Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
11/03/2016

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DEL ACEITE Y SUS DERIVADOS (41001535011982) de Sevilla

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016

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Convenio Colectivo del sector «Industrias del aceite y sus derivados», codigo 41001535011982 (Boletín Oficial de Sevilla num. 57 de 10/03/2016)

Convenio o acuerdo: Aceites y sus derivados.

Expediente: 41/01/0009/2016.

Fecha: 1 de febrero de 2016.

Asunto: Resolución de inscripción y publicación.

Destinatario: Jaime García Abad.

Código 41001535011982.

Visto el acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector «Industrias del aceite y sus derivados», código 41001535011982, aprobando las tablas salariales para el año 2016.

Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (E.T.), de acuerdo con el cual los con- venios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.

Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre «registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo», serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales» los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comi- siones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.

Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del R.D. 713/2010, de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Tras- paso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Esta Delegación Territorial acuerda:

Primero.- Registrar y ordenar el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector «Industrias del aceite y sus derivados», código 41001535011982, aprobando las tablas salariales para el año 2016.

Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

En Sevilla a 1 de febrero de 2016.-La Delegada Territorial, Susana María López Pérez.

Acta final de la reunión de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo para las industrias del aceite y sus derivados de la provincia de Sevilla

Por U.G.T.

Titulares Don Francisco García Ramírez.

Don Antonio Godoy Lara.

Don Fernando Olmo Torres.

Don Pablo Grijota Valle.

Don Manuel García Torres.

Don José Rodríguez Ríos.

Suplentes Don Eloy Reina Calderón.

Don José Manuel Zamora Ruiz.

Asesores Don José Berjano Méndez.

Don Rafael Moreno Moreno.

Por CC.OO.

Titulares Don Antonio Ruiz Martos.

Don Juan Jiménez Pérez.

Don Fernando Díaz García.

Don Amador Perez Hidalgo.

Don Juan Manuel Martínez Hernández.

Don Francisco Ubril Núñez.

Suplentes Don Francisco David Carmona Ferreras.

Don Juan José Ruiz Martos.

Asesores Doña Mónica Dolores Vega Fariña.

Don José Corral Sánchez.

Don Pedro Marín Moreno

Por Aseogra

Don David García Abad.

Don Jaime García Abad.

Don Rafael Martínez Domínguez.

Don Francisco Gallego Valero.

Don Francisco de Asís Chocan Domínguez.

Don Juan Ráez Manjón.

En Sevilla a 4 de noviembre de 2014.

Tras varios recesos, ambas partes llegan al acuerdo de la firma del Convenio Colectivo del sector del aceite y sus derivados que recoja los siguientes términos:

Vigencia cuatro años: Desde el 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2017.

Subida salarial 0,6% cada uno de los tres primeros años de vigencia del convenio y 0,8% el último de vigencia.

La parte social representada por U.G.T. y por CC.OO. y la parte empresarial representada por Aseogra asumen el compromiso de reunirse en comisión negociadora caso de ser convocada por alguna de las partes con la finalidad de analizar la situación del sector en el supuesto que tuviese lugar una desviación desproporcionada de la inflación del país.

En este supuesto, la comisión negociadora podrá acordar, caso de haber consenso de ambas partes y así lo acuerden, las modi- ficaciones que estimen oportunas.

Y en prueba de conformidad firmamos 5 ejemplares de este acta final de la negociación del Convenio Colectivo de las indus- trias del aceite y sus derivados en la ciudad y fecha arriba indicados. (Siguen firmas ilegibles.)

Anexo n.º IV

Período desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre del 2016

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