Convenio Colectivo de Emp...e Baleares

Última revisión
29/01/2008

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS de Baleares

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante

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Acuerdo del Consejo de Gobierno del dia 18 de enero de 2008, por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 30 de marzo de 2007, por el cual se modifica la fase de implantacion del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 3 de julio de 2006 sobre sistema de promocion, desarrollo profesional y carrera profesional del personal dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Islas Baleares num. 14 de 29/01/2008)

‘Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 30 de marzo de 2007, por el cual se modifica la fase de implantación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 3 de julio de 2006 sobre sistema de promoción, desarrollo profesional y carrera profesional del personal dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, el texto del cual se adjunta como anexo.

Segundo. Ordenar que se publique este acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

ANEXO

Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 30 de marzo de 2007, por el cual se modifica la fase de implantación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 3 de julio de 2006 sobre sistema de promoción, desarrollo profesional y carrera profesional del personal dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears

REUNIDOS

De una parte los representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de otra los representantes de los Sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad de las Illes Balears, en Palma a 30 de marzo de 2007,

EXPONEN

I. El día 3 de julio de 2003 se firmó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, sobre sistema de promoción, desarrollo profesional y carrera profesional del personal dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, ratificado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2006 (BOIB núm. 189, de 30- 12- 2006).

II. En aras a garantizar un trato igualitario para todos los profesionales sanitarios mayores de 60 años, el presente Acuerdo modifica el último párrafo de la disposición transitoria primera del Acuerdo anteriormente citado, que sólo reconocía el 100 % de las cuantías correspondientes a cada nivel a los que hubieran cumplido la edad el día 1 de enero de 2007, y permite que todos los profesionales que cumplan 60 años durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010, perciban a partir del mes siguiente del cumplimiento de dicha edad el 100 % de retribuciones del importe de carrera que les corresponda según el nivel al que están adscritos.

III. En virtud de las consideraciones anteriores y de conformidad con el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, los representantes arriba señalados suscriben el presente,

ACUERDO

Único. Modificación de la fase de implantación para los profesionales sanitarios mayores de 60 años.

El objeto del presente acuerdo es modificar la fase de implantación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 3 de julio de 2006 sobre sistema de promoción, desarrollo profesional y carrera profesional del personal dependiente del Servicio de Salud de las Illes Balears, en aras a permitir que todos los profesionales que cumplan 60 años durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010, perciban a partir del mes siguiente del cumplimiento de dicha edad el 100 % de retribuciones del importe de carrera que les corresponda según el nivel al que están adscritos.

Palma a , 30 de marzo de 2007

Por la Administración

La Secretaria General del Servicio de Salud de las Illes Balears

Por las Organizaciones Sindicales

CC. OO.

USAE

CSIF

CEMSATSE

UGT

SAE

Palma, a 18 de enero de 2008

El Secretario del Consejo de Gobierno

Albert Moragues Gomila