Última revisión
11/04/2019
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS AUXILIARES DEL METAL. CAMPO DE GIBRALTAR (11104524042019) de Cádiz
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2019 en adelante
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ACTA DE FINALIZACION DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A LA HUELGA ANTE LA COMISION DE CONCILIACION-MEDIACION EMPRESAS AUXILIARES DEL METAL EN EL CAMPO DE GIBRALTAR. CODIGO 11104524042019. (Boletín Oficial de Cádiz num. 69 de 11/04/2019)
Cadiz Convenio o Acuerdo: Empresas Auxiliares del Metal en el Campo de Gibraltar Expediente: 11/04/0053/2019 Fecha: 22/03/2019
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN Destinatario: EMILIO LUÍS SAMBUCETY MARTÍN Código 11104524042019.
VISTA la comunicación presentada en el registro telemático de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, por el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía en Cádiz, CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que con fecha 06-03-2019 y 20-03-2019 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por el responsable del CARL en Cádiz, del Acuerdo de Mediación, suscrito entre la representación legal de los trabajadores y la FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DEL CAMPO DE GIBRALTAR CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE CADIZ, ASOCIACIÓN DE GRANDES INDUSTRIAS DEL CAMPO DE GIBRALTAR, el día 24-02-2019.
SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial, para la inscripción del precitado acuerdo, viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; y todo ello en relación con el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, el Decreto 3272019, de 5 de febrero y el Decreto 100/2019, de 12 de febrero.
TERCERO.-Que constandoenel expediente administrativolaprecitada acta de acuerdo, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía (SERCLA). Por todo lo expuesto, RESUELVE:
UNICO.- Proceder a la inscripción y publicación del acuerdo de mediación, suscrito en el SERCLA, entre la representación legal de los trabajadores y FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DEL CAMPO DE GIBRALTAR CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE CADIZ, ASOCIACIÓN DE GRANDES INDUSTRIAS DEL CAMPO DE GIBRALTAR,el día 24-02-2019.
Cádiz a 22 de marzo de 2019.
Delegado Territorial, Fdo.: ALBERTO GABRIEL CREMADES SCHULZ.
ACTA DE FINALIZACION DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A LA HUELGA ANTE LA COMISION DE CONCILIACION-MEDIACION
En Algeciras, a 24 de febrero de 2019, en el conflicto número 11\2019\0023, D/Dª. Jose Manuel Rodríguez Saucedo, D.N.I. 31843961R, en nombre y representación de Secretario General de UGT -FICA Campo de Gibraltar, y D/Dª. Fernando Grimaldi Amancio, D.N.I. 31857083J, en nombre y representación de Secretario General de la Federación de industrias de CCOO Campo de Gibraltar, frente a la FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DEL CAMPO DE GIBRALTAR, CONFEDERACION DE EMPRESARIOS DE CADIZ, ASOCIACIÓN DE GRANDES INDUSTRIAS DEL CAMPO DE GIBRALTAR, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan: Antecedentes: Con fecha 15/02/2019 se registró de entrada escrito de iniciación ante el SERCLA, interponiendo el presente conflicto. Con fecha 18/02/2019 se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas. Con fecha 22/02/2019 se celebró acto de mediación que finalizó sin avenencia. Con fecha 23/02/2019 las partesinstan la reapertura del expediente y la celebración de una nueva sesión de mediación. Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen: Por la parte promotora, D/Dª. Jose Manuel Rodríguez Saucedo, en nombre y representación de Secretario General de UGT -FICA Campo de Gibraltar, y D/Dª. Fernando Grimaldi Amancio, en nombre y representación de Secretario General de la Federación de industrias de CCOO Campo de Gibraltar; D. José Manuel Jiménez 11 de abril de 2019 B.O.P. DE CADIZ NUM. 69 Página 3 Collado, D. Antonio Frías Jiménez, Diego Muñoz Gutiérrez, D. Ignacio Moreno Moreno, Comité de Huelga. En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto: Dª. María del Mar Sánchez del Río, en representación de Dª. Carmen Romero Matute, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, D. José RamónCastroReina,fecha19/09/2014, conelnúmero1.495,de suprotocolo,que exhibe y retira, por parte de la CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA PROVINCIA DE CADIZ; D. José Muñoz Flores, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, D. José Ramón Castro Reina, fecha 14/03/2016, con el número 380, de su protocolo, que exhibe y retira en nombre y representación de la FEDERACION DE EMPRESARIOS DEL METAL DE LA PROVINCIA DE CADIZ; y D. Alfonso Jiménez Mateo, asesor jurídico. Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación: Regularizar y negociar el plus industrial, plus de paradas y jornada. Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el SERCLA finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo. El presente acto comienza a las 10:00 horas, finalizando a las 12:00 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 1500.
Finalización del procedimiento:
CON AVENENCIA. Las partes, reconociéndose mutuamente capacidad y representación suficiente, acuerdan:
1.- Las partes reconocen la plena vigencia del Plus Industrial acordado en SERCLA el 2/3/2007 y acuerdan la creación de una mesa de trabajo sobre el mismo. La mesa de trabajo tratará, en su caso, sobre la cuantía de dicho plus.
2.- Respecto del acuerdo exclusivo para paradas programadas en el sector petroquímico del Campo de Gibraltar ( Plus de parada ) consensuado en 2008 y ratificado mediante acuerdos SERCLA por varias empresas auxiliares, las partes acuerdan reconocer su eficacia general tal como se recoge en el punto dos de dicho acuerdo cuyo tenor literal es el siguiente:
2º Ámbito de aplicación: Afectará a los trabajadores de las empresas auxiliares del metal que presten servicios dentro de los recintos de las empresas del sector petroquímico del Campo de Gibraltar . En aquellos casos en que alguna empresa viniese abonando este mismo concepto con diferente denominación, operaría la compensación absorción del mismo. Este punto entrará en vigor a partir de la próxima parada.
3.- Con el fin de garantizar a todos los trabajadores que prestan servicio en sistema de rotación de 5º turno la posibilidad de disfrutar de un período anual de 14 días naturales de descanso, la mesa de trabajo tratará de la implementación, en el ámbito que se acuerde, de diferentes medidas de tipo organizativo que no supongan en ningún caso reducción de la jornada anual o incremento de coste.
4.- La mesa de trabajo celebrará su primera reunión el próximo 27/02/2018 a las 10:00 en Jerez de la Frontera.
5.- Se desconvoca la huelga.
Componentes de la C.C.M. Apellidos, Nombre,
Presidencia C.E.A Gil Sánchez, Antonio Fermín
Secretaría Sambucety Martín, Emilio L.
Vocal Vallejo Fernández, Maria Angeles
Vocal Díaz Gil, Miguel Alberto Firmas.
Firma de la representación de la parte promotora:
Nombre, Apellidos
D. José Manuel Rodríguez Saucedo
D. Fernando Grimaldi Amancio
D. José Manuel Jiménez Collado
D. Antonio Frías Jiménez D. Diego Muñoz Gutiérrez
D. Ignacio Moreno Moreno
Firma de la representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto:
Nombre, Apellidos,
Dª. María del Mar Sánchez del Rio
D. José Muñoz Flores
D. Alfonso Jiménez Mateo
La Secretaría de la Comisión de Conciliación-Mediación.
Fdo.: Emilio L. Sambucety Martín. VºBº La Presidencia de la Comisión de Conciliación-Mediación. Fdo.: Antonio Fermín Gil Sánchez. Nº 24.643
