Última revisión
27/09/2003
Convenio Colectivo de Empresa de TECMED ENVAC, S.A. de Madrid
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Resolución de 21 de agosto de 2003, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la UTE Tecmed-Envac, Sociedad Anónima, representante de la Federación AA DD de CC OO, representante de FSP-UGT y delegado de personal (PCM-324/2003). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 229 de 25/09/2003)
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 21 de agosto de 2003. El Director General de Trabajo, PS (Acuerdo de 3 de julio de 2003), el Viceconsejero de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM- 324/2003. En Madrid, a las diez horas del lunes, 7 de julio de 2003. Ante el Instituto Laboral de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don Francisco Javier Díaz Martín, con número de identificación fiscal 50540679- L.
Vocal: Don Salustiano Fórtez Sánchez, con número de identificación fiscal 42620184- B. Vocal: Don José M. Garrido de la Parra, con número de identificación fiscal 1495536- F. Vocal: Don Mariano Hernández Hidalgo, con número de identificación fiscal 50307542- X. Secretario: Don Antonio Chico Fernández, con número de identificación fiscal 1178051- Z. Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha miércoles, 2 de julio de 2003:
De una parte, y que constan como citados, comparecen: Doña Sonia Aurrecoechea Mariscal, con número de identificación fiscal 16054412- K, en calidad de jefa de Recursos Humanos de “Envac Iberia”.
Don César Morais Guijarro, con número de identificación fiscal 2625195- K, en calidad de jefe operaciones de “Envac Iberia”. Don Juan Manuel Druet Álvarez, con número de identificación fiscal 50162420- H, en calidad de apoderado de “Tecmed”.
Don José Antonio Morales Gallego, con número de identificación fiscal 27299233- R, en calidad de delegado de servicios de “Tecmed”.
La UTE “Tecmed- Envac, Sociedad Anónima”, Majadahonda, domiciliada en la calle Doctor Fleming, número 3, 28026 Madrid (Madrid- Ciudad).
De otra parte, que constan citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:
Don Javier Viondi Arese, con número de identificación fiscal 11830246- N, en calidad de representante de la Federación AA DD de CC OO.
Don José García- Miguel Caballero, con número de identificación fiscal 70723220- Z, en calidad de representante de la Federación AA DD de CC OO. Don Juan Carlos Rojo Fernández, con número de identificación fiscal 50426450- P, en calidad de representante de FSP- UGT.
Don José Ignacio López Nieto, con número de identificación fiscal 7222220- J, en calidad de delegado de Personal.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto según escrito introductorio presentado por la representación de la Federación de AA DD de CC OO de Madrid
ABIERTO EL ACTO
La representación de los trabajadores manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.
Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos:
1. Se establece un período transitorio hasta el 15 de septiembre en el que los trabajadores recogerán la poda que se encuentre en bolsas al lado de los buzones neumáticos.
2. Durante este período la empresa se compromete a que vayan dos personas en la llamada ruta de apoyo.
El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
El presente acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal (intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo, asimismo, fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley rituaria.
Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once horas del día de hoy. El secretario suplente (firmado).
