Última revisión
18/04/2023
Revision. Convenio Colectivo de Sector de HOSPITALES AGUDOS, CENTROS DE ATENCION PRIMARIA, CENTROS SOCIO SANITARIOS Y CENTROS DE SALUD MENTAL (79100135012015) de Cataluña
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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RESOLUCIÓN EMT/1248/2023, de 4 de abril, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio núm. 79100135012015). (Diario Oficial de Cataluña num. 8897 de 18/04/2023)
RESOLUCIÓN EMT/1248/2023, de 4 de abril, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud (código de convenio núm. 79100135012015).
Visto el texto del Acuerdo de la Acta de la Comisión paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud, suscrita en fecha 16 de febrero de 2023, para acordar temes diversos y dar respuesta a las consultes CP 1 a la CP 5, por parte de la representación social por Comisiones Obreras de Cataluña (CCOO), la Unión General de Trabajadores (UGT) y el Sindicato de Infermeria (SATSE), y por parte de la representación empresarial por la Unió Catalana d'Hospitals (La Unió), el Consorci Associació Patronal Sanitària i Social (CAPSS) i l'Associació Catalana d'Entitats de Salut (ACES), y, de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
--1 Disponer la inscripción de la Acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión paritaria.
--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.
Barcelona, 4 de abril de 2023
Òscar Riu Garcia
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Traducción del texto original firmado por las partes
Acta 1 de la Comisión paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los Hospitales de Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud
Asistentes
Organizaciones sindicales
Comisiones Obreras (CCOO)
Cristina Martínez Nieto
José Maria Yagüe Polo
Francisca Cruz Cortés
Manel Abia Ortiz
Xavier Pallàs García
Asesores
Paco Pareja Montañés
Jesús González Comabella
Unión General de Trabajadores (UGT)
Rosa Pérez Bernalte
Alex Trullàs Manonelles
Judith Extremera Ortega
Juan Sanchez González
Jose Martínez Beltran
Silvia Franco Mas
Silvia Castaño Gómez
Raül Gisbert Barrué
Asesor
Joan Barrachina Casals
Sindicato de Enfermería (SATSE)
Anabel Torres Egeo
Miquel Oliveras Gisbert
Rosa M. Famadas Lifante
Maria Jesús Figueroa Pena
Asesor
Jesús Carlos Garcia Reig
Organizaciones patronales
Unión Catalana de Hospitales (La Unión)
Jordi Nonell Gregori
Carles García Hernández
Antoni Llamas Losilla
Joan Mª Adserà Gebellí
Ramon Massaguer Meléndez
Elena de la Campa Alonso
Asesores
Paco Carretero Palomares
Alda Mumbrú López
Consorci Asociació Patronal Sanitària i Social (CAPSS)
Rafael Lledó Rodríguez
Pilar Rol Miguel
Antonio Rodríguez Nieto
Asesora
Abigail Blanco Cumplido
Associació Catalana d'Entitats de Salut (ACES)
Titulares: Pedro Ayesa Guix
Asesores: Joan Diez i Cano
Presidenta: Cristina Martínez Nieto
En Barcelona, a 16 de febrero de 2023 a las 11.30 horas se reúnen los componentes de la Comisión paritaria del III Convenio colectivo de trabajo de los Hospitales de Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud para tratar los temas siguientes:
Orden del día
- Constitución de la Comisión paritaria del III Convenio de la sanidad concertada del SISCAT, elección del presidente/a y del calendario de reunión 2023 y de las comunicaciones a la Comisión paritaria.
- Formalización de las tablas salariales del personal enfermero/a residente, relacionadas con el Acuerdo de Gobierno de fecha 31/01/2023.
- Aprobación de los premios de fidelidad comunicados.
- Tratamiento de las consultas recibidas hasta el 7 de febrero de 2023.
Acuerdos
Primero. - Constitución de la Comisión paritaria del III Convenio de la sanidad concertada del SISCAT, elección del presidente/a y del calendario de reunión 2023
Se acuerda la constitución de la Comisión paritaria del III Convenio Colectivo de trabajo de los Hospitales de agudos, Centros de atención Primaria, Centros Sociosanitarios y Centros de Salud Mental, concertados con el Servicio Catalán de la Salud, prevista en el artículo 13 del mencionado Convenio colectivo.
La Comisión, según el Convenio, estará formada por 13 miembros de la representación social (5 por CCOO, 5 por UGT y 3 por SATSE) y por 13 miembros de la representación patronal (6 por La Unió, 6 por CAPSS y 1 por el ACES).
