Convenio Colectivo de Sec...3) de Jaén

Última revisión
11/04/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (23000425011983) de Jaén

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2009

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Documento oficial en PDF(Páginas 23-26)

Acuerdo en acto de conciliacion Mediacion General celebrado ante el Sercla por la Federacion Provincial de Turismo y Hosteleria de la provincia de Jaen y los Sindicatos U.G.T. y CC.OO con motivo del conflicto Colectivo relativo a las Tablas Salariales 2009/2010 del Convenio Colectivo del Sector de Hosteleria y Turismo de Jaen (Boletín Oficial de Jaén num. 82 de 09/04/2011)

Preambulo

Edicto

Referencia: Acuerdos.

En el expediente al margen referenciado ha sido dictada resolución por el Iltma. Sra. Delegada Provincial de Empleo en Jaén, que dice cuanto sigue:

Visto el texto del Acuerdo alcanzado el 31 de enero de 2011 en el acto de Conciliación Mediación General, celebrado ante el Sercla por la Federación Provincial de Turismo y Hostelería de la provincia de Jaén y los Sindicatos U.G.T. y CC.OO (procedimiento 23/2010/051), con motivo del conflicto Colectivo relativo a las Tablas Salariales 2009/2010 del Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Turismo de Jaén, presentado en esta Delegación Provincial en fecha 29 de marzo de 2011, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, de traspaso de competencias y Decreto 18/83, de 26 de enero, en relación con el Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo:

Esta Delegación Provincial, Acuerda:

Primero.-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Delegación Provincial, con notificación a las Partes.

Segundo.-

Remitir un ejemplar original del mismo al Departamento del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.

Tercero.-

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Jaén, a 4 de abril de 2011. La Delegada Provincial De Empleo. Por Ausencia Decreto 21/1985, de 5 de febrero, Secretaria General, M.ª del Mar Herreros Hueta.

Lo que se comunica a efectos de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el Art. 58 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/99, de 13 de enero, advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso de alzada.

Expediente 23\2010\051 31/01/2011

ACTA DE SESION DEL PROCEDIMIENTO PREVIO A VÍA JUDICIAL ANTE LA COMISION DE CONCILIACION-MEDIACION

En Jaén, a 31 de enero de 2011, en el conflicto número 23\2010\0051, promovido por SICOTHT - CCOO JAÉN y CHTJ- UGT Jaén, frente al Sector Hostelería y Turismo de Jaén, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los miembros que al final se relacionan:

Antecedentes:

Con fecha 30 de diciembre de 2010, se cursaron citaciones para las partes, constando en el expediente la recepción de las mismas. El día 11 y 25 de enero de 2011 se tuvieron reuniones en las que se aplazó a día de hoy, 31 de enero de 2011, la finalización del procedimiento.

Convocadas las partes en tiempo y forma comparecen:

Por la parte promotora, SICOTHT-CCOO JAÉN, representada por don Antonio Manuel Díaz Rubio, D.N.I. 31706544D, en calidad de Secretario de Acción Sindical y CHTJ- UGT Jaén, representada por don Antonio Arjona Aguilera, D.N.I. 75052325X, en calidad de Secretario de Acción Sindical y don Bartolomé Muñoz Parra, D.N.I. 26016026J, en calidad de Secretario Provincial de Hostelería de UGT en Jaén.

En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto:

Sector Hostelería y Turismo de Jaén, representada por don Santiago Muñoz Requena, D.N.I. 26739568K, Secretario de FTH en Jaén, y don Pedro Antonio García Rodríguez, D.N.I. 25991925Q, en calidad de asesor.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:

Que se lleve a efecto la aplicación del artículo 35 del convenio colectivo del Sector de Hostelería de la provincia de Jaén, con respecto a la revisión salarial para los años 2009 y 2010, así como su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén.

Se hace constar que el presente acto comienza a las 12:00 horas, finalizando a las 13,15 horas, siendo el número de trabajadores afectados por este conflicto el de 16000. Finalización del procedimiento: Concluido con avenencia entre las partes, al llegar al siguiente Acuerdo:

Las partes acuerdan dar por definitivas las tablas salariales de los años 2009 y 2010 conforme a la redacción del documento que suscriben las partes y que se anexa a este Acta. Asimismo, las partes acuerdan que el incremento salarial a cuenta del año 2011 queda pendiente de la revisión salarial que las partes lleven a cabo cuando lo estimen oportuno.

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Jaén, a 04 de Abril de 2010.

- El Jefe del Servicio de Administración Laboral, M ANUEL M.ª M ARTOS R UBIO.