajo del importe previsto en la misma (900,00 €).

Segundo.- Aplicar dicha tabla salarial desde el 1 de abril de 2019.

Tercero.- Remitir el texto del convenio que se  adjunta con la  presente Acta,  junto con el resto de documentos previstos en la legislación en vigor, a la Autoridad Laboral competente a efectos de registro, depósito y publicación.

Y no habiendo más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, firman los presentes como miembros de la Comisión Negociadora,

CUADRO DE FIRMANTES

(Omitido. Consultar PDF de la disposición)