Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE MANIPULACION Y EXPORTACION DE FRUT...5011982) de Alicante
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Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
13/04/2022

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE MANIPULACION Y EXPORTACION DE FRUTOS SECOS (03000245011982) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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RESOLUCION de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación del ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL para los AÑOS 2022 y 2023 del CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DE MANIPULACIÓN Y EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS. (Boletín Oficial de Alicante num. 72 de 13/04/2022)

RESOLUCION de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación del ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL para los AÑOS 2022 y 2023 del CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DE MANIPULACIÓN Y EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS

Código de Convenio 03000245011982

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.- En fecha 1/4/22 ha sido recibido en esta Dirección Territorial el texto del acuerdo arriba citado.

Dos.- El acuerdo ha sido suscrito por la Comisión Negociadora constituida por la representación de la Asociación Provincial de Empresas Almacenistas y Descascaradores de Almendra de la Provincia de Alicante por parte de la empresa y por parte de los trabajadores, representantes de los sindicatos UGT y CCOO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Es competente la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre; en el Decreto 105/2019 de 5 de julio del Consell por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Consellerías de la Generalitat; en el Decreto 5/2019, de 16 de junio del Presidente de la Generalitat por el que se determina el número y denominación de las consellerías y sus atribuciones y en el Decreto 175/2020, de 30 de octubre del Consell por el que se acuerda el ROF de la Consellería de Economía Sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo.

SEGUNDO.- Resulta de aplicación la siguiente normativa:

• Lo dispuesto en el Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.

• Lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo

• Lo dispuesto en la Orden 37/2010, de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

A la vista de los anteriores hechos y fundamentos de derecho esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa publicación del ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL para los AÑOS 2022 y 2023 del CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DE MANIPULACIÓN Y EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS DE LA Provincia de Alicante, con notificación a la representación de la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del acuerdo.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Alicante, 4 de abril de 2022

La Directora Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Emilia González Carrión

ACTA

En San Vicente del Raspeig, siendo las doce horas del día veintidos de marzo de dos mil veintidos, se reúnen las señoras Dª. Mª. Mercedes- Cristina Sirvent Fornet y Dª. Mª. Carmen Garcerán Aliaga afiliadas al sindicato U.G.T. y Dª. Mª. Carmen Guijarro Aracil, afiliada al sindicato CC.OO., por la parte trabajadora y Dª. Maria José Llopis Marhuenda y Dª. Cristina Sirvent Verdú por la Asociación Provincial de Empresas Almacenistas y Descascaradores de Almendra de la provincia de Alicante por la parte empresarial, quienes en sesión de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para la actividad de MANIPULACIÓN Y EXPORTACIÓN DE FRUTOS SECOS celebrada el pasado día 30-10-2019, se reconocieron mutua capacidad y legitimaron para constituir la referida Comisión Negociadora del Convenio, al objeto de tratar el siguiente

ORDEN DEL DIA

PRIMERO.- Una vez constatado el IPC real del año 2021, y a efectos exclusivos de calcular las tablas salariales correspondientes al ejercicio 2021, se aplica el incremento establecido en el art. 16º del Convenio Colectivo correspondiente a un 6,5 % sobre las tablas salariales del año 2020, por lo que se confeccionan las tablas salariales correspondientes a 2022 y 2023, con los aumentos establecidos en dicho art. 16º del Convenio Colectivo, y siguientes y se unen a la presente como Anexos de la misma. Todo ello refrendado por el Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunidad Valenciana, según laudo de 10 de marzo de 2022.

Se designa a José Antonio Fuster Martínez para la presentación y registro del Acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión con pleno acuerdo de todos los componentes de la Comisión Negociadora, quienes firman la presente acta, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha al encabezamiento indicados.

ANEXO I

TABLA SALARIAL PARA EL PERIODO 2.022

Grupos

Nivel

Categorías

Salario mes

Grupo 1

Nivel I

Títulads. Superiores, Ingeniers. y Licenciads.

1.619,61

 

Nivel II

Jefe 1ª Administrat.

1.565,62

 

Nivel III

Diplomads, Ayts. Técnics, Jef. 2ª Admtv.

1.439,67

Grupo 2

Nivel I

Encargad. General

1.349,70

 

Nivel II

Encargad. Sección, Capataz, Oficial 1ª Admtv.

1.215,02

 

Nivel III

Ayts. Control Calidad y/o Laboratorio

1.188,42

Grupo 3

Nivel I

Maquinista, Conductr, Ofic. Mantmto. Viajant.

1.176,36

Grupo 4

Nivel I

Peón Especialista

1.138,90

 

Nivel II

Oficial 2ª Administrat.

1.080,03

Grupo 5

Nivel I

Envasador/a

1.057,86

 

Nivel II

Faenera, Peón, Subalterns., Limpieza

987,62

 

Nivel III

Auxiliar Administrat.

976,66

La antigüedad consolidada se incrementará con el 1,80 %.

 

Art. 18.-

Art. 21.- El plus de Asistenia se fija en 0,87 euros.

Art. 31.- Se fija el seguro complementario especial en 27.503,00 euros y 36.711,00 euros, respectivamente.

Art. 32.- Se fija la cláusula de fidelización por extinción del contrato de trabajo en 3.570,00 euros.

ANEXO II

TABLA SALARIAL PARA EL PERIODO 2.023

Grupos

Nivel

Categorías

Salario mes

Grupo 1

Nivel I

Títulads. Superiores, Ingeniers. y Licenciads.

1.648,76

 

Nivel II

Jefe 1ª Administrat.

1.593,80

 

Nivel III

Diplomads, Ayts. Técnics, Jef. 2ª Admtv.

1.465,58

Grupo 2

Nivel I

Encargad. General

1.374,00

 

Nivel II

Encargad. Sección, Capataz, Oficial 1ª Admtv.

1.236,89

 

Nivel III

Ayts. Control Calidad y/o Laboratorio

1.209,82

Grupo 3

Nivel I

Maquinista, Conductr, Ofic. Mantmto. Viajant.

1.197,53

Grupo 4

Nivel I

Peón Especialista

1.159,40

 

Nivel II

Oficial 2ª Administrat.

1.099,47

Grupo 5

Nivel I

Envasador/a

1.076,90

 

Nivel II

Faenera, Peón, Subalterns., Limpieza

1.005,40

 

Nivel III

Auxiliar Administrat.

994,24

Art. 18.- La antigüedad consolidada se incrementará con el 1,80 %.

Art. 21.- El plus de Asistenia se fija en 0,88 euros.

Art. 31.- Se fija el seguro complementario especial en 27.998,00 euros y 37.372,00 euros, respectivamente.

Art. 32.- Se fija la cláusula de fidelización por extinción del contrato de trabajo en 3.634,00 euros.