Última revisión
12/05/2005
Convenio Colectivo de Empresa de TRANSPORTES ACAYMO, S.L. (38001332011983) de Tenerife
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Revision Salarial del Convenio Colectivo de la empresa TRANSPORTES ACAYMO, S. L., para el año 2005. (Codigo de convenio 3801332) (Boletín Oficial de Tenerife num. 76 de 12/05/2005)
Ref.: C. N. 53.
Vista la Revisión Salarial del Convenio Colectivo de la empresa TRANSPORTES ACAYMO, S. L., para el año 2005, suscrita por la representación empresarial y la de los trabajadores, recibida en esta Dirección General de Trabajo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).
Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.
2º.- Notificar a la Comisión Negociadora.
3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Agustín Hernández Miranda, Director General de Trabajo.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de abril de 2005.
Texto de acuerdo de la Revisión Económica para el año 2005 del Convenio Colectivo de la empresa Transportes Acaymo, S. L. y los trabajadores a su servicio. Que, con motivo de dar cumplimiento al artículo 2, apartado 3 del vigente Convenio Colectivo sobre Revisión Económica para el año 2005, las partes empresarial y trabajadora toman el siguiente:
Acuerdo: 1º. Incrementar en un 3,2% los conceptos económicos siguientes:
Artículo 30.- Dietas.- Media dieta 7,25 euros y dieta completa 12,96 euros.
Artículo 50.- Salario Base de Convenio.- Anexo I.
Artículo 51.- Complementos personales (antigüedad).- Será la que corresponda a cada uno en función del texto del Convenio Colectivo vigente.
Artículo 52.- Plusde Convenio. Anexo I.
Artículo 53.- Complementos de vencimientos periódicos superior al mes (pagas extraordinarias).- Serán las que corresponda a cada uno en función del texto del Convenio Colectivo vigente.
Artículo 54.- Complementos extrasalariales (Plus Transporte).- Anexo I.
Anexo I.- Tabla de retribuciones del Convenio Colectivo de la empresa Transportes Acaymo, S. L., para el año 2005.
Categoría Conductor: Euros
Salario base convenio 553,94
Plusconvenio 80,49
Plustransporte 130,34
Total mes (sin antigüedad) 764,77
Paga extra de marzo 553,94
Paga extra de junio 553,94
Paga extra de diciembre 553,94
Total anual (sin antigüedad) 10.708,72
2º.- Los atrasos se abonarán en el mes siguiente a partir de la firma de la revisión económica del vigente Convenio Colectivo.
Y para que conste, firman a continuación los componentes de la Comisión Negociadora (parte empresarial y trabajadora).
Fdo.: por la parte empresarial.- Fdo.: por la parte trabajadora.
