Convenio Colectivo de Emp...) de Cádiz

Última revisión
23/05/2014

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de UTE SUFI COINTER (SANEAMIENTO URBANO CADIZ) (11002703011997) de Cádiz

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Abril de 2013 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 17-20)

Acta de la reunion celebrada el dia 1 abril de 2014 entre el comite de empresa del centro de trabajo del servicio de limpieza viaria y R.S.U. de Cadiz y los representantes de la Ute Sufi-Cointer adjudicataria de dicho servicio. Codigo del convenio: 11002703011997 (Boletín Oficial de Cádiz num. 96 de 23/05/2014)

Preambulo

En Cádiz, a 1 de abril de 2014, se reúnen los representantes de los trabajadores y de la empresa UTE SUFI-COINTER al objeto de una reunión de seguimiento.

Asistentes:

Por el Comité de Empresa: D. Juan Antonio Collantes Tinajero. D. Luis Vega Castañeda, PRESIDENTE. D. José Manuel García Hernández. D. Manuel Reyes Requena. D. Juan Luís García Barrios. D. Antonio Ruiz Malia. D. Juan Antonio Perez Rubio. D José Luis Ramírez Santana. D. Antonio Escribano Roman. D Pedro Mº Saracho Fernández.

Delegados Sindicales: D. Juan Antonio Collantes Tinajero.

Por UTE SUFI-COINTER: D. Carlos García-Blount Lorenzo. Dª José Morales Castro.

Comienza la reunión a las 12:45 horas, ORDEN DEL DIA

Como único punto a tratar:

• Reducción de Canon

Empresa- Se informa a los representantes de los trabajadores que ha recibido una comunicación por parte del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, por la que le reduce el canon en 810.263,86 € IVA incluido, y hace una propuesta de cómo reducir el canon, consistente en:

- No hay incremento salarial desde el año 2012 hasta final de contrato.

Como hay sentencia favorable a la aplicación del cuarto año de vigencia del anterior convenio, proponemos cambiar la tabla salarial y restos de concepto económicos del primer año de vigencia del convenio actual, en la mismas cantidades aplicadas en el cuarto año de vigencia del anterior convenio, firmándose esa nueva tabla y publicándolo como anexo al convenio actual.

De esta manera se compensaría la subida con la disminución de salario y NI SE PERCIBIRA NI SE DISMINUIRA NADA DE LOS CONCEPTOS ECONOMICOS. CON ESTE ACUERDO SE PRETENDE EVITAR TENER QUE REDUCIR LA PLANTILLA, EXCEPTO LO ACORDADO EN EL CONVENIO ACTUAL RESPECTO A VACANTES.

-No se aplicara el IPC establecido en la formula de revisión del contrato.

Comité- queda conforme y lo comunicara a la plantilla, quedando pendiente la firma de la nueva tabla salarial y restos de conceptos.

Los Miembros del Comité de Empresa D José Luis Ramírez Santana y D. Antonio Escribano Román abandonan la reunión.

Sin más asuntos que tratar, y siendo las 14:50 horas del día en curso se da por finalizada la reunión mantenida

Y para que surta a todos los efectos.

En Cádiz a 1 de abril de 2014. Firmas.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE LA EMPRESA UTE SUFI-COINTER EN EL CENTRO DE TRABAJO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA Y RSU DE CADIZ

En Cádiz a 11 de abril de 2014 se reúnen los representantes de los trabajadores y de la Empresa Sufi-Cointer reseñados al margen en los locales de la Empresa, reconociéndose mutuamente capacidad para negociar, y EXPONEN

1º.- Que en fecha 18 de marzo de 2014 la Dirección de la Empresa ha recibido comunicación del Excelentísimo Ayuntamiento de Cádiz, por la que le reduce el canon del contrato en 810.263,86 € IVA incluido con efectos 1 de enero de 2014, por lo que ante la situación sobrevenida y afectando a la partida de personal, la Dirección de la Empresa ha mantenido desde el 1 de abril diversas reuniones con el Comité de Empresa para tratar de tomar medidas no traumáticas.

2º.- Que ante la incertidumbre creada, la Dirección de la Empresa y el Comité de Empresa deciden renegociar el Convenio de la UTE (2013-2016).

3º.- La Dirección de la Empresa realiza una propuesta que se reproduce a continuación, de modificación de Convenio, que es llevada a la Asamblea de Trabajadores por parte del Comité de Empresa en fecha 4 de abril y ratificada por la misma.

Por lo tanto, las partes. Firmas.

ASISTENTES

Por el Comité de Empresa: D. Juan Antonio Collantes Tinajero. D. Luis Vega Castañeda. D. José Manuel García Hernández. D. Manuel Reyes Requena. D. Juan Luis García Barrios. D. Antonio Ruiz Malia. D. Juan Antonio Pérez Rubio. D. José Luis Ramírez Santana. D. Antonio Escribano Román. D. Pedro Mª Saracho Fernández. D. Jesus Beardo Florido. D. Jose Perez Villar.

Delegados Sindicales: D. Juan Antonio Collantes Tinajero.

Por la Empresa: D. Diego Diaz Vicedo. D. Carlos García-Blount Lorenzo. D. Antonio Bravo Herrero. Dña. Amalia Trabanco Mombiela. D. Javier Aguado González. D. Jose Antonio Ortega García.

ACUERDAN

1º.-

Modificar el Convenio Colectivo (2013-2016), únicamente en los incrementos salariales, dejando el resto del convenio sin variar.

- Decremento salarial sobre la tabla del primer año del convenio (1 de abril del año 2013 al 31 de marzo del año 2014) que una vez aplicado resulta según refleja la tabla salarial anexa (ANEXO I) para el primer año de vigencia del Convenio y con efectos económicos retroactivos desde el 1 de abril del año 2013 y hasta el 31 de marzo del año 2014. El importe total de dicho decremento se realizará en una nómina independiente antes del mes de julio del año 2014.

- Partiendo de la situación anterior, para el segundo año de vigencia del Convenio, y con efectos desde el 1 de abril de 2014 al 31 de marzo del año 2015, se produce un incremento salarial que aplicado resulta según tabla salarial que se adjunta como ANEXO II

Dicho incremento (sin ningún tipo de atrasos) se producirá en la nómina del mes de abril del año 2014.

- Para el tercer año de vigencia del convenio que comprende desde el 1 de abril de 2015 al 31 de marzo del año 2016, la tabla salarial definitiva será la misma que la tabla salarial definitiva del año segundo de vigencia del convenio. Se adjunta como Anexo III, tabla firmada del tercer año.

2º.-

Autorizar a D. Carlos García-Blount Lorenzo para dirigirse a la autoridad a efectos de lo previsto en el artículo 90 números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, a los efectos de depósito, registro y publicación del presente Convenio.

Sin más asuntos que tratar, y siendo las 14:50 horas del día en curso se da por finalizada la reunión mantenida

Y para que surta a todos los efectos. En Cádiz a 11 de abril de 2014. Firmas.

ANEXO I. TABLA SALARIAL DEL CONVENIO VIGENTE DESDE EL "01-04-2013 AL 31-03-2014"

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ANEXO II. TABLA SALARIAL DEL CONVENIO VIGENTE DESDE EL "01-04-2014 AL 31-03-2015"

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ANEXO III. TABLA SALARIAL DEL CONVENIO VIGENTE DESDE EL "01-04-2015 AL 31-03-2016"

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nº 30.515