Convenio Colectivo de Sec...81) de BOE

Última revisión
01/11/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de FRIO INDUSTRIAL (99002255011981) de BOE

Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002

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RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y posterior publicación del Acta de fecha 1 de febrero de 2002 de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Empresas de Frío Industrial. (Boletín Oficial del Estado num. 71 de 23/03/2002)

Preambulo

Visto el texto del Acta de fecha 1 de febrero de 2002 de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Empresas de Frío Industrial (código de Convenio número 9902255), en la que se contienen los acuerdos de actualización de las tablas salariales de dicho Convenio, Comisión de la que forman parte, de un lado, la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logística y Distribución de España (ALDEFE), en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales FIAUGT y FITEQACC. OO., en representación de los trabajadores afectados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de marzo de 2002. La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA LAS EMPRESAS DE FRÍO INDUSTRIAL

En Madrid, siendo las diez horas del día 1 de febrero de 2002, en la calle Marqués de Urquijo, número 26, se reúne, de una parte, la Federación Sindical de UGT (FIA) y la Federación Sindical de CC. OO. (FITEQA), y en su nombre y representación las personas que firman al pie de este escrito, y de otra parte, la Asociación de Explotaciones Frigoríficas, Logística y Distribución de España (ALDEFE), y en su nombre y representación los más adelante firmantes, a fin de tratar como único punto del orden del día los siguientes acuerdos:

Primero

Aprobar el incremento salarial para el año 2002 del Convenio Colectivo, de ámbito estatal, para las Empresas de Frío Industrial y sus tablas salariales (anexo 1).

Segundo

Los importes de las dietas que constan en el artículo 42 del Convenio quedarán fijados en las siguientes cuantías:

- Comida: 8,58 euros.

- Cena: 8,58 euros.

- Alojamiento y desayuno: 17,16 euros.

- Dieta total: 34,32 euros.

Tercero

El importe del complemento establecido en la disposición transitoria primera queda establecido en 1,33 euros.

Cuarto

La Comisión Mixta recomienda que, toda vez que a partir del 31 de diciembre de 2001 la antigüedad desaparece y los trabajadores de esta actividad dejarán de devengarla más con excepción de la parte proporcional que estuviera en curso de adquisición, la cantidad que resulte quedará consolidada a título individual («ad personam»), recomendándose que a la hora de reflejarse en la hoja de salarios se denomine como «antigüedad consolidada a 31 de diciembre de 2001».

Quinto

Facultar, solidariamente, a uno cualquiera de los comparecientes para que proceda a tramitar la inscripción, registro y publicación del presente Acuerdo y las tablas salariales en el «Boletín Oficial del Estado».

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicada en el encabezamiento.

ANEXO 1

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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