Última revisión
04/06/2007
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de TRANSPORTES ACAYMO, S.L. (38001332011983) de Tenerife
Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Resolucion y revision salarial Convenio Colectivo de la empresa Transportes Acaymo, S.L. (Boletín Oficial de Tenerife num. 82 de 04/06/2007)
Ref.: C. N. 53.
Vista la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Transportes Acaymo, S. L., para el año 2007, suscrita por la Comisión Negociadora, recibida en esta Dirección General de Trabajo, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2, b) del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (B. O. E. 6.6.81) sobre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1033/84, de 11 de abril (B. O. E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B. O. C. 15.12.95).
Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:
1º.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.
2º.- Notificar a la Comisión Negociadora.
3º.- Interesar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Pedro Tomás Pino Pérez, Director General de Trabajo. Santa Cruz de Tenerife, a 18 de mayo de 2007.
Texto de acuerdo de la revisión económica para el año 2007 del Convenio Colectivo de la empresa Transportes Acaymo, S. L. y los trabajadores a su servicio.
Que, con motivo de dar cumplimiento al artículo 2, apartado 3 del vigente Convenio Colectivo sobre revisión económica para el año 2007, las partes empresarial y trabajadora toman el siguiente:
Acuerdo: 1º. Incrementar en un 2,7% los conceptos económicos siguientes:
Artículo 30.- Dietas.- Media dieta 7,72 euros y dieta completa 13,80 euros.
Artículo 50.- Salario base de convenio.- Anexo I.
Artículo 51.- Complementos personales (antigüedad).- Será la que corresponda a cada uno en función del texto del Convenio Colectivo vigente.
Artículo 52.- Plusde Convenio. Anexo I.
Artículo 53.- Complementos de vencimientos periódicos superior al mes (pagas extraordinarias).- Serán las que corresponda a cada uno en función del texto del Convenio Colectivo vigente.
Artículo 54.- Complementos extrasalariales (plus transporte).- Anexo I.
Anexo I.- Tabla de retribuciones del Convenio Colectivo de la Empresa Transportes Acaymo, S. L., para el año 2007.
Categoría Conductor:
|
|
Euros |
| Salario base convenio |
589,95 |
| Plusconvenio |
85,72 |
| Plustransporte |
138,81 |
| Total mes (sin antigüedad) |
814,48 |
| Paga extra de marzo |
589,95 |
| Paga extra de junio |
589,95 |
| Paga extra de diciembre |
589,95 |
| Total anual (sin antigüedad) |
11.404,84 |
2º.- Los atrasos se abonarán en el mes siguiente a partir de la firma de la revisión económica del vigente Convenio Colectivo.
Y para que conste, firman a continuación los componentes de la Comisión Negociadora (parte empresarial y trabajadora).
Fdo: por la parte empresarial.- Fdo: por la parte trabajadora.
