Convenio Colectivo de Emp...e Valencia

Última revisión
15/06/2018

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de VALENCIANA DE SERVICIOS I.T.V., S.A. (46005702012000) de Valencia

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 39-42)

Anuncio de la Conselleria de Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comision negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Valenciana de Servicios ITV, S.A. (Codigo: 46005702012000.) (Boletín Oficial de Valencia num. 115 de 15/06/2018)

ANUNCIO

Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo de la empresa Valenciana de Servicios ITV, S.A.

Vista la solicitud de inscripción del acuerdo señalado anteriormente, suscrito el día 26 de abril de 2018, por el que se acuerdan las tablas salariales para los años 2018 y 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, los artículos 2.1 a) y 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el artículo 51.1.1ª del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y el artículo 26.3 del Decreto 104/2017, de 21 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, resuelve:

Primero: Ordenar su inscripción en este Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la representación de la comisión negociadora, así como el depósito del texto del acuerdo.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Valencia, 31 de mayo de 2018.-El director territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Emiliano Cerdá Esteve.

ACUERDO PARA EL PERSONAL DE VALENCIANA DE SERVICIOS ITV, S.A. DE TABLAS SALARIALES EJERCICIOS 2018-2019

Asistentes.

En representación de la Empresa:

Ignacio Guerrero Jiménez

Juan Carlos Soriano Berges

En representación de los Trabajadores:

Indalecio Picazo Ruiz

Julio López Ayuste

Justo Garrido Pérez

José María Redondo Cerrato

Daniel Roig Martínez

Carlos López Catalá

Amadeo Mañez Huercio

Antonio Pérez García

Miguel Ángel Cano Fuster

En Ribarroja, siendo las catorce horas del día veintiséis de abril de dos mil dieciocho, se reúnen en las oficinas de la Sociedad, situadas en la Estación de Ribarroja, las personas relacionadas al margen, con motivo de la aplicación de los incrementos salariales pactados para los ejercicios 2018 y 2019 del II Convenio Colectivo para el personal de Valenciana de Servicios ITV, S.A.

MANIFIESTAN

1. Que ambas partes se reconocen legitimadas y de pleno derecho para acordar incrementos salariales para los ejercicios 2018 y 2019.

2. Las partes en fecha 22 de marzo de 2018 alcanzaron un preacuerdo respecto a los incrementos salariales para los ejercicios 2018 y 2019.

3. Es voluntad de las partes aprobar, registrar y publicar el acuerdo y las tablas salariales de los ejercicios 2018 y 2019, y en este sentido

ACUERDAN

1. TABLAS SALARIALES EJERCICIOS 2013 A 2017.

Con la firma del presente acuerdo ambas partes establecen expresamente que no podrá ser objeto de ninguna revisión salarial los ejercicios 2013 a 2017. La tabla consolidada para el año 2017 aparece reflejada en el ANEXO I.

2. TABLA SALARIAL EJERCICIO 2018

Sobre la tabla salarial indicada en el apartado anterior (ANEXO I), se aplicará un incremento del 3%. La tabla resultante es la que aparece reflejada en el ANEXO II del presente documento.

Si el incremento del IPC real a 31 de diciembre de 2018 fuese superior al 2%, se revisará la tabla salarial en la diferencia entre el IPC real del año 2018 y el 2%. En su caso esta revisión se efectuará como máximo al mes siguiente de la publicación del IPC.

3. TABLA SALARIAL EJERCICIO 2019

Sobre la tabla salarial definitiva del ejercicio 2018 se aplicará un incremento del 3%. La tabla provisional pendiente de posible revisión por lo indicado sobre el IPC en el punto anterior aparece reflejada en el ANEXO III.

Si el incremento del IPC real a 31 de diciembre de 2019 fuese superior al 2%, se revisará la tabla salarial en la diferencia entre el IPC real del año 2019 y el 2%. En su caso esta revisión se efectuará como máximo al mes siguiente de la publicación del IPC.

4. GRATIFICACION EXTRAORDINARIA EJERCICIO 2018

Se establece el abono en la nómina correspondiente al mes de mayo de 2018 de una Gratificación Extraordinaria consistente en el 2.90% del Bruto Anual, según la Categoría del Trabajador en la Tabla Salarial establecida en el ANEXO I del presente documento. El importe por Categoría es el reflejado en el ANEXO II del presente documento.

5. GRATIFICACION EXTRAORDINARIA EJERCICIO 2019

Se establece el abono en la nómina correspondiente al mes de marzo de 2019 de una Gratificación Extraordinaria consistente en el 2.60% del Bruto Anual, según la Categoría del Trabajador en la Tabla Salarial establecida en el ANEXO I del presente documento. El importe por Categoría es el reflejado en el ANEXO III del presente documento.

6. CRITERIO DE CONSOLIDACIÓN DE LA GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA EJERCICIO 2019

La Gratificación Extraordinaria recogida en el apartado 5 del presente documento pasará a formar parte de la retribución en el Concepto Salario Base consolidado en la Tabla Salarial de aplicación a partir del 1 de enero del 2020 siempre que se cumplan los siguientes criterios y en los porcentajes que se establecen:

€ Si durante los ejercicios 2018 y 2019 se produjera alguna bajada en el importe de las tarifas de la Comunidad Valenciana que a la firma del presente documento se vienen aplicando, no se consolidará ninguna cantidad.

€ Si el hecho anterior no se produjera, los criterios de consolidación de dicha Gratificación Extraordinaria serán los siguientes:

- Si no se produjera bajada de las tarifas vigentes a la firma del presente acuerdo durante el ejercicio 2018, se consolidaría un 35% del importe abonado.

- Si se consiguiera por parte de la Empresa la acreditación ENAC 2018 en todas las estaciones se consolidaría un 15% del importe abonado.

- Si no se produjera bajada de las tarifas vigente a la firma del presente acuerdo durante el ejercicio 2019, se consolidaría un 35% del importe abonado.

- Si se consiguiera por parte de la Empresa la acreditación ENAC 2019 en todas las estaciones se consolidaría un 15% del importe abonado.

Se establece que los Ítems de consolidación de acreditación ENAC se consolidarán igualmente si el motivo de la NO ACREDITACIÓN por NO CONFORMIDAD es imputable únicamente a la empresa, circunstancia que deberá ser tratada por la Comisión Mixta de Interpretación y seguimiento del Convenio Colectivo, basándose en las evidencias y registros recogidos en el informe de Auditoría ENAC.

7. REGISTRO Y PUBLICACIÓN

Se comprometen a dar traslado del presente acuerdo a la Autoridad Laboral competente, en el plazo establecido al efecto, dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 8.2 de R.D. 712/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo. A tal efecto, se expide autorización a Francisco Javier García Sanz, con D.N.I. 24324504A, para que realice las gestiones y los trámites pertinentes.

Y como prueba de todo lo que antecede y de conformidad con lo expuesto, firman todos los presentes en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

TABLA SALARIAL ANUAL 2017

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ANEXO II

TABLA SALARIAL ANUAL 2018

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ANEXO III

TABLA SALARIAL ANUAL 2019

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2018/8735