Convenio Colectivo de Emp... Cantabria

Última revisión
29/04/2013

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de SERVICIO CANTABRO DE SALUD (39101622172021) de Cantabria

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 04 de Abril de 2013 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 44-45)

Resolucion por la que se ordena la publicacion del acuerdo por el que se fl exibiliza el regimen de vacaciones del personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cantabro de Salud durante 2013. (Boletín Oficial de Cantabria num. 79 de 26/04/2013)

Preambulo

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.2.k) y 93.5 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Personal Estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

RESUELVO

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del "acuerdo por el que se fl exibiliza el régimen de vacaciones del personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud durante 2013", adoptado en el seno de la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias con las organizaciones sindicales CSI-F, SATSE, CC.OO. y UGT con fecha de 20 de marzo de 2013 y aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha de 4 de abril de 2013.

Santander, 15 de abril de 2013.

La consejera de Sanidad y Servicios Sociales,

Mª José Sáenz de Buruaga Gómez.

ANEXO. ACUERDO POR EL QUE SE FLEXIBILIZA EL RÉGIMEN DE VACACIONES DEL PERSONAL DE INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD DURANTE 2013.

Tras la reducción a tres días de los permisos por asuntos particulares, prevista en la nueva redacción del artículo 48.k) de de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público operada por el artículo 8.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se han adoptado en la Comunidad Autónoma de Cantabria medidas tendentes a flexibilizar determinadas condiciones de trabajo del personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cantabro de Salud.

Así, mediante Orden SAN/40/2012, de 28 de diciembre, se dispuso la posibilidad de imputación de 21 horas de la jornada anual a la realización de actividades de formación y capacitación realizadas fuera del horario ordinario de trabajo.

Por otra parte, en el ámbito del Servicio Cántabro de Salud, el disfrute de las vacaciones viene regulado en el apartado A) del Acuerdo sobre vacaciones y permisos del personal de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud de 24 de junio de 2004 (BOC 6 de julio de 2004). Con carácter excepcional durante el 2013, se considera oportuno flexibilizar el disfrute de los períodos vacacionales, en el sentido establecido en este Acuerdo.

En su virtud, previa negociación en la Mesa Sectorial de Personal de Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 38 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y 93 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, reunida en fecha 19 de marzo de 2013, se adopta el siguiente:

ACUERDO

Primero.-

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado A) del "Acuerdo sobre vacaciones y permisos del personal de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud", aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de junio de 2004, como medida de flexibilidad de las condiciones de trabajo del personal de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud, excepcionalmente, durante el año 2013, se podrá disfrutar hasta un máximo de tres días de vacaciones de manera independiente.

Segundo.-

Los citados días deberán detraerse del inicio o fin del período de vacaciones asignado.

Tercero.-

La concesión de los citados tres días de vacaciones seguirá los criterios establecidos en el apartado B) 1.1 del citado Acuerdo.

Santander, 20 de marzo de 2013. Por la Administración: Mª José Sáenz de Buruaga Gómez. Por las Organizaciones Sindicales: CC.OO. Asunción Ruiz Ontiveros, SATSE Mª José Ruiz González, CSI-F Margarita Ferreras Valiente y UGT José Manuel Castillo Villa.

2013/6152