Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de FABRICACION DE TEJAS, LADRILLOS Y PIEZAS ESPECIALES DE ARCILLA COCIDA (99004935011982) de BOE
Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2000
Convenio
RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrige error en la Resolución de 8 de marzo de 2001, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de las revisiones salariales para los años 2000 y 2001 del Convenio estatal de Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida. (Boletín Oficial del Estado num. 110 de 08/05/2001)
Advertido error en el texto de las revisiones salariales para los años 2000 y 2001 del Convenio estatal de Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 8 de marzo de 2001 en el «Boletín Oficial del Estado» número 75, del 28,
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación del citado error:
En la página 11615, columna derecha, en la cuarta tabla, donde dice: «Año 2001. Artículo 63. Dieta: 6.106 pesetas», debe decir: Año 2001. Artículo 63. Dieta: 6.314 pesetas».
Madrid, 16 de abril de 2001. La Directora general, Soledad Córdova Garrido.