Convenio Colectivo de Sec...Las Palmas

Última revisión
17/05/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (35001005011981) de Las Palmas

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Acuerdo de 26 de enero de 2023 suscrito por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Las Palmas, sobre revisión de las tablas salariales para el año 2023. (Boletín Oficial de Las Palmas num. 60 de 17/05/2023)

Visto el Acuerdo de 26 de enero de 2023 suscrito por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Las Palmas, sobre revisión de las tablas salariales para el año 2023 presentado en el aplicativo REGCON el 8 de febrero de 2023, asignándose el código localizador AP_SG24MV74

Visto el informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Las Palmas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B.O.E. número 255, 24/10/15), en el Real Decreto 713/2010,de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 9/2020, de 20 de febrero, (B.O.C. número 44, de 04/03/2020), esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA

PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos y su notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO. Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral, de esta Dirección General de Trabajo.

TERCERO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Alejandro Ramos Guerra.

ACTA COMISIÓN PARITARIA CONVENIO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LAS PALMAS

En Las Palmas de Gran Canaria, siendo las 10:00 horas del día 26 de enero de 2023, se reúnen en los locales de FEMEPA, en la calle León y Castillo, 89, los representantes de los trabajadores y los de los empresarios, al margen reseñados, todos ellos propuestos por sus respectivas representaciones, habiéndose reconocido como interlocutores legitimados y convocados con el objeto de ACORDAR Y FIJAR LOS SALARIOS PARA EL AÑO 2023 EN FUNCIÓN DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 11 DEL CONVENIO COLECTIVO VIGENTE.

ASISTENTES:

- POR CC.OO.:

Domingo Campos Henríquez.
Carmelo Cubrero Tejera.
Norberto González Pérez.
Aarón Jesús Cabrera Domínguez.
Juan Pablo Santana Martín.

- POR UGT:

Juan Carlos Pérez Luzardo.

Suly Hernández Machín.

Juan Carmelo Santana González.

Juan Manuel Vázquez González.

Aday González López.

Francisco Rodríguez Santana.

Miguel José Sánchez Peña.

- POR FEMEPA:

Don Manuel Calderín Aguiar.

Don Juan C. Betancor García.

Don José Miguel Rguez Martín.

ASESOR JURÍDICO:

Don Juan A. Rguez. Montesdeoca.

Reunidas las partes, esta comisión acuerda fijar y determinar las tablas salariales vigentes de 1 de enero a 31 de diciembre de 2023, según la fórmula y criterios establecidos en el artículo 11 del Convenio Colectivo en vigor, y concretamente en el punto 3 del mismo, y que figuran como Anexo V del Convenio Colectivo:

1. DETERMINACIÓN DE LAS TABLAS SALARIAS 2023 EN APLICACIÓN DE LA FÓRMULA ESTABLECIDA EN EL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LAS PALMAS.

5,7% es el dato del IPC consolidado de 2022.
Aplicación de la fórmula:
1º. ((6,5+5,7)-5)/2
2º. (12,2-5)/2.
3º. 7,2/2 = 3,60.
REV22 = 3,60+0,25 = 3,85%.
Incremento 2023 = 3,85% +2% = 5,85%.

2. DETERMINACIÓN DE LOS IMPORTES DE LA MEDIA DIETA Y DIETA ENTERA CON ARREGLO AL CÁLCULO PREVIO.

La media dieta quedará incrementada en 2,93%.

La dieta completa quedará incrementada el 5,85 + 2,93 = 8,78%.

3. Tabla del salario anual y prima diaria del 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LAS PALMAS (Anexo V).

Se faculta expresamente a don Juan Miguel Hernández Jiménez, con DNI ***092.3***, de CC.OO. para gestionar y tramitar todo lo referente a la inscripción, depósito y publicación del presente acuerdo sobre tablas salariales ante la Autoridad Laboral.

Y sin más asuntos que tratar se da por cerrada esta sesión

TABLA DE SALARIO ANUAL Y PRIMA DIARIA ACTUALIZADAS Y CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2023, del CONVENIO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LA PROVINCIA DE LAS
PALMAS.

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR PDF)