La relación nominal de miembros correspondiendo a cada una de las partes es la siguiente:
Organizaciones sindicales
Por Comisiones Obreras de Cataluña (CCOO)
Titulares
Cristina Martínez Nieto
José Maria Yagüe Polo
Nuria Paradeda Cobos
Juan Carlos Delgado Mesa
Francisca Cruz Cortés
Suplentes
Ramon Alarcón Fernández
Manel Abia Ortiz
Josefa Sánchez Brustenga
Alejandra Sánchez Montoya
Xavier Pallàs García
Unión General de trabajadores de Cataluña (UGT)
Titulares
Rosa Pérez Bernalte
Alex Trullàs Manonelles
Judith Extremera Ortega
Juan Sánchez González
Jose Martínez Beltran
Suplentes
Silvia Franco Mas
Silvia Castaño Gomez
Raul Gisbert Barrué
Sindicato de Enfermería de Cataluña (SATSE)
Titulares
Anabel Torres Egea
Miquel Oliveras Gisbert
Rosa M. Famadas Lifante
Suplentes
Maria Jesús Figueroa Pena
José David Garcia Fernández
Montserrat Benaiges i Uroz
Organizaciones patronales
Unió Catalana d'Hospitals (La Unió)
Titulares
Jordi Nonell Gregori
Antoni Llamas Losilla
Josep Vidal Negre
Carles García Hernández
Gabriel Nieto Fernández-Arroyo
Héctor Cantero Carrascosa
Suplentes
Ramon Massaguer Meléndez
Joan Mª Adserà Gebellí
Manuel Álvarez del Castillo
Pedro Flores Caparrós
Xavier Magrans Grau
Àngel Almansa Barra
Consorci Associació Patronal Sanitària i Social (CAPSS)
Titulares
Pilar Rol Miguel
Lluís Gamell Álvarez
Miquel Poch Reig
Antonio Rodríguez Nieto
Natàlia Codina Fuentefría
Roser Casas Agut
Asociació Catalana d'Entitats de Salut (ACES)
Titulares
Pedro Ayesa Guix
Suplentes
David Macià Pajares
Las partes acuerdan designar a Cristina Martínez Nieto como Presidenta de la Comisión paritaria y a Noelia Santiago Rey como Secretaria.
Según lo establecido en el artículo 13.9 del Convenio colectivo a efectos de comunicación se implementarán dos direcciones de correo electrónico, una gestionada por la Secretaria que será uch@uch.cat y la otra por la Presidenta, dicha dirección será comunicada a la siguiente reunión.
Las partes acuerdan establecer una reunión ordinaria mensual y todas aquellas extraordinarias que sean necesarias a petición de las partes. Las reuniones se harán de manera presencial y en línea, si las partes no acuerdan otro sistema previamente a la reunión.
Segundo. - Formalización de las tablas salariales del personal enfermero/a residente, relacionadas con el Acuerdo de Gobierno de fecha 31/01/2023.
Dando cumplimiento al punto cuarto de la Disposición adicional segunda del Convenio referenciado y según el procedimiento acordado en la Disposición transitoria quinta, las partes proceden a la firma de las tablas salariales correspondientes a la retribución mínima garantizada establecida para la enfermera y el enfermero residente en formación, aprobada por el Acuerdo de Gobierno de fecha 31/01/2023, actualizadas con el incremento del 2,5% correspondiente al año 2023.
Se adjunta a la presente Acta las tablas salariales firmadas.
Tercero. - Premios de fidelización
- Consorcio Sanitario Alto Penedès-Garraf
- Clínica Terres de l'Ebre
Cuarto. - Resolución de consultas a la Comisión paritaria
Cuarto. 1.- CP 1_III Convenio SISCAT (consulta sección sindical CCOO Hestia Palau)
Consulta relativa a interpretación del artículo 19.2 y 19.3 Jornada.
Se indica que la Empresa manifiesta al Comité de empresa la modificación del horario en fecha 1.01.2022 reduciendo 4 minutos diarios (no jornada entera).
También se indica que, como consecuencia del anterior, se eliminan las 5 jornadas anuales que se disfrutaban en concepto de exceso de cómputo y que se disfrutaron en el 2021 y que esta modificación al horario sólo afecta al personal de auxiliar de enfermería y tiene como consecuencia la reducción del disfrute de 5 jornadas anuales de exceso de cómputo, que por la última modificación del horario se disfrutó durante todo el 2021.
Desde la parte social se interpreta que el artículo 19.2 y 19.3 del Convenio, deja claro que no se
puede modificar el horario en minutos y tiene que modificarse en jornadas cumplidas.
Ante esta discrepancia entre la interpretación se solicita interpretación a la Comisión paritaria (CP).
