Convenio Colectivo de Sec...de Córdoba

Última revisión
12/09/2017

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (14000355011982) de Córdoba

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 24 de Julio de 2017

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Resolucion de la Delegacion Territorial en Cordoba de la Consejeria de Economia, Innovacion, Ciencia y Empleo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo de Hosteleria de la Provincia de Cordoba. Expte. 14/01/0119/2017 (Boletín Oficial de Córdoba num. 173 de 12/09/2017)

Convenio o Acuerdo: Hostelería

Expediente: 14/01/0119/2017

Fecha: 30/08/2017

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Eva María Sánchez Martínez

Código 14000355011982.

Visto el Texto de los Acuerdos de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Hostelería de la Provincia de Córdoba, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Delegado Territorial CEICE en Córdoba, Manuel Carmona Jiménez

ACTA DE LA REUNIÓN DE COMISIÓN PARITARIA DE CONVENIO COLECTIVO DE HOSTELERÍA DE CÓRDOBA

Siendo las 10:30 horas del día 24 de julio de 2017, se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria de Convenio Colectivo de Hostelería, en las instalaciones de sita en Avenida Gran Capitán nº 12, los señores reseñados a continuación, para tratar los asuntos del orden del día

ASISTENTES:

-Por la Patronal:

Francisco de la Torre Luna (Presidente)

José Luis Polonio Arjona (Asesor)

-Por UGT

Antolín Enrique Rodríguez Recio

Manuel Sánchez García

-Por CCOO

Manuel Casado Checa

Eva Mª Sánchez Martínez

Primero: Se procede a exponer las comunicaciones recibidas:

-Comunicación Taberna Rafaé de descuento del artículo 43 del Convenio Colectivo.

-Comunicación empresa Albie Catering de descuento artículo 43 del Convenio Colectivo.

-Comunicación de la empresa Santo y Seña.CO del acta inicio de periodo de consultas, acta final de la inaplicación del Convenio Colectivo, conforme artículo 82.3 ET.

-Consulta Comité de empresa de la empresa Guadalasa SL.

-Comunicación de la empresa Hostelería del Alcázar Viejo SL de descuento según artículo 43 del Convenio Colectivo (2).

-Comunicación de la empresa Hotel Oasis de descuento del artículo 43 del Convenio Colectivo (2).

-Comunicado empresa Iniciativas Gastronómicas SL de descuento según artículo 43 del Convenio colectivo.

Segundo. Abierta la sesión y tras el correspondiente debate se acuerda:

-Respecto a la comunicación de descuento por IT de la empresa Taberna Rafae, vista la documentación aportada, la damos por comunicada pero no podemos determinar si corresponde abonar el complemento hasta el 100% de su salario fijo, puesto que desconocemos datos del tipo de baja, quedando abierta la vía de reclamación por las partes afectadas.

-Respecto a la comunicación de descuento artículo 43 de la empresa Albei, la damos por comunicada.

-Respecto a la comunicación de la empresa Santo y Seña.CO del acta inicio de periodo de consultas y acta final del mismo, así como el Acuerdo de inaplicación parcial del Convenio Colectivo, conforme artículo 82.3 ET, vista la documentación aportada, la Comisión Paritaria lo da por notificado.

-Respecto a la consulta del Comité de empresa de Guadalasa SL, la Comisión Paritaria no emite resolución debido a que el asunto ya está judicializado.

-Respecto a las dos comunicaciones de descuento artículo 43 de la empresa Hostelería del Alcázar Viejo SL, la Comisión Paritaria lo da por notificadas sin poder a entrar a dar resolución por falta de información suficiente.

-Respecto a las dos comunicaciones de descuento artículo 43 de la empresa Hotel Oasis, la Comisión Paritaria las da por notificadas sin entrar a resolver por falta de información suficiente.

-Respecto a la comunicación de descuento artículo 43 de la empresa Iniciativas Gastronómicas SL, la Comisión Paritaria la da por notificada.

Tercero. En base a lo establecido en el texto del convenio publicado el 23 de octubre de 2014, en su artículo 14- Jornada de Trabajo y artículo 31-Plus de Transporte, las partes hacen constar que a partir del 1 de octubre de 2017 el importe del plus de transporte se abonará por 78,82 ¬, así como a partir del 1 de enero de 2018 se mantendrá la jornada semanal de 39 horas semanales.

Cuarto. Las partes, patronal y social, acuerdan denunciar el Convenio en septiembre.

Sin más asuntos que tratar, damos por terminada la sesión, siendo las 12:00 horas de la fecha indicada, emplazando la siguiente reunión para septiembre.