Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
09/06/2022

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS DE HOSPITALIZACION, ASISTENCIA, CONSULTA Y LABORATORIOS DE ANALISIS (79000815011994) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 26 de Abril de 2022 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 64-66)

RESOLUCION EMT/1698/2022, de 26 de mayo, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion de la modificacion del XI Convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalizacion, asistencia, consulta y laboratorios de analisis clinicos (codigo de convenio num. 79000815011994). (Diario Oficial de Cataluña num. 8685 de 09/06/2022)

Visto el texto de la modificación parcial del XIº Convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña, referente a la incorporación del apartado 7 al articulo 13, subscrito por la mesa negociadora en fecha 26 de abril de 2020, y de acuerdo con el articulo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

--1 Disponer la inscripción de la citada modificación del XIº Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalitzación, assistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Catalunya, en el Registro de convenios col·lectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Mesa negociadora.

--2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 26 de mayo de 2022

Òscar Riu García

Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Traducción del texto original firmado por las partes

Reunión del 26/04/2022

Asistentes

Por parte de las organizaciones sindicales

Comisiones Obreras (CCOO)

Titulares: Laura Caufape Fernandez, Andreu Garcia i Pujola, Azucena Dueñas Navarrete, Antonio Lopez Martínez, Manel Pérez Tarrida, Milagros Hurtado Blanco, Sergi Vandellós Gonzalez.

Suplentes: Ana Palenzuela Ruiz, Laura Payà Ramos, Lidia Perales Sanchez, Cristina Pérez Velasco, Cristina Salvador Martin, Joan Vidiella Martorell.

Asesores: Jose Mª Yagüe Polo, Alicia Hernández Jarque.

Unión General de Trabajadores (UGT)

Titulares: Patricia Carreras Mira, Miguel Díaz Expósito, Angela Noemí García Ramal, Visitación Lozano Pasamon, Gemma Navarrete Pellicer, Almudena Costilla Acebes, Jordi Torrente Agost, Marcel Lorenzo Camara (octavo delegado),

Suplentes: Antonia Palazón Rabadan, Pedro Delgado Delgado, Gema Lopez Montsech, Jordi Colón Bonet, Sergio Romero Martínez, Javier Salcedo Pallarés, Eduardo Delgado Montelongo.

Asesores: Sergi Alexandre Haro, Juan Cobacho Marin,

Por parte de las representaciones patronales

Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES):

Titulares: Francisco Barreira Silveiro, Jesús Javier Chaves Declara, José María Juarez Boja, Susana Ruiz Garcia, Julian Rull Molina, Iciar Mata García del Valle, Ivan Fraile Climent,

Suplentes: Laia Costa Masachs, Montserrat Pagés Viñets, Antonio Sorroche Liria, Rocío Fernández Guillén, Luís Miguel Cardó Fernández, Joan Josep Guarro Miquel,

Asesores: Anna Zarzosa Güell, Eva Muñoz Climent, Joan Deu y Cano

Unión Catalana de Hospitales (LA UNIÓN)

Titulares: Elena de la Campa Alonso, Francesc Pol Valls, Xavier Mate García,

Suplente: Noelia Santiago Rey

Asesores: Rubén Romero González

En Barcelona, a las 16 horas del día 26 de abril de 2022, se reúne la Comisión negociadora del XIº Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios, de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña, en vista de la situación descrita, la Comisión negociadora del Convenio alcanza, al amparo de lo establecido en el artículo 86.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los trabajadores, los acuerdos que a continuación se exponen.

Introducción

Las partes comparecidas firmaron, el pasado día 1 de marzo, el XIº Convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalización, consulta, asistencia y laboratorios de análisis clínicos, para los años 2020, 2021 y 2022 y se han dado cuenta que, en el texto del Convenio, falta la previsión de pago de los atrasos de los incrementos salariales acordados para el año 2022.

Acuerdo parcial

Ambas partes, reconociéndose plena capacidad y legitimación para concluir el presente Acuerdo parcial relativo al XIº Convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalización, consulta, asistencia y laboratorios de análisis clínicos, para los años 2020, 2021 y 2022, alcanzan los siguientes,

Acuerdos

Se incorpora el apartado 7 al artículo 13 tal como se indica a continuación:

Primero

Artículo 13

Salario Convenio

13.7. El pago de los atrasos correspondientes al ejercicio 2022 (pagas ordinarias y parte proporcional de pagas extraordinarias), se abonará como máximo el 31 de mayo del 2022.

Segundo

Inscripción y registro

Las partes acuerdan que se proceda a la inscripción y registro del presente documento de Acuerdo parcial en el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de Cataluña, Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, autorizando expresamente al Sr. Roger Espi Casas DNI 47272XXX y a la Sra. Eva Muñoz Climent DNI 22568XXX para la ejecución de los correspondientes trámites.

Y en prueba de conformidad todas las partes suscriben el presente acuerdo en la fecha y lugar señalados al inicio.