Respuesta de la CP con acuerdo
Tal y como se indicaba en el artículo 19.3 del II Convenio colectivo “las reducciones de jornadas correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 se hará en jornadas enteras” y dado que el artículo 19.3 del III Convenio colectivo dice que “las reducciones de jornadas correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 se seguirán haciendo en jornadas enteras, tal y como establecía el Convenio en aquellos ejercicios”, por lo tanto, se tiene que mantener esta reducción por jornadas enteras.
Cuarto 2.- CP 2 III Convenio SISCAT (consulta sección sindical CGT Hestia Palau)
Consulta relativa a interpretación del artículo 19.2 y 19.3 Jornada.
Se indica que la Empresa manifiesta al Comité de empresa la modificación del horario en fecha 1.01.2022 reduciendo 4 minutos diarios (no jornada entera).
También se indica que, como consecuencia de lo anterior, se eliminan las 5 jornadas anuales que se disfrutaban en concepto de exceso de cómputo y que se disfrutaron en el 2021 y que esta modificación al horario sólo afecta al personal de auxiliar de enfermería y tiene como consecuencia la reducción del disfrute de 5 jornadas anuales de exceso de cómputo, que por la última modificación del horario se disfrutó durante todo en el 2021.
Desde la parte social se interpreta que el artículo 19.2 y 19.3 del Convenio, deja claro que no se
puede modificar el horario en minutos y tiene que modificarse en jornadas cumplidas.
Ante esta discrepancia en la interpretación se solicita interpretación a la Comisión Paritaria.
Respuesta de la CP con acuerdo
Tal y como se indicaba en el artículo 19.3 del II Convenio colectivo “las reducciones de jornadas correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 se hará en jornadas enteras” y dado que el artículo 19.3 del III Convenio colectivo dice que “las reducciones de jornadas correspondientes a los ejercicios 2019 y 2020 se seguirán haciendo en jornadas enteras, tal como establecía el Convenio en aquellos ejercicios”, por lo tanto, se tiene que mantener esta reducción por jornadas enteras.
Cuarto 3.- CP 3 III Convenio SISCAT (consulta sección sindical UGT, Fundación Sant Hospital de La Seu d'Urgell)
En referencia al artículo 42.2 del Convenio referenciado se solicita a la Comisión paritaria su conformidad con la siguiente interpretación: “que todos/as los/las trabajadores/as tienen derecho a 3 días laborables de libre disposición al año, independientemente de su porcentaje de jornada contratada o realizada, es decir, todos/todas los/las trabajadores/as a los que se aplica este Convenio colectivo, ya tengan contrato laboral a tiempo completo, contrato a tiempo parcial o estén en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo/a u otro familiar”.
Respuesta de la CP sin acuerdo
Cuarto. 4.- CP 4 III Convenio SISCAT (consulta sección sindical UGT, Fundación Sant Hospital de La Seu d'Urgell)
Referencia en el artículo 64.3 del Convenio referenciado se solicita a la Comisión paritaria su conformidad con la siguiente interpretación: “que todos/as los/las trabajadores/as tienen derecho a las 20 horas anuales de formación profesional para la ocupación, vinculado a la actividad de la Empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años, independientemente de su porcentaje de jornada contratada o realizada, es decir, ya tengan contrato laboral a tiempo completo, contrato a tiempo parcial o estén en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo/a u otro familiar”.
Respuesta de la CP con acuerdo
El permiso por formación que se regula en el artículo 64 del Convenio, de 20 horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la Empresa y acumulables por un periodo de hasta cinco años, se tiene que reconocer en los mismos términos para aquéllos que tengan un contrato a jornada completa que para aquéllos que tengan un contrato a tiempo parcial o con jornada reducida.
Cuarto. - 5.- CP 5 III Convenio SISCAT (consulta sección sindical UGT, Fundació Sant Hospital de La Seu d'Urgell)
En referencia al artículo 66 del Convenio referenciado se solicita a la Comisión paritaria su conformidad con la siguiente interpretación: “los trabajadores/as mayores de 50 años que opten por no ejercer el derecho de exonerarse de las guardias por razón de edad verán incrementados en un 10% los importes de la hora de guardia, tanto presencial como localizable”.
Respuesta de la CP: sin acuerdo.
Los asistentes delegan la firma de la presente Acta y tablas salariales indicadas en el punto segundo a una persona por cada organización.
Las partes acuerdan nombrar excepcionalmente para esta reunión como Secretaria a Elena de la Campa Alonso y autorizan a Alda Mumbrú con DNI 46945761R para proceder a los trámites de registro delante la Autoridad laboral.
Y sin más asuntos a tratar se da por finalizada la reunión en las 14:50 del día indicado en el encabezamiento.
Tablas Anexo 2023 (2,5%)
Anexo 3
Salario base (por jornadas completas)
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